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Viernes 20 de Marzo de 1992. LA REPUBLICA 13A Considerada como presentada por particulares Sala IV inhabilitada para evacuar consulta sobre intereses a Sala Constitucional bilitada de evacuar la consulta realizada por la Municipalidad de Liberia sobre las fluctuaciones en las tasas de interés porque considera que estaba planteada por particulares.
Ellos crecieron con nosotros JOSÉ ALBERTO BRICEÑO La República La Sala IV respondió a una petición realizada por el Concejo Municipal del Cantón de Liberia sobre las fluctuaciones en las tasas de interés, que no existe norma alguna que la habilite para evacuar ese tipo de consultas realizadas por particulares. Los magistrados señalaron que los capítulos II y III del Título IV de la Ley de Jurisdicción Constitucional, regulan lo concerniente a las consultas legislativas y judiciales, pero como no facultan a los particulares a plantearlas, no es procedente evacuar que se ha formulado.
El Concejo Municipal del Cantón de Liberia había acordado enviar el documento a la Sala el 12 de marzo pasado.
Estaba firmado por el Ejecutivo Municipal, don Alvaro Montero Ortiz, la secretaria municipal, doña Yolanda Carrillo y fue autenticado po: el Lic. Ronny Pizarro Méndez.
El texto calificaba a las fluctuaciones de intereses como una medida bancaria en extremo draconiana debido a que son muchas las familias que no pueden hacerle frente a las elevadas tasas de interés por lo que están perdiendo sus casas de habitación. argumentaron.
Además se explicaba que el pequeño, mediano y gran productor están perdiendo sus fincas y el empresario está agobiado por lo onerosos que resultan los créditos.
Habían señalado que a pesar de que varios Juzgados Civiles han formulado consultas a la Sala IV, aún no han recibido respuesta y por ello, se preguntaron por qué se continúa con el cobro a pesar de las acciones de inconstitucionalidad presentadas, lo que pudo facilitar la suspensión de los efectos del acto administrativo.
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