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18A LA REPUBLICA. Sábado 27 de Junio de 1992 Editorial EDITORIAL APUNTES DE LALO EL DOLAR SE VUELVE DISPARAR HACIA ARRIBA Bisturí al procedimiento penal z ESTA RETRO, PROPULSION ES LA QUE ME FRIEGA ES COMUN ESCUCHAR, EN DIVERSOS CORRILLOS, QUE EL PROCESO PENAL COSTARRICENSE SE ENCUENTRA EN CRISIS QUE HACE FALTA UNA REFORMA URGENTE. AL DIA La agonía de Sarajevo En un estrecho valle, trescientas mil personas, bajo el fuego de artillería del enemigo, carecen de alimentos y de asistencia médica. Mueren los combatientes, los niños, las mujeres y los ancianos. No tienen escape posible, ni vías de contacto con el mundo. RODRIGO FOURNIER S S os croatas y musulmanes que antes poblaban el pintoresco valle en que está ubicada la ciudad de Sarajevo, mil. Los que quedaron están ahora atrapados. El bombardeo inmisericorde de los serbios impide la utilización del aeropuerto. Las tropas de las Naciones Unidas no pueden intervenir. Nadie sabe para qué sirven cuando los conflictos estallan. Los Estados Unidos anunciaron una posible intervención de carácter humanitario. El simple anuncio de la presencia de la flota norteamericana frente a las costas de la antigua Yugoslavia provocó la decisión de los serbios de dar a conocer un posible cese del fuego de artillería, pero la medida no se ha ejecutado.
El conflicto ha venido desarrollándose ante la impotencia de los organismos internacionales, que todavía no encuentran una solución. La cumbre de la Comunidad Europea, que inició reuniones ayer en Lisboa, discutirá el asunto en las reuniones de los cancilleres. Los presidentes y jefes de Gobierno, al menos oficialmente, no lo harán. Invocan el principio de no intervención. Los Estados Unidos no tomarán una acción directa, si no tienen el apoyo de la Comunidad.
En la mañana de ayer había una esperanza, pero el día transcurrió sin ningún avance. Cuántos niños, mujeres y ancianos habrán muerto en las últimas 24 horas?
ara ello se citan, entre muchos otros ejemplos, algunos principios de corte fascista. que lo caracterizan. Por ejemplo, cuando una persona es llamada a declarar, no se le indica, en la célula de citación, y de manera breve, porqué es llamado a rendir testimonio. Simplemente, la persona recibe una cédula de citación, la cual le advierte que, dentro de las siguientes veinticuatro horas, debe presentarse a rendir declaración ante la autoridad citante. No se le previene, tampoco, que debe hacerse acompañar de un abogado, por lo que muchas personas, sin tener conocimiento de sus derechos, se presentan solos a los despachos judiciales a testificar, sin la asistencia de un letrado en Derecho.
Una vez que ha llegado al tribunal correspondiente, la persona se encuentra con la desagradable sorpresa de que quien le toma su deposición es un empleado del Juzgado cuyo único interés es terminar la diligencia lo antes posible, y no el titular del despacho. Además, el empleado escribe lo que él interpreta que dijo el declarante y no lo que efectivamente éste manifestó. Esto puede desembocar en problemas posteriores, pues el Juez, a la hora de calificar la deposición, como no estuvo presente en la diligencia, no sabe realmente qué dijo el declarante, por lo que, lógicamente, tiene que atenerse a lo que el escribiente consignó. Más de un auto de procesamiento se ha dictado con base en testimonios inexactos o falsos, tomados de esta forma.
Además, si el imputado no se hace acompañar de su abogado no tiene acceso al expediente para ver las prue.
bas presentadas en su contra, ni las razones que existen para tenerlo como tal. Debe contentarse con que el escribiente lea, casi siempre de mala gana y a una velocidad supersónica, los cargos que se le formulan, sin indicarle cuáles son las pruebas de cargo en su contra.
Sin embargo, más allá de estos aspectos, si se quiere anecdóticos, que debe sufrir una persona llamada a declarar, como testigo o imputado en un juicio penal, lo cierto es que el actual Código de Proce dimientos Penales requiere una reforma profunda.
Según tenemos entendido, dicho Código es una versión modificada del Código de Córdoba, el cual había sido copiado del Código Penal ita liano (hoy derogado) dictado durante la época de Mussolini. La derogatoria de tal Código en Italia se produjo justamente porque los principios que lo inspiraban armonizaban con una sociedad libre y democrática como la italiana actual.
Por ello, es necesario que nuestros penalistas se aboquen, de inmediato, a la redacción de un nuevo Código Procesal, que humanice más el procedimiento y en el que se eliminen los aspectos inquisitorios que tiene, que son congruentes con un régimen totalitario, pero nunca con uno democrático, como el que vivimos en Costa Rica.
Si en el Poder Judicial se habla de cambio, de reforma, de modernidad y de la garantía de una aplicación de justicia más puntual y menos proclive a distorsiones o a graves errores, llegó la hora de que tales modificaciones se hagan, por el bien de una Costa Rica que necesita enderezar muchos defectos, obsoletismos y peligros, en los taparatos del Estado.
no te с fu fi fc с a lo V d La República Ana Cristina Dengo lo LA e REPUBLICA e PUBLICADO POR EDITORIAL LA RAZON, DIRECTOR GERENTE GENERAL Yehudi Monestel Arce Luis Guillermo Holst Quirós SUBDIRECTOR SUBGERENTE GENERAL Eduardo Amador Hernández Alvaro Loria Campos JEFE DE REDACCION GERENTE DE PUBLICIDAD Jesús Mora Rodríguez Roberto Ulloa Monge DIRECTOR DE DISEÑO Luis Cartín Sánchez 0 a lo APARTADO 2130 1000 TELEX 2538 CENTRAL TELEFONICA: 23 0266 OFICINA SAN JOSE: 21 5196 OFICINA AMON: 57 0411 FACSIMIL REDACCION: 55 3950 FACSIMIL PUBLICIDAD: 57 1134 e obou EJECUTIVOS DE PUBLICIDAD: 57 1133 COBROS: 23 0309 SUSCRIPCIONES: 23 8885 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Tiguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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