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LA REPUBLICA. Miércoles de junio de 1989 9A Mil personas en la cárcel sin necesidad nuar sino solamente que la prisión de una sanciones. Por ejemplo, comentaron la bonpersona, que no ha sido declarada culpable, dad de que los jueces concedan la caución no puede prolongarse por más de ese tiem juratoria a individuos a los cuales se les fijó po. Por eso sostienen que en algunos casos una fianza que, por su extrema pobreza, no es preferible que algún imputado se fugue o pueden aportar.
pervierta la averiguación de la verdad, que mantenerlo encarcelado durante el procediPena para inocentes miento pues la persecución penal tendría Los funcionarios internacionales señalan consecuencias más graves que la prevista que actualmente la prisión preventiva se ha como sanción, lo que constituiría un verdade transformado en una verdadera pena adelanro despropósito.
tada y aplicada a un individuo todavía inocenEl anterior concepto es lo que denominan te y por causas ajenas a su voluntad, es decomo principio de proporcionalidad. Los in cir, por la lentitud de la administración de jusvest es consideran necesario que exis ticia.
tan normas que admitan la excarcelación La prisión preventiva aseveranno cuando se estime que, aún un mínimo periodebe confundirse con la pena ni con los fido de prisión preventiva, resulta irrazonable, nes. Esta sólo puede justificarse cuando se en virtud de la pena que se espera.
puede fundar racionalmente el peligro de fuLos investigadores están conscientes ga o el de obstrucción a la averiguación de la de que el primer objetivo es un cambio de ac verdad por parte del imputado. El ILANUD titud en los juzgadores, a fin de que conside sostuvo que el ordenamiento legal sobre la ren la adopción de políticas y prácticas que prisión preventiva no pasa de ser un fracaso aseguren una administración eficaz de las como fruto de la venganza humana.
Según una investigación del ILANUD si los jueces aplicaran bien el derecho, la población penal descendería, generando una considerable mejora personal y social. Según sostienen la prisión preventiva no debería exceder de meses.
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Gracias al Maris Stella Fernández Si se aplicara correctamente el derecho, más de 000 personas hasta el momento inocentes, podrían estar en libertad, en vez de permanecer recluidas en la cárcel sin verdadera necesidad jurídica, mientras que el Estado economizaría más de 18 millones al mes, evitando, a la vez, el grave problema social que tal reclusión conlleva.
Por ser pobres permanecen en cárcel estas conclusiones llegaron funcionarios del ILANUD, al realizar una investigación acerca del drama de los presos sin condena en Costa Rica. En el estudio concluyen que en muchos casos, la imposibilidad economica de pagar la fianza impuesta para obtener la excarcelación. excesivamente onerosa para su condición es la causa de su privación de libertad: esto indica que un factor de orden socioeconómico más que criminológico es lo que determina la reclusión y los largos periodos de encierro de personas gue no han sido declaradas culpables.
En el estudio exponen que sobre todo el Tribunal Superior Tercero Penal presenta una cantidad considerable de sujetos en esta condición. Es decir, revelan, por tanto, que aunque algunas personas tienen la condición jurídica de salir libres, se les impone fianzas sumamente altas para su condición socioeconómica con lo que, de hecho, se les impide salir de la cárcel. En esta situación se encontraban, a la hora de realizar el estudio, más de 130 personas.
Según indicaron, este mismo Tribunal y el Juzgado Cuarto de Instrucción presentan un número exagerado de presos a su orden con largos periodos de prisión preventiva con lo cual se lesionan ostensiblemente los derechos humanos por prácticas que son, en ocasiones, fuente de injusticia para los afectados por el Sistema de Justicia Penal.
Por largos periodos en prisión los profesionales describen la detención por encima de los términos procesales establecidos por el Código de Procedimientos Penales. más de meses y que no cumplen las disposiciones del reglamento para reos presos.
Si se aplicara bien el derecho EIILANUD determinó que a un 62 de imputados en prisión, se les podría otorgar el derecho de excarcelación pues, analizando su situación particular, se puede deducir que en el caso de ser condenados culpables, recibirían el beneficio de condena de ejecución condicional, por lo que la privación de libertad se convierte en innecesaria, y provocadora de un costo social de suma gravedad. Si los jueces concedieran apropiadamente la excarcelación aseveraron los investigadores. la población interna en el Sistema Penitenciario descendería apreciablemente, lo que generaria una mejora en la situación personal y familiar del interno y produciendo un considerable ahorro en términos económicos. mientras que se minimiza la situación de hacinamiento, generando, como consecuencia, mejores condiciones en la vida cotidiana de los centros penitenciarios. En este sentido, recordaron que el costo de mantener a una persona en prisión es de más de 17 mil por mes, con lo que en el caso de aplicar bien el derecho, el Estado economizaría, por este concepto, más de 18 millones mensuales.
Soluciones Según el ILANUD, la argumentación que generalmente dan los jueces para convertir6e en partidarios de la prisión preventiva, es que no existe ninguna norma que limite los largos periodos de encierro preventivo. Sin embargo, los investigadores sostienen que tal reclusión sólo podría permitirse por meses, ya que éste es el plazo que el Código de Procedimientos Penales establece para terminar la instrucción. Amparan su criterio recordando que como la libertad es sagrada, toda posibilidad de restringirla debe interpretarse restrictivamente.
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