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Jueves 19 de Marzo de 1992 LA REPUBLICAVIZA Análisis Internacional Fue aprobada el 10 de febrero anterior La convención sobre los derechos del mar a convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar, es un instrumento que refleja con claridad, la búsqueda de una mayor solidaridad y justicia entre los países.
Bibitor Genaral de EDGAR UGALDE ALVAREZ desarrollo, son los tiempos en Diputado que se impone el nuevo orden Hasta el año 1958 como dice económico internacional, son el Prof. Edmundo Vargas Carre los momentos en que se genera ño el derecho internacional una corriente de justicia, que maritimo descansaba sobre ba hace conciencia en los círculos ses fundamentalmente consue académicos y políticos del muntudinarias. Se imponía la cos do, que se reflejó entre otras matumbre. En aquel año, se celebró nifestaciones, en la constitución en Ginebra, Suiza, la primera de la llamada comisión Brandt.
conferencia de las Naciones En 1980 dijo Willy Brandt: Unidas sobre el derecho del mar. La mayoría de la gente sabe En tal ocasión se elaboraron que el sistema existente de las cuatro convenciones interna instituciones se estableció a ficionales que cubrieron diferen nales de la segunda guerra mun.
tes aspectos: 1) mar territorial y dial, hace 35 años, y que los paízona contigual, 2) la alta mar, 3) ses de hemisferio sur, siendo los la plataforma continental y 4) la rezagados en llegar a la escepesca y conservación de recur na internacional, enfrentan nusos vivos en la alta mar. ellas, merosos desventajas que deben se sumó un protocolo facultati ser corregidas fundamentalvo sobre jurisdicción obligato mente; de aquí la demanda por ria en la solución de controver un nuevo ordenamiento ecosias. Esos instrumentos, fueron nómico internacional.
elaborados a partir de sendos En ese contexto histórico, se proyectos preparados por la Co originaron múltiples resoluciomisión de Derecho Internacio nes de la asamblea general de las nal de las Naciones Unidas. Naciones Unidas. Entre otras, la El 17 de diciembre de 1970, resolución Nº 2749 de la AsamHEMEROTKA por medio de la resolución 2750 blea General de las Naciones la Asamblea General de las Unidas, titulada Declaración Naciones Unidas decidió convo de principios que regulan los car a una tercera conferencia so fondos marinos y oceánicos y su bre el derecho del mar. Dicha re subsuelo fuera de los límites de solución señalaba que la confe la jurisdicción nacional. aprorencia debería ocuparse del es bada el 16 diciembre de 1970. Entablecimiento de un régimen in tre otros aspectos importantes, Mayor solidaridad y justicia entre los países, en materia de pesca, busca la Convención de Naciones Unidas ternacional equitativo, que in esta resolución afirma que la ex sobre el derecho del mar.
cluya un mecanismo internacio ploración y explotación de los nal, para la zona y los recursos fondos marinos y oceánicos en soluciones político jurídicas en El concepto mismo de zona mar, es un instrumento que rede los fondos marinos y oceáni la zona internacional. debe relación con los recursos del económica exclusiva constitu fleja con claridad, la búsqueda cos y su subsuelo fuera de los li llevarse a cabo en beneficio de mar.
ye un cambio profundo que con de una mayor solidaridad y jusmites de la jurisdicción nacio toda la humanidad. Se hacía eco La convención de las Nacio cede grandes beneficios a los es ticia entre los países.
nal y una amplia gama de cuesasí de la declaración del emba nes Unidas sobre el derecho del tados ribereños. Es una área si Desafortunadamente, lejos tiones cone as.
jador de Malta, Arvid Pardo, el mar, en atención a esas deman tuada más allá del mar territo de conducir a la humanidad por Los términos de esta resolu 1º de noviembre de 1967, cuando das de justicia, ofrece mayores rial y adyacente a este. el mar esos senderos de justicia y soliy ción, permitían adivinar la bús delante de la Asamblea General posibilidades de disfrute de las territorial no debe exceder 12 daridad, algunos líderes polítiqueda de ciertos objetivos de de las Naciones Unidas solicitó riquezas marinas a los estados millas marinas. cos se desvían por peligrosos justicia en las relaciones inter que los fondos marinos más allá ribereños, a los estados sin lito En esa zona. que no se ex atajos que conducen al ensannacionales, que caracterizó la de los límites de la jurisdicción ral y a los estados en situación tenderá más allá de 200 millas chamiento de la brecha entre riirrupción en el escenario inter nacional fueran declarados pa geográfica desventajosa.
marinas, el estado ribereño tie. cos y pobres en el mundo.
nacional de muchos nuevos es trimonio común de la humani Estos últimos, tendrán dere. ne, entre otros, derechos de so La convención de las Naciotados, consecuencia de la codad.
cho a participar, sobre una base beranía para los fines de explo nes Unidas sobre el derecho del rriente independentista de las De allí en adelante, se impon equitativa, en la explotación de ración y explotación, conserva mar fue aprobada por la Asamex colonias europeas que se ini dría la convicción de que las una parte apropiada del exce ción y administración de los re blea Legislativa el 10 de ero ció a finales de la década de los convenciones de Ginebra de dente de recursos vivos de las cursos naturales, tanto vivos de 1992, casi diez años Jués años cincuenta. Es una época en 1958 eran obsoletas, dado el abis zonas económicas exclusivas de como no vivos.
de haber sido firmada en Monla que los países pobres del mun mo que existía entre los recur los estados ribereños de la mis La convención de las Nacio tego Bay, Jamaica, el 10 de dido demandan ser partícipes del sos técnicos y científicos y las ma subregión o región. nes Unidas sobre el derecho del ciembre de 1982.
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