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miento de lo ordenado por ambos Gobiernos respecto Carrillo.
Así pasaron veintiocho años hasta que una petición hecha al Congreso de 1873 por los señores don Carlos Sancho, Barroeta y Macaya, referente que se honrara la memoria del Jefe don Juan Rafael Mora, hizo que se tratara de nuevo el asunto en el dictámen dado por la comisión que se nombró, compuesta de los señores don Bonilia, Ramírez y Ramón Cabezas en 1876.
En uno de los párrafos de ese dictamen dijeron lo siguiente. Ya otra vez el Gobierno hizo justicia los méritos del ilus«tre Carrillo decretando la traslación de sus preciosas cenizas del «lugar en que todavia se encuentran en la República del Salva«vador al territorio patrio para hacerle honras fúnebres y deposi«tarlo en un lugar distinguido. Pero este decreto ha quedado has«ta ahora letra muerta en la colección de nuestras leyes y no obs« tante el trascurso de cerca de veinticinco años, ni un solo paso «se ha dado para satisfacer la deuda Nacional. Los que suscribimos creemos un deber nuestro el proponer «que se cumpla con el decreto número 14 de de Noviembre de «1848, satisfaciendo así los deseos del pueblo costarricense que «ancia por poseer en su seno las cenizas del fundador de la Re«pública. De lo expuesto se deduce con fundamento que hasta esa fecha no se había gestionado la entrega de los restos de Carrillo y el 17 de julio de 1876 se dió un nuevo decreto que dice: DECRETO XXXVII 20.
El Congreso Constitucional de la República de Costa Rica, Considerando: que es un acto de justicia reconocer los méritos contraidos por las personas que han hecho importantes servicios la patria y acordar honores su memoria, decreta: Art. La Nación reconoce los importantes servicios prestados la República por sus ilustres Jefes: Licenciado don Braulio Carrillo don Juan Rafael Mora y por los Generales don José Joa.
quín Mora y don José María Cañas; Art. Se exita al Poder Ejecutivo para que pongo en eje.
cución el decreto número 14 de de Noviembre de 1848, que dispone la exhumación y traslación de los restos del Licenciado don Braulio Carrillo y manda celebrar honras fúnebres su memoria; Art. Se autoriza al Poder Ejecutivo para que disponga igual servicio fúnebre para honrar la memoria de les finados Presidente don Juan Rafael Mora y General don José Joaquin Mora y don José María Cañas, cuyas cenizas se hallan depositadas en poder de sus familias; 109

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