Debido a los elevados costos del mantenimiento de las imágenes, se ha restringido su acceso solo para las personas registradas en PrensaCR.
En caso de poseer una cuenta, hacer clic en “Iniciar sesión”, de lo contrario puede crear una en “Registrarse”.
6 LA REPUBLICA. Lunes 24 de julio de 1989 Don Nautilio Monge estima que urge una revisión del régimen impositivo del café y es hoy, no mañana, según estima.
Análisis sobre cargas impositivas al café hace experto en la materia podemos observar que el total de impuestos alcanzaría 691. 40, esta suma representa más de un 30 del valor de liquidación de esa fanega.
Es una carga muy pesada que viene arrastrando el cafetalero costarricense. Es El ex Director del Instituto del Café y actual Director de Relaciones Públicas de Cafetalera Industrial La Meseta, don Nautilio Monge Alvarez, muy versado en asuntos cafetaleros, informó sobre un análisis que realizó, en relación con las cargas impositivas que pesan sobre la actividad cafetalera. Al respecto, manifesto: Con el fin de hacer conciencia sobre la necesidad imperiosa de revisar el régimen impositivo al café, daremos un ejemplo de lo que representan los impuestos en el precio de una fanega de café.
Para calcular los impuestos que paga una fanega de café partimos de una liquidación tentativa al 30 de setiembre de 1989 y bajo los siguientes supuestos: Rendimiento: 98. Lbs. Cuotas: 89 exportación, 11 consumo nacional. Precios: 101. 20 exportación (rieles. 291. 46 consumo nacional. Valor promedio dólar 78. 00 Así estimamos los cuatro impuestos principales que pesan sobre el café y que detallamos a continuación: a Tasa sobre certificados de origen Redondeamos a 20 por quintal c1560 Impuesto sobre la exportación de café por ciento sobre valor FOB 16 90. 48 Derecho de exportación Ad Valorem sobre la exportación de café Escala aplicable 10. 064570. 11. 64 907. 92 Impuesto Ad Valorem sobre la producción de caté 10 sobre dos dobles a hectolitros 677. 40 TOTAL IMPUESTOS ESTIMADOS 691. 40 Los dos primeros impuestos a) y b)
ingresan al Instituto del Café de Costa Rica.
El b) da sustento económico a esta institución para operar como ente regulador y contralor de la actividad cafetalera nacional y el a) el ICAFE lo traslada a la Organización Internacional del Café para los fondos de promoción y fondo especial que maneja esa organización.
Los otros dos impuestos, el c) y el d)
que son los más altos, ingresan a la caja única del poder central GobiernoEn el ejemplo dado sobre los posibles impuestos que pagaría una fanega de café, hora de aliviar esa carga, no esperemos a ver con dolor, que miles de productores sean eliminados de la actividad.
Por el bien de nuestra economía, conviene que en vez de gravar la producción y las exportaciones, las incentivemos.
Necesitamos producir más y exportar más.
Es mejor hacer algo a tiempo antes que lamentar una pronunciada baja en la producción y en las exportaciones.
También, conviene poner a nuestros productores en capacidad de competir en un mercado sin cuotas, en un mercado libre, en el que ya se ha empezado a sentir la especulación y en el que se ha manifestado una sensible baja en los precios.
El cafetalero debe tener los ingresos suficientes que le permitan dar la asistencia y aplicar los agroquímicos necesarios para mantener y si es posible mejorar la y producción por área. Sólo así obtendremos los volúmenes para competir en un mercado libre. Costa Rica debe probar en este período que merece una cuota más amplia y que estamos en capacidad de cumplirla.
Urge una revisión del régimen impositivo del café, y es hoy, no mañana, que se debe incentivar al cafetalero para que pueda mantener y mejorar su producción Entendemos que hay dos caminos para bajar los impuestos. Uno es un proyecto de ley para eliminar el 10 del impuesto AdValorem sobre la producción de café, creado por Ley Nº 1411 del 19 de enero de 1952.
Este camino es lento.
El otro, es más sencillo, es la publicación de un decreto. La Ley 5519 del 24 de abril de 1974 que estableció el Derecho de Exportación Ad Valorem sobre la Exportación de Café, con una escala de al 18. dejó previsto que el Poder Ejecutivo por medio del Ministerio de Hacienda y previo dictamen favorable del Banco Central de Costa Rica, puede modificar estos derechos. Este camino es más ágil y si vendria a dar a tiempo la ayuda que el cafetalero necesita. La próxima liquidación en muchos casos apenas cubrirá los costos de producción de una fanega de café. No dejemos que se apodere el desaliento del sector; no dejemos que se baje en forma sensible el volumen de nuestras cosechas, Costa Rica necesita, por el bien de la salud de nuestra democracia, que esta crisis no elimine de la actividad a un solo productor.
Costa Rica necesita mantener volúmenes altos de producción para abastecer las demandas de cafés finos y para probar, caso que volvamos a sistemas de cuotas, que merecemos una mayor participación del mercado.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.