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Para: MOROSOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA De: DIRECCION GENERAL DE LA TRIBUTACION DIRECTA Asunto: MOROSIDAD partir del 21 del mes en curso, se iniciará el cobro de las cuentas pendientes del impuesto sobre la renta.
or 1са ta la ha Je El pago respectivo debe hacerse en los primeros 15 días posteriores a la fecha de recibo del aviso de cobro, el cual será entregado personalmete por nuestros Auditores Fiscales o se enviará por correo.
Además de los incrementos por recargos e intereses, la persistencia en la morosidad ocasionará el cobro judicial, con sus consecuentes honorarios de abogado.
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Biblioteca uno 70 Ministerio de Hacienda General o, si mes de icio Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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