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LA REPUBLICA. Jueves de febrero de 1990 5A CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCION LOS BENEFICIARIOS DE LOS PROGRAMAS DE ALIMENTACION DEL MINISTERIO DE SALUD YA LA OPINION PUBLICA NACIONAL Les comunicamos que a partir del 27 de enero del presente, la entrega de diarios del programa de distribución de alimentos (DAF) del Ministerio de Salud quedó suspendida por motivo de la realización de las elecciones nacionales.
Por razones de política electoral, se calificó el programa como una estrategia de campaña, por lo que es preciso aclarar qe se trata de un convenio de cooperación que firmaron el Consejo Nacional de Producción (CNP) y el Ministerio de Salud desde enero de 1989.
En dicho programa social el CNP se compromete a suministrar al Ministerio de Salud alimentos para el desarrollo del programa social alimentario, Distribución de Alimentos a Familias (DAF. en coordinación con la Oficina de Cooperación Internacional de la Salud (OCIS) y la Dirección de Desarrollo Social de Asignaciones Familiares (DESAF. Según el convenio, los beneficiarios pueden retirar los alimentos cualquier día y hora hábil en los expendios del CNP. Miles de familias en todo el país se han beneficiado con el programa y continuarán recibiendo los alimentos durante 1990.
Es lamentable que se haya confundido un programa de interés social, que beneficia a miles de ciudadanos costarricenses, con una actividad proselitista.
Por el momento, a los beneficiarios enlistados les comunicamos que pueden retirar los alimentos ocho días después de concluido el proceso electoral nacional.
Atentamente, Lic. William Ortiz Arroyo DIRECTOR DE ESTABILIZACIÓN DE PRECIOS CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN Biblio Bibliotecas Campo pagado Gener UNION OE EMPLEADOS DEL INVU UNEINVU (AE ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA DEL INVU ATENTA CONTRA LA ESTABILIDAD LABORAL DE LOS TRABAJADORES UNION INVU FUERZA THOM EI SINDICATO DE TRABAJADORES DEL INVU, sumamente preocupados por el reciente acuerdo tomado por la Junta Directiva, en su sesión 3980 y que textualmente dice: SE ACUERDA:. 2) Cambiar el nombre del Reglamento Interior de Trabajo por Reglamento Autónomo de Trabajo. Publíquese en La Gaceta. ACUERDO FIRME. se permite hacer del conocimiento del pueblo costarricense lo siguiente: Dicho acuerdo fue tomado como ACUERDO FIRME el mismo día en que se presentó la moción y se ordenó su publicación. instancia de UNEINVU la administración detuvo temporalmente su publicación en La Gaceta. No obstante, aducen que este acuerdo es una simple actualización con la nomenclatura existente (palabras de las altas jerarquías.
Los trabajadores y el Sindicato UNEINVU manifestamos a esa Junta nuestro repudio categórico a esa decisión unilateral y arbitraria. la vez, solicitamos se revocara éste, por cuanto lesiona nuestros derechos adquiridos, plasmados en nuestro Reglamento Interior de Trabajo e incorporados a los Contratos Individuales de Trabajo.
Es importante aclarar que, con el cambio de nombre del Reglamento Interior de Trabajo a Reglamento Autónomo de Trabajo, la administración estaría en libertad de modificar total o parcialmente cualquiera de los artículos del Reglamento vigente, de acuerdo con sus intereses.
a EI SINDICATO UNEINVU hace un llamado a todas las agrupaciones gremiales para que nos apoyen en nuestra lucha por la defensa de nuestras garantías y derechos.
Asimismo, UNEINVU alerta a todos los trabajadores del sector público, para que estén vigilantes de sus derechos y no permitan que sus jerarcas atenten contra sus garantías y estabilidad laboral.
POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES COMITE EJECUTIVO SINDICATO UNEINVU Firma responsable Salmerón Montero Luis Secretario General, Sindicato UNENVU Céd. Nº 356 749 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y juventud, Costa Rica

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