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2 PAGINAS ILUSTRADAS Notas para un estudio La Moral y el Derecho Art. 16. Ninguno puede ser in quietudo ni perseguido pirata y libre al individuo. Los actos humanos no en que no intrinja loyni paflat que no están prohibidos expresamente por manifestacion de opinione politiArti Atadse puede imponers la ley, o que no dañan otro, no entran en se pena que por ley preexistente no lo este seslida al delito falta que co que se llama el Derecho práctico. Para meta Art. 10. Las acciones privadas comprender aún mejor esta idea, debe adque no Toquy con el ardenta mo Tilidad pública, que no producent vertirse que las lesiones a la Moral causan daño o perjuicio de tercero, estan fue sufrimientos morales al hombre, y que Tu de la accion de la Constitut Elon Política de Costa Rica) los transgresiones del Derecho, que pueLa Historia nos enseña que en un prin den causarlos también, en cuanto son le cipio se confundian, esto es, que en los siones de la Moral, son penadas además, pueblos antiguos eran una misma cosa: lo y en todo caso, por la sociedad, porque que la Moral reprobaba, el Derecho tam el Derecho se ha constituído para la conbién lo reprobaba; y lo que permitía, el vivencia, para estimular y asegurar el Derecho también lo permitia, sin restricdesarrollo de la sociedad dentro de una ciones. Posteriormente, la ciencia del De disciplina moral y práctica sobre todo, que recho fué restringiendo sus prohibicio le permita los hombres desenvolverse nes y dejando campo mayor la Moral, con cierta libertad y ciertas considerahasta poder exclamar el jurisconsulto Pau ciones y respetos imprescindibles para lo: non omne quod licet, honestum est (10, que la sociedad exista. De aquí que el todo lo que es licito es honorable. Esta Derecho tenga por correlativo el Deber.
ntencia latina parece una sanción del En lo moral no siempre hay la misma coDerecho en cierto sentido, y por eso es. Trelatividad, pues el sacrificio, la abneganecesario explicarla. No todo lo que el ción, no en todos los casos ofrecen camDerecho no prohibeque por esta es licito. es honesto, pues podria ser que la El Derecho no contradice jamás la Moral elevada lo reprobase. La Moral abnegación ni el sacrificio, pero no los debe siempre ser fundamento, esencia si impone, no ejerce ninguna acción coer ne qua non del Derecho; pero la Moral citiva contra los que no son abnegados.
abraza todos los campos: desde el pensa Seria de desearse que todos fuéramos abmiento intimo hasta las acciones exterio negados hasta el sacrificio, pero ello es el res, públicas. Fray Luis de Granada es resultado de elevadisimos sentimientos cribió poco más o menos este pensamien excepcionales y dificiles de obtener. El tos el precepto impone cuidar del corazón: Derecho, ni se queda atrás ni va más que lo que está en el corazón viene a la allá, sino que toma los actos comunes, boca y de alli las manos. En tanto que el normales de los hombres, que no impliDerecho no entra en las intenciones sino can sacrificios, y con espiritu de justicia cuando éstas llevan a la acción y lesionan y equidad crea reglas de conducta, crea tercero, y procura dejar esfera más amplia leyes: así, se puede decir entonces, que po para ella.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud Costa Rica.

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