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Bases y programa del Congreso Científico (1. Pan Americano)
QUE SE REUNIRÁ EN SANTIAGO EL DÍA 19 DE DICIEMBRE DE 1908 Articulo 19 Con arregio lo resuelto por el Tercer Congreso Científico Latino Americano de Rio de Janeiro, se reunirá en la ciudad de Santiago, bajo los auspicios del Gobierno de Chile, el Cuarto Congreso Científico (Primero Pan Americano. en el mes de diciembre de 1908.
Su inauguración se verificará el dia 19 de dicho mes de diciembre y su clausura diez días después.
Artículo 29 Los trabajos de organización y funcionamianto del Cuarto Congreso quedan cargo de una Comisión Directiva, compuesta, 1de los miembros nombrados por el Tercer Congreso, en asamblea plena e agosto 1905, 29 de los miembros elegidos por la misma Comisión.
Artículo 39 La Comisión Directiva elegirá la Mesa que ha de presidir sus trabajos, la cual se compondrá de un Presidente, dos Vice Presidentes, un Secretario General, uno dos Pro Secratarios, un Tesorero y un Vice Tesorero.
Habrá, asimismo, los intérpretes, oficiales de Secretaría y demás empleados que se juzguen necesarios La mencionada Comisión nombrará los Presidentes honorarios que tenga bien.
Artículo 49 La Comisión Directiva se subdividirá en Sub Comisiones, cada una de las cuales se compondrá de un Presidente y dos vocales nombrados por ella.
Artículo 59 Son atribuciones de la Comisión Directiva: Llevar efecto la realización del Cuarto Congreso y representarlo ante el Gobierno de Chile y ante las Universidades y demás corporaciones científicas, nacionales o extranjeras; 29 nombrar en las capitales de los Estados americanos Comisiones encargadas de coadyuvar la realización del Congreso, de formar la lista de personas a quienes haya de invitarse tomar parte en sus trabajos, de procurar la adecuada representa ción de sus respectivos países y de indicar las cuestiones que, por su manifiesto interés americano, hayan de ser sometidas al Congreso; 39 Acordar los gastos y aprobar las cuentas antes de ser presentadas al tribunal respectivo; Organizar el cuestionario definitivo, de acuerdo con los trabajos presentados por las Sub Comisiones; Formar la nómina de los miembros del Congreso, en conformidad con lo dispuesto en el artículo to; 69 Nombrar los relatores que sean necesarios para exponer, ante las respectivas Secciones, el estado de la cuestión en los temas oficiales que considere de especial interés.
Artículo 69 Elegida que sea la Mesa Directiva del Congreso, la Comisión suspenderá el ejercicio de sus funciones, para reasumirlas cuando el Congreso haya sido clausurado.
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