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Página DIARIO DEL COMERCIO Jueves 28 de Setiembre de 1922 Un Litigio bastante ruidoso (Gran Circo Los billetes del Banco Internacional, Sáenz Freres garantizados por el crédito de la República, sirven para pagar los antiguos colones oro Debut. El Pleito del Doctor Quesada contra la Municipalidad capitalina Pronto!
Pronto!
de las nuevas atrac.
ciones procedentes del Hipódromo de New York, VERME OL MATA LAS LOMBRICES Sob o YERDADUENA BOTIGA ORIENTAL go debe Los brazos, las piernas, la espalda y el pecho se llenan de grani tos que contienen miles de estos pa rásitos que produ.
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TILLO: Casimires, Sombreros, Cueros y un completo surtido de No sea Delgado; Aumente sus Carnes; Calmesus Nervios y Desarrolle su Constitución Gane de a Kilos de peso en cortas semanas Juzgado de lo Contencioso Adminis. para demostrar que he agotado la go computándolo según el valor co julio de mil novecientos dieciocho y trativo de la República, San José via administrativa. Como ya lo dejo mercial y efectivo que tuviere en alguna otra más reciente, no son a a las trece horas del diecinueve dicho la monede que el Municipio 088 época con relación a la monoda plicables a las relaciones de derecho recibió fue oro nacional, representa debida Las leyes que posterior creadas mucho antes entre el Muni de Setiembre de mil novecientos do por certificados de los Bancos mente modificaron la regla sobre pa. cipio de San José y el firmante. La veintidos Emisores, convertibles a su presen: go de obligaciones y que se ha da. renuncia de la Corporación deudora tación; en los pagarés se dice que do en denominar De Emergencia me ha ocasionado varios perjuicios, En el presente juicio ordinario es el pago se hará con moneda de la De Orden Público no pueden en entre otros los derivados del atraso tablecido por el señor Gregorio Ce presente ley, esto es, de lo que en manera alguna afectar mis derechos, indefinido de mi viaje al exterior, cilio Quesada Esquivel, mayor, casa tonces circulaba, pero en todo caso, protegidos ampliamento por la Cons. daños y perjuicios que se liquidarán do, médico y de este vecindario aun cuando asi DO se hubiere esti titución en su articulo 26 que dispo en la ejecución de sentencia.
contra la Municipalidad de este Cap. pulado el articulo 771 atrás citado no que La Ley no tiene efecto re Concedido el traslado de ley a la con representado por su apoderado resuelve la cuestión con toda clari troactivo. Esta garantís constitucional parte demandada, contestó negativageneral judicial señor Tomás Gam dad al disponer que cuando la deu es tan importante, que ni siquiera mente y fundáadose en las razones boa Rodriguez, mayor, soltero, abo. da es de una suma de dinero, el pa está comprendida en el púmero de aducidas en su contestación, plde en gado y de este vecindario a fin de ser hecho en la clase de las que pueden ser suspendidas por resumeo que se declare primero; que se declare que unas obligacio moneda estipulade, a falta de estipu: causas graves, y por tanto las leyes Que la Municipalidad no está obli Des contraídas a su favor, por la ci lación, en la moneda que estuviera a que me refiero sean el decreto de gada a satisfacer esta deuda en oro tada Municipalidad deben serle sa en curso al contraerse la deuda, y dieciocho de setiembre de mil nove: Dl en su equivalente en colones de tisfechas en oro nacional o su equi en caso de no poder hacer el pago cientos catorce ratificado por ley de ahora, tal cual lo pretende el actor valente en la moneda ahora en cur. en la moneda debida se hará en la veiotinueve de marzo de mil nove y que hace buen pago de sus obli.
so, computable según el valor co usual y corriente al verificarse el pa cientos quince, la ley de catorce de gaciones entregando billetes actuales mercial y efectivo que tenga el día circulantes del Banco loternacional.
del pago, que no son aplicables a Segundo: que dado que en su libelo este caso por inconstitucionales las de demanda el actor se niega a acep leyes de emergencia, pues no puede tar billetes del Banco Internacional, retrotraerse sus efectos en perjuicio pretestando que no valen e! valor de su patrimonio y que deben satis que contiene su leyenda, la Municl facerle además los daños y perjui.
palidad tiene derecho a gozar de la cios que se le han ocesionado con moratoria señalada en la ley de pri no satisfacerle tales obligaciones en mero de abril de mil novecientos la forma demandada.
velotiuno hasta que se derogue la inconvertibilidad de los billetes de RESULTA: esa Institución. Tercero: Que no ha Manifiesta el actor en su escrito de biendo estimado en su demands el demanda lo siguiente: Consta de actor los daños y perjuicios prove los documentos que acompaño, que plentes o causados por la demora en con fechas veinticinco de marzo y el pago de las dos deudas, se debe dieciocho de abril del año mil novetener por no puesto también este clentos catorce, di en préstamo a la extremo. Cuarto: Que debe ser con.
Municipalidad de este cantón las su denado el actor en las costas perso mas de cincuenta mil colones y diez mercaderías salvadas del incendio. nales y procesales mil colones, respectivamente, con los No habiendo pruebas que evacuar vencimientos en aquellos estipulados: por auto de la una de la tarde del a esos pagarés le he agregado el Avenida Central, veiotitrés de febrero último, fueron timbre de ley y su multa, para que citadas las partes para sentencia y sea cancelado por esa oficina. Esas ya en tal estado los autos, el apode obligaciones han venido prorrogán. contiguo a BASIGO ALVARADO rado de la parte demandada mani.
dose mediante el pago de los intere festó que a fin de que se tome en ses convenidos, con la única diferen cuenta en la sentencia, hace las si cla de que por causa del Decreto de guientes observaciones: La ley de Inconvertibilidad de los billetes de primero de agosto de mil novecleo los Bancos Emisores, hube de aceptos diecisels, exige como requisito tar su pago con los billetes deprecia: sine qua non, que antes de ser de.
dos del laternacional, a pesar de que mandada una Municipalidad se agote las obligaciones a que me refiero la via Administrativa. Ese mismo ar IODURO de HIERRO INALTERABLE SOD en colones de oro, ya que en tículo probibe que se entable demanda esa clase de moneda se contrajeron, si no ha sido agorada la via dicha pues en la fecha en que hice los y en consecuencia es una ley prohipréstamos, no existia aún el Banco JARABE bitiva; lo que se haga contra leyes de Internacional ni los llamados decrcCOLORES PÁLIDOS esa naturaleza, es nulo. En libelo de tos de emergencia que luego dieron demanda el actor dice que acompaña al traste con el talón de oro. Restala Gaceta en que consta la conclu blecida la convertibilidad por reciensión de la via admioistrativa; pero es BLANCARD, 64, Rue de La Rochefoucauld te decreto legislativo, y Decesitando lo clerto que no la acompañó, pues PARIS dinero para un viaje que me propoen el recibido puesto por el señor nía hacer en mayo pasado, me preAPROBACION DE LA ACADEMIA DE MEDICINA DE PARIS Secretario lo contiene.
senté a la Municipalidad solicitando tal manifestación contestó el ac.
la cancelación de dichos pagarés en Agentes en Costa Rica: Sasso Hnos.
tor, que el ejemplar de la Gaceta, la moneda debida, oro nacional, o su reclamado, fue presentado por él, no equivalente en la moneda ahora en stendo culpa suya el que no aparezca curso de conformidad con la regla Representantes en Centro América: Pauly agregado a los autos, pero que como del artículo 771 del Código Civi. y lo que la ley quiere es que, DO SC en todo caso, que los intereses se establezcan litigios judiciales contra me siguieran pagando con igual mo las corporaciones municipales sin ha: neda. Esa Corporación, previo los berse agotado antes la vía adminis.
trámites que creyó del caso, por trative, tal requisito fue cumplido y acuerdo tomado en el articulo Nú.
para constancia, presenta un nuevo Utiles para escuelas mero XIII, de la sesión celebrada el los precios más bajos de plaza.
ejemplar. Por auto de las tres de la veinticinco de julio pasado, denogó Háganos sus pedidos y quedará satisfecho. San José. tarde del veinticinco de julio último, mi justo reclamo, por lo que me vi Apartado 314. Sucursal en Cartago el señor Juez Primero Civil, de con: en el caso de apelar ante el señor formidıd con el artículo primero de Secretario de Estado en el Despacho la ley número treinta y tres de doce de Gobernación: el Poder Ejecutivo, del mismo mes, pasó los autos a co considerando que el punto corres nocimiento de este Juzgado por ser ponde resolverlo a los tribunales de de su competencia.
Justicia, dictó su resolución eovlánEn los procedimientos se han ob dome a ventilarlo en la via y forma servado las formalidades de ley.
correspondientes, como Consta del de FELIX VALLINI (Continuará)
ejemplar de la Gaceta que presento, CLORO ANEMIA PILDORAS ESCRÓFULAS, DEBILIDADES Si desea usted dejar de pertenecer al número de los flacos, aumentar sus carnes, calmar sus nervios y desarrollar su constitución, vaya a la botica y compre un frasco de CARNOL (pastillas) y empiece a tomar al dia, una después de cada comida. las pocas semanas usted mismo se sorprenderá de los resultados, pues habrá usted ganado en peso por lo menos tres kilos y continuando el tratamiento alcanzará usted su peso normal, en proporción a su estatura. Las personas delgadas casi inspiran lástima por su delgadez y se contagian y enferman con mayor facilidad que las gruesas, y robustas; de ahi el deseo de toda persona delgada de engordar y fortalecerse. No basta aumentar la alimentación para conseguir el aumento de carnes, sino que es indispensable asimilar lo que se come. Es bien sabido que la mayoria de los delgados comen más que las personas gruesas, pero, sin provecho, porque su organismo no está en condición de asimilar los alimentos que recibe. CARNOL, una pastilla con cada comida, sirve de agente asimilativo y forma el lazo de unión entre el comer y el engordar. Hombres y mujeres delgados que toman CARNOL con cada comida, pronto empiezan a notar sus buenos resultados y a menudo aumentan de uno a dos kilos cada semana. Si desea ser usted uno de estos hombres o mujeres, no pierda tiempo en tomar el CARNOL. Cómprelo en cualquiera de las siguicntes droguerias: BLANCARD LINFATISMO, RAQUITISMO LIBRERIA ESPAÑOLA María de Lines a Ordene sus trabajos a la Zapateria LA GIOCONDA 175 varas al sur de la Botica Francesa Industriales! Eo la Litografia Minerva se les hacen las e lqueras que Uds. necesiten.
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