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Viernes, de Julio de 1914. INFORMAL UN Página.
La vista de un sensacional proceso gente Fiscal pudo poner freno a la bestiecilla 88 a veñora Joscia Castro, madre de turno, según eodas la declaracicdesbocada de su febril pasión; perla occisa. De dónde salieron esos nes, so solara a hablar con cila Fué ayer la vista en la Sala Se que se dejó llevar de sus corrienauxilios sino de lo que puede lla intimidades en aquellos momen gunda de lo criminal del sensacio tes engañosas; porque quiso mo marse el pa rimonio de Gonzalo? tos. La testigo no ha dicho que ral proceso Silva Beltrán, rir con su delirio, con el objeto de Del seno de su hogar vinieron; de Cuera en aquellos momentos sino La concurrencia fué numerosi: sus amantes sueños, y al fin mulos propios haberes maternales se antes de ocurrir el suceso, cuando sima rió. Murió, pues es morir tamdistraen esas sumas. Habrá de Beltrán le hizo aquellas manifesNo hubo parte acusadora; no bién arrojarse en los vórtices de darse una niayor moralidad, un taciones de sus intenciones matriasistió el Fiscal de Corte ni el la desgracia, y marcar su propia empeño más noble que el de esa moniales: seria ridículo suponer frente con un estigma imborrable.
madre generosa que sustituye al que él iba a tenerlas respecto de Tampoco estuvo allí el reo: no No os impacientéis, señores hijo una vez más en la vida, acu una muerta. el que ninguno de se le permitió salir de la Peniten Magistrados, si me detengo en esdiendo a auxiliarle en su prisión, los circunstantes cite a la testigo.
ciaria, motivo a la peste que exis tas consideraciones. Me he refecomo en la tierna edad de su ni Salas que prueba, cuando hubo te en aquel centro penitenciario. rido al elemento social sobre cuñez se prestaba solicita enseñar muchos circunstantes cuyos diEn consecuencia, solamente da yo vasto campo trasciende direcle los primeros pasos conque ha chos no constan en los autos?
205 el discurso del abogado de ta y fatalmente el hecho delictuo.
bía uc orientarse en su carrera?
ensor, don Oscar Padilla, del que so, y al recalcar las circunstancias El Juez se reserva los comenPara el señor Juez Castro Catarios respecto del testio Rogelio namos estas notas: del que ahora nos ocupa, es prerrillo han pasado indiferentes esos odio que ha declarado afirmatiVengo a ocupar el estrado de ciso advertir que no todos los depormenores: él es como una rígida mente el contenido de mi pregundefensa en este por tántos mo litos se reflejan de la misma maestatua cuyos ojos no alcanzan a ta: ese testimonio no fué objeto os trascendental negocio, y nera sobre esa sociedad; pues esdistinguir sino lo que de duro e de sus críticas: está en pié.
ceedme señores Magistrados: te que es un delito pasional como hondas vacilaciones de temor antes lo he dicho, no despierta en implacable le muestran los carácHay, pues, señores magistrateres de granito del Código Pe dos, una abundante prueba rescoartan mi voz en este instante: quienes lo ven desde un campo nal al medir la magnitud del hecho neutral despojado de pasiones, pecto de las atenuantes que el seporque la causa se ha seguido, y grito ninguno de protesta. Es un La otra atenuante, la 11. del nor Juez no quiso abonar a mi propio ar iculo, no puede haberse defendido.
al comparar con esa magnitud el hecho excepcional, en el que no alcance mediocre de mi palabra: existen para nada intereses ni edejado de abonar con más injusDe mantenerse pues, la aplicaal considerar que este hecho no goismos como no sea el egoista cuanto palmaria parcialidad.
ción del artículo 414 del Código puede en manera alguna sustraer mo de querer polarizar en el proDice el Juez: no cabe la apli Penal, porque no se consideren se a la calificación dolorosa de pio corazón, todos los rayos concación de la undécima atenuante, bastantes las razones expuestas crimen, por mucho que él sea un que deslumbran y enloquecen porque no se ha denunciado; por en el sentido de desvirtuar la calicrimen pasional, un fruto de las los ojos de la bien amada.
el contrario, consta que huyó, lo ficación de asesinato con que el sombrías tempestades del alma en dice el mismo reo en su indagato Juez de la causa ha carecterizado convulsión de amores contrariaII ria (esto es falso) y José Ciemen este hecho, queda él despojado de y dos: al pensar que talvez pote Ríos (folios y 21. La decla circunstancias agravantes, y en dria estar cerca de mi el reo del Doloroso es confesarlo señores.
ración de Jobino Araya es inad cambio con cuatro atenuantes muy proceso invadido por la melanco pesar de que las investigaciomisible sobre este punto, porque calificadas.
lía de sus remordimientos, recor nes más avanzadas de la criminaal folio 34 recalca el hecho de que Siguiéndose por las reglas dando talvez el hogar inmacu logía moderna, han llegado a esMARIA TERESA SILVA apenas mató Gonzalo Beltrán a que marca el artículo 75 del lado donde el que es hoy su defen tablecer un deslinde, casi podría la Silva salió él corriendo a avisar Código Penal, debe rebajarse a sor ante los Tribunales de Justi decirse material, por lo justo, a la madre de Beltrán del asesina mi defendido, del mínimum de la cia, disfrutó muchas veces, junto entre los agentes de un crimen o damentales de mi alzada. Es a se un amor contrariado; sino que se to.
pena señalada a su delito, tres con él, de la suave dulzura que delito común y los agentes de un encamina, en primer término a cbhace necesaria la presencia de he.
Truncaré aquí esa argumenta grados que le corresponden en una madre amantísima, disolvien hecho pasional, muy pocas veces tener del superior criterio del Trichos evidentes que traduzcan la ción para desvirtuar sus concep virtud no sólo de la magnitud de do su corazón en el raudal incon esa fuerza subjetiva del reo ha si bunal que me escucha, que se covoluntad deliberada y persistente tos antes de que ellos puedan que las atenuantes que obran en favor tenible de sus lágrimas, ha verti do considerada entre nosotros co rrija la calificación del cargo en de consumar la muere, y la medi dar mucho tiempo en vuestra me suyo, sino también de sus condido sobre quienes formaron el bi mo un elemento de influencia de cuanto atribuye a mi defendido la tación fría y reflexiva acerca de te como una realidad efectiva. Yo ciones morales que son una gablico grupo de su familia; al me cisiva en el proceso.
circunstancia de alevosía, y conla ocasión, tiempo, modo y me sabía hasta hoy que el señor Cas rantía muy abonada de su porveditar por último en aquel hogar, Este es un caso de los muchos forme a ella localiza el delito dendios más propicios y adecuados ero Carrillo era un poquito, incon nir.
hoy por el infortunio destrozado en que el Juez, con ese ceño torvo tro de la definición del inciso 10 de realizar la intención criminal. petente y hasta superficial en sus Mas, yo espero, señores, y así me acomete una duda, y es la de de los funcionarios que se creen del artículo 414 del Código Penal.
Me atengo en un todo a tan atina juicios. Pero nunca creí que el fervorosamente os lo pido, que resi debo, si puedo enfrentarme llamados al mundo tan solo para Error grave en que incurre el Juez dos conceptos para justificar mi para darle fuerza a sus condena voquéis la sentencia en cuanto a la responsabilidad que envuelve mover la báscula de la guillotina, y que significa desconocimiento apelación en cuanto a este extre torias, recurriesc al auxilio de las ella aplica el artículo 414 citado, ese papel de defensor conque he ni siquiera se ha detenido un cor de las teorías relativas a la natumo. Acerca de él es justo pediros citas falsas.
dejando este hecho bajo sanción venido apareciendo en estos autos. to instante a reflexionar sobre e raleza moral del dolo y su papel de nuevo que analicéis la confeNo obstante las dudas, y aun sos puntos trascendentales en que en el acto criminal. El dolo debe sión del reo.
Falsc es de todo punto, seño del inciso de ese artículo que sea echando a espaldas mis los estudios criminalógicos han ser el punto de partida de la imrez, que Beltrán haya dicho algu con aplicación de las atenuantes III escrúpulos, voy a entrar en el es hecho tan hermosas conquistas. putación en cuanto a lo que pona vez que él huyó después de dar de que he venido haciendo refetudio del proceso, una vez que esSi el Juez hubiera meditado en demos llamar el NUDO DELIVoy ahora a referirme a otro muerte a Maria Teresa. Buscad rencia, y suspensión de la pena toy seguro de ello, nadie con más que donde hay pasiones fuertes, To, es decir en su valor esencial: en toda su confesión ese detalle: que haya de resultarle en virtud de los pun os en que fundamenté buscad bien, y si mis miradas no de vuestro fallo, de acuerdo con buena voluntad que yo habría de fuegos vivaces que consumen el pero debe serlo también en cuanmi apelación para ante este Triseguir adelante mis gestiones en alma, no existe el raciocinio, puesto a cada una de las circunstancaminadas a conseguir para el reo to que la libertad moral se encuen cias que lo califican, que lo carac GONZALO BELTRAN PADILLA bunal. de la sentencia venida en mposibilite para dar con esa inani dicional. de 14 de octubre de 1909.
adolecen de algún defecto que las la ley vigente sobre condena con grado.
la mayor suma de indulgencia tra coaccionada por múltiples ele terizan diversamente; lo que sigEs el que se refiere a las cir festación de Gonzalo, estad seguComo debéis comprenderlo, yo dentro de la punición que ha de mentos avasalladores, estoy segu nifica que cada una debe haber cia y su quebranto la honradez in cunstancias atenuantes no abona ros de que el señor Castro Carri no osaré en manera alguna pedir corresponderle.
ro de que ese funcionario no ha sido querida por el sujeto delin nata de su conciencia. Decidme si das a Gonzalo Beltrán.
llo hace una que mi defendido salga absuelto.
La Sociedad también está in bria considerado la circunstancia cuente. Así lo establecen sustan después de haber leído esa sen En cuanto a la atenuante 10 del Ved luego, el otro apoyo a que cuenta cabal me doy de que un teresada en esta causa. Ya lo sé. de alevosía con que él agrava la cialmente los artículos 418 y 419 cilla cuanto sincera confesión, pue. artículo 11 del Código Penal. El arrima su desatinada conclusión hecho criminal como el de que a Ella, que fué conmovida profun situación de mi defendido hasta del Código Penal al ocuparse de de ni por un momento pensarse señor Juez no creyó del caso apli el señor Juez; el testimonio del hora trato, merece castigo. Mas.
damente, que experimentó la fuer hacerla horrorosa.
las lesiones que por complicarse en que ese reo que amaba tan cie carla porque dice que no se ve policial Clemente Ríos. fol. 21. en gracia a las circunstancias exte sacudida del desgraciado hecho Hay entre los dramas de Sha con la circunstancia de mutilación gamente a su novia, pudo haberla el celo en reparar el mal de parte Su misma declaración es base pa cepcionoles de éste, en la esperancuando es:e ocurrió, tiene ahora kespeare uno que encarna todo lo se consideran en lugar aparte: la matado con alevosía, del reo y hasta es absurdo segun ra suponer lo contrario de lo que za de que muy pronto nuestra ley sus ojos puestos sobre los que que de grande, todo lo que de su mutilación no singulariza las leEl Juez Primero del Crimen, él suponer reparaciones en perso se pretende atribuir a Beltrán; penal habrá de incluirlo en una son sus mecanismos creados en blime y aciago tienen las pasiones siones en que aparece sino cuan que en este, como en todos los mostrado que es pobre y que no policial como a doscientas varas y en virtud de la cual sea jugado na que el mismo defensor ha de pues habiéndose encontrado ese categoría hasta hoy inexistente, defensa del equilibrio social. humanas: es Otelo. Podrá darse do ha estado en la intención del procesos fallados por él, parece tiene ni para pagar defensor.
Pero ese pensamiento no me algo más inaudito que aquella sujeto producirla, cuando respec antes del lugar del hecho, mientras con más clemencia que otro cualpreocupa mayor cosa; pues si el sombra tenebrosa envolviendo en to de ella ha habido un ANIMO los procesados, tiene para con que Juez, acusador de En primer lugar el artículo 11 Ríos llegaba a este, es indudable quer delito de los que nuestra derecho a hacer que se manten sus ropajos a la tierna, a la sutil NOCENDI. Generalizando la idea Beltrán una deferencia de las en su inciso to no exige de parque durante ese tiempo pudo muy ley llama comunes; en gracia a gan incólumes los atributos con Desdémona?
debe afirmarse que los caracteres suyas: le obsequió también, la que cada individuo de la comuni Cuando vemos al robusto moro o modalidades de la acción exter circunstancia de premeditación en te del reo sino el celo en reparar bien huir Beltrán si su propósito las consideraciones morales del hasta donde ello sea posible, hubiese sido la fuga, reo, a sus limpios antecedentes de dad desempeña su misión en la caer como un león de Atlas sobre na solo tienen influencia aumen el hecho porque le condena. Son el mal causado. De modo pues, En cuanto a la declaración de conducta, la suspensión de la pevida es incontestable, también el el cuerpo sideral de su esposa pa tativa cuando han sido consecuen tan pueriles los argumentos en que bastaría con solo demostrar Jobino Araya (fol. 34) también na que yo solicito es merecida, derecho de defensa a favor del ra estrangularla, sentimos como el tes, y no cuando solo constituyen que funda o de que deriva tal cir que el rco ha tenido ese propósi ahí se encuentra otra falsa y ca porque si esa ley saludable y reagente que en un impulso extra impulso incontenible de aplastar una dotación del esfuerzo externo, cunstancia, que casi ni debiera reto, aun cuando sus circunstancias sistica apreciación, pues el mis dentora, a pesar de las acervas viado de su voluntad al:era en a aquel monstruo. sinembargo, sin base en una previsión y voli ferirme a ellos. Sinembargo no es ificar la atenuante. Comprendo preguntó a Baltrán: qué es lo que parte de un elemento retarda:no le permitan realizarlo, para jus mo testigo al final dice que el críticas de que ha sido objeto por constituye otro derecho derivado es sino un esclavo de su gran pa bre desarmado, indefenso, escupe trados reparen en las declaraciocualquier forma ese equilibrio, ese monstruo es sublime: él no ción del espíritu. Así, si un hom tá de más que los señores magis evolver la vida a aquel a quien se has hecho? y entonces éste le con rio del Foro costarricense, 10 de los mismos princi, ios sociales. sión; por que hay pasiones gran a la cara a otro y éste, impulsado nes de testigos registradas a 10 reparación exigible al reo; mas ya preso; además explica otros por medios de volver sobre sus pasos, ha privado de ella, sería la mejor testó: que la debía y que se daría que quiere es facilitar al reo los Con efecto, señores, estoy se des, pasiones que agitan a los po por la cólera del momento tira lios 14, 21, 22, 23, 25, 79, 80 y 81, guro de que ninguno de los tantos derosos, pasiones que matan, pero con su revólver sobre ese hombre, que son las que lastran el criterio poder del Belemita, proporcionar tigo si tuvo tiempo para imponerse Viada senda sin haber tenido tiem que los mortales carecemos del menores que establecen que el tes de buscar nuevamente la extratieron en sus ánimos indignación el águila. Estas pasiones tienen alevoso.
que en aquella funesta noche sin como mata el león o como mata no cabría calificar ese ataque de del tan tumano Juez. De todas subsidios, esforzarse por llevar a de lo ocurrido y de lo que la pre po de inicionarse en el entreveesas declaraciones no se derivan e instintos e veng. za con garra, pero tienen también meleEn el caso de autos mi defendido sino palabras, palabras y palabras.
la madre de la víctima un poco de gunta hecha por mí en el escrito to criminoso de los presidios, he reo de este proceso, hoy se en na hermosa o recias alas.
Quién no compadece a Otelo, minado por el más imperioso de 24) es la única que habría podido de miseria, ya es reparar el ma ampliación del de folio 34: no hay nes exigidas por esa ley.
obró en un arreba:o pasional, do La del Policía José Palma (folio pan y unos cuantos dineros con de pruebas indica; su dicho de fo aquí, señores, un caso típico de cuentre noseido de la misma fiequé o los que reúnen todas las condiciobre. at al día siguiente de quién no lo perdona cuando en un los sentimientos humanos, el a tenerse como síntoma de premeocurrida la desgracia, es muy po grito, que es como un trueno en Condenadle, para que tanto al sible que los labios no hayan te que ha intentado expulsar toda mor: enloquecido por la pena que ditación, y sinembargo, ved lo que yor de los males ocasionados con nada que las haga presumir o con más ofusca, la del enamorado que dice ese testigo: que al registrar el delito.
siderar contradictorios. Además, como la sociedad comprendan que nido sino esta frase de conmise su existencia, cae a los pies de siente ultrajado su corazón. En a Beltrán no le encontró ningún circunstancia de haberse esforza con todo y ser tan ensañada, esta a todas horas la existencia de los Evidente está en los autos la la declaración de Juana Castro, la Justicia vela siempre y defiende ración: pobre muchacho, pobre aquella esposa victimada?
el caso de autos hubo arrebato arma, familia!
Quién lo llama alevoso? quién do Beltrán por conseguir que su blece dos hechos: que Beltrán, individuos.
Pobre muchacho y pobre fami lo llama traidor o asesino; quién moral, hubo aquella ofuscación este respecto no me cumple familia prestase todo apoyo a la después de su disparo se apartó Pero redimidle del presidio, selia en verdad. Aquel ve desplomar se atreve a maldecirle cuando ve pasajera pero terrible que las sino reproducir las consideracio madre de María Teresa. Lo ha a un rincón del patio sin huir (lo ñores magistrados: Beltrán es tose de un tajo todas las hermosas correr sus lágrimas por sobre el grandesraasiupesh producentencia nes del Secretario del Juzgado. declarado así la propia madre. lo mismo que ha declarado posterior davía un elemento sano de la sola idealidades de su juventud. Esta pecho marmoreo y ya sin vida de de la alevosia que implica una re don Ricardo Mora, a quien no sé confirman dos testigos: Ricardo mente el testigo Araya. y que ciedad: sus manos están anciosas ve, con el exhabrupto de una ca su gentil Desdémona?
Alexión previa para obrar con la por qué motivo no se ha llamado Arguedas y María Salas. qué el reo, después que es uvo a ver por encayecerse nuevamente emtástrofe: la reja del presidio por El traidor es Yago; y es a este menor suma de peligro y asegu a ejercer definitivamente el cargo mucho que Beltrán sea tan pobre a María Teresa, ya muerta, se pu puñando el martillo y haciéndolo donde asoman las manos implora Yago eterno que supervive en rando mejor la eficacia del ataque de Juez. Dice este funcionario al que no puede ni pagar un defenso a hablar en secreto con Jobino, caer con rudo golpe sobre el yundoras e impotentes del que es ob todas las sociedades al que yo referirse en el au:o de prisión a sor, cuando bien mirado su obli loval pone en evidencia no sólo que de la forja, jeto de su cariño; del que fué par quiero referirme. Quién no sabe, Reparad, señores, en la conse este hecho: no se da la circunstan gación para alegar en favor suyo que Beltrán no intento huir sino No lo dejéis perecer.
tícipe en sus veladas intimas, en a quién no le consta como estuvo sión del procesado, que le fué re cia de premeditación conocida, esta atenuante quedó llenada con también que Jobino pudo darse sus íntimos jolgorios y sufrires. esa cautelosa serpiente deslizán cibida cuando el hecho estaba pal pues no basta que testigos decla el empeño que puso en el sentido cabal cuenta de lo que esa pregunTodo por qué? Por una locura, dose por entre los amores de Gon pitante: cuando aún no había sido ren en el sumario acerca del he de que su propia madre le susti ta del escrito de pruebas insinúa. SULO HAY UN BROMO QUININA por un momento de alucinación; zalo Beltrán y María Teresa Sil llevado al cementerio el cadáver cho de que el indiciado manifes tuyese en tal deber?
Las razones aducidas para des ese es el LAXATIVO BROMO QUI porque este pobre muchacho que va, para seducir con sus engaños de la infortunada criatura, su víc tara en diversas ocasiones que lle En segundo lugar conviene ha virtuar el dicho de Maria Salas NINA, usado en todo el mundo para curar resfriados en un Procuren llevaba treinta años de una vida a ésta y perder con sus persecu tima. Ved cómo aparece ahí el reo gado el caso mataría a la joven cer una consideración respecto a son baladies: que ningún circuns versi la firma de GROVE esta ejemplar, llena de luchas, consaciones a aquél?
de franco, de ingenuo; cómo deja Silva, lo cual sería apenas indi la circunstancia de haber sido au tante la menciona. que es invero en cada cajita. grada al trabajo y a su familia, no He ahí uno de los motivos fun descubrir en medio de su desgra cio de una exaltación celosa o de xiliada por los deudas de Beltrán símil que Gonzalo Beltrán, taci PARIS MEDICINE CO. Lonin, Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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