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Viernes 29 de Setiembro do 1922 DIARIO DEL COMERCIO Página Protección a la industria del café molido Los mejores fideos que se exhibieron en La Exposición de la Escuela Porfirio Bre nes fueron los de la Fábrica de ACUNA SALAZAR Pruébelos y se convencera.
Dirección: Panaderia del Paso de la Vaca, Apartado 926 Telefono 531 Aserradero y Depósito de Maderas del Pacifico Surtido completo maderas de primera calidad La nacionalización de la fuerza eléctrica de Alvarado y tranyia de San José Contamos con el mejor aserradero del país y estamos en condición de hacernos cargo de toda orden a PRECIOS SIN COMPETENCIA ASERRADERO, DEPOSITO, Un Litigio bastante ruidoso Fotografia Artística Poynter Robert Con el fin de proteger la Industria del café molido destinado a la exportación; y por cuanto no existe partida a guna al respecto en el Arancel de Aduanas vigente, el Pre sidente de la República decreta: Quedan exentas del pago dc impuestos de importación, pero sujetas al de muellaje, las cajas de lata y cartón que se Introduzcan sl pais destinadas única y excusivamente al empaque del café mo ido que 80 exporte.
Dichas cajas deberán venir debiFste es hoy uno de los temas quo damente marcadas grabadas, en giran al rededor del empréstito.
litografia o en cualquiera ofra form Mr. Dond gestiona actualmente que impida destioarlas a uso distin ambos negocios y para el efecto ha to del indicado.
externado ya sus condiciones con el Lic. don CILO Gonzá ez Viquez, Presidente de la Corporación Munl.
LA ESTRELLA DE ARTE cipal y el Sr. Ministro de Gober12 Detrás del Laberinto nación.
de FELIX SERRANO 100 Varas al del Carmen Tapiceria y fabrica de muebles. Ofrece a su clien.
La propuesta de Mr. Mc Donald tela jaros de sala, dormitorio y comedor. Camart tiene aceptación en algunos de los nes, armarios, botiquines, camas y demás objetos señores edlles y como en nada perde lujo. TODO AL ALCANCE DE SU BOLSILLO 50 warasal de La Merced judica a los intereses municipales posiblemente será sometida a un amplio y dereoido estudio antes de dar una contestación definitiva.
Resulta barato encarger todos los Procuraremos obtener todos los trabajos de papeleria en la Impren. informes que al respecto se vayan Los billetes del Banco Internacional, garantizados por el crédito ta Minerva.
desarrollando de la República, sirven para pagar los antiguos colones oro Si usted quiere enviar un recuerdo al amigo o pariente ausente, El Pleito del Doctor Quesada contra la Municipalidad capitalina retrátese en la (Conclusión)
40 de la Ley de Bancos y dispuso los que él entregó no es circunstan que desde esa fechs hasta nueva cia que obligue a la parte demandada CONSIDERANDO: disposición del Poder Ejecutivo, que al pago de la diferencia. Constituye daban facultados los Bancos emiso. ella un fenómeno económico de fu la más acreditada en su género Calle de la Estación Los documentos en que consta la res establecidos en la República, pa nestas consecuencias si se quiere obligación que se cobra dice el uno: ra no cambiar sus billetes por oro, para la sociedad en que se desarro: vale por 50. 000, Manuel Echevey que Los billetes de dichos Ban lla, pero que por su carácter general rria Agullar, mayor de edad y de cos servirán para pagar todas las tiene que afectar por igual a todos a este vecindario como Gobernador de obligaciones contraides en colones de quienes en la vida de los negocios esta Provincia, competentemente auSi Ud. necesita MUEBLES dirijase al Taller de oro Cesados los efectos de esta ley se exponen a las eventualidades que torizado por la Municipalidad de esen virtud de haber transcurrido el los mismos scarrean.
ANTONIO AVILA te Cantón, se constituye deudor de plazo fijado en el decreto número 19 Cabe ahora examinar una cuestión don Gregorio Quesada Esquivel, de primero de abril de 1921, los bl. desde otro punto de vista, cuál es, situado en la Jardineria «LA CAMELIA. 150 varas al mayor, por la cantidad de ciocuenta lletes de circulación fueron sustitui hasta que punto puede afectar tales sur de LA DOLOROSA. Teléfono No. 172 mil colones, valor recibido en dinedos por los del Banco Internacional disposiciones a obligaciones contrai ro efectivo de la presente ley y que declarado único emisor en virtud del das con mucha anterioridad a la fe.
pagará el Municipio el dia veinticin decreto número 40 de 15 de julio cha de su emisión.
los colocaba el decreto referido que así lo indican sio la menor sombra co de marzo de mil novecientos die del mismo año.
La Sala de Casación resolviendo facultó a los Bancos para ser con de dude. Casación de de setiem cisiete. Esta cantidad devenga el in Los billetes del Banco Internacional el mismo punto planteado en la pre. vertibles en oro sus billetes y no a bre de 1918. terés del diez por ciento anual pade Costa Rica equiparados, con res septe demanda en el juicio de Teo los que, como los señores Pagés y Con respecto a las alegaciones he gaderos por mensualidades vencidas.
pecto a su poder liberatorio, por de doslo Castro contra Pagés y Compr. Compañía se comprometieron cono chas por el apoderado de la parte En caso de demora se reconocerá el creto de nueve de octubre de mil nia, pero referen! e a una obligación ciendo de stemano la situación demandada relativa a la no presenta doce por ciento sia perjuicios de la noveclentos catorco, a los billetes de contraida después de la emisión de creada y a los que por lo mismo, ejecución, costas, daños y perjuicios.
ción del periódico oficial en que los demás Bancos quedaron compren la ley de diecinueve de setiembre de el artículo 771 les era aplicable. Ca. cuenta haberse sgotado por parte del Es convenido que en caso de demo.
didos en el decreto número 10 de mil povecientos catorce, consideró: sación de de agosto de 1916. actor la vía administrativa en el pro ra de más de tres días en el pago catorce de junio de mil novecientos que la Sala Primera de Apelaciones No sabe tampoco lovocar, como scate negocio, cabe observar, que de lotereses seguirá reditando el dodieciocho, que dispone que les bl. aplicó erradamente el decreto núme lo hace el actor del articulo 26 de ellas no constituyes articulación bia ce por ciento anual hasta el venci lletes de dichos Bancos tienen en ro doce de di cinueve de setiembre la Constitución. que establece la bo guoa en forma, la que tampoco camiento. San José, marzo 25 de 1914.
todo caso y por la suma que indiquen de mil noveclentos catorce, en su retroactividad de las leyes, porque bía por haberse ya cerrado el debaManuel Echeverria y el otro otorvalor liberatorio respecto de cualquier articulo II y vio el articu o 771 del Iratándose de leyes de orden púbico te en virtud de la citación para sengado el dioclocho de abril del misobligación contraida o que se contrai Código Civil al negarse a aplicarlo sus efectos son de aplicación fome. tencia; y eo todo caso, sobre ello mo año dice: Vale por 10. 000.
ge en colones de oro. disposición al caso ocurrente, fundándose en que dista conforme lo ha considerado no cabe discusión ninguna ya que el Manuel Echeverría Agullar, mayor de ratificada por el artículo segundo del el aludido decreto que faculra a los la Sa a de Casación: Que en cuan: edad, y de este vecindario, como sctor cumplia con el requisito de decreto de primero de abril, de mil Gobernador de esta Provincia, com deudores para satisfacer en billetes to a la alegación que se hace de que agotar la via Almlolstrativa, que es noveclentos velotiuno que dice: Los de Banco 198 deudas contraides en el decreto que estableció la incon. lo que la ley exige para fijar la Apelentemente autorizado por la Mubilletes del Banco loternacional de colones de oro, obsiaculiza Is ap! vertibilidad de los billetes no puede procedencia del juicio Contencioso bycipalidad de este Cantón, se cons Costa Rica seguiráo sirviendo al cación del artículo indicado, que dis aplicarse a deudas contraídas con Administrativo.
el pye deudor de doo Gregorio deudor para satisfacer a la par las pon: Que cuando la deuda es de anterioridad al mismo, eo razón de POR TANTO: conformidad uesada E, mayor, por la cantidad pe diez mil colones de la presente obligaciones contraidas en colones de una suma de dinero, el pago debe que la ley no tiene efecto retroactivo, con las leyes citadas y articulos 87, oro.
ber hecho en la clase de moneda es qty, valor recibido en dinero efecti cabe decir, que es constante la re: 192 y 1072 del Código de Procedi Resulta de lo expuesto que el deu tipulada, y en caso de no poder ha vo y que pagará el Municipio el dia gla de derecho, que las leyes de or mientos Civiles, Decárase sio lugar dor, hace buen pago, entregando a veinticinco de marzo de mil nove cerse el pago en la moneda deb! de, den público en materia civil tienen en todos sus extremos la demanda su acreedor, billetes del Banco loter y se hará en la usual y corriente al cientos diecisiete. Esta cantidad de inmediata aplicación y por lo tanto estab ecida. Admitese resolver en lo nacional, hoy en circulac ón, sio que verificarse el pego compurándola se afecian a todos los actos jurídicos relativo al punto a que se refiere el venga el interés del diez por ciento la circunstancia de ser transitoriamen gún el valor comercial y efectivo anual pagadero por mensualidades que no han entrado en la categoría considerando anterior por no haber te inconvertibles por oro acuñado, le de hechos consumados cual sucede vencidas. Las demás condicio.
que tuviere en esa ép ca, con rela: sido ello objeto de gestión formal dé derecho al pago de la diferenciación a la moneda debida. desde con la forma de los pagos no rca nes son iguales a las contenidas en alguna, siendo a cargo del actor las eotre el valor comercial de los cer el otro documento.
Juego que dicho decreto sólo se re. lizados todavia. Que ese decreto es costas personales y procesales del tificados de oro que entregó CODS firió a las deudas contraídas entes de orden público, parece indiscutible, julcio.
No existe pues en ploguno de los tituirse la obligación en su fivor, y de su emisión, ya que só o tuvo en ya que aunque Do lo dijera como documentos estipulación expresa de lo que hoy ofrece el deudor en des mr a lviar a los deudores que con lo dice uos reclepte ley, el objeto (1) BARRANTES que la deuda se hubiera de cancelar cargo de su crédito. El que estos anteriorical se habían obligado a que tuvo en mira, y las circunstan en oro, de tal suert: que la cuestión billetes no valgan hoy lo que valian pagar en oro, en la dificultad en que cias excepcionales en que se emitió. 1) AMADEO JOHANNING planteada, ha de resolverse por las eglas del artículo setccientos setenta Sy uno del Código Civil, y las mo.
dificaciones que leyes especiales pos teriores hayan podido introducir en EL MALESTAR CAUSADOS POR ellas.
TA Establece el citado articulo, que a LA INTEMPERANCIA NO HAY falta de estipulación el pago habrá do NADA IGUAL LA hacerse en la moneda que estuviere en curso al contraerse la deuda, y co tal disposición se fuada el actor pari exigir que habiendo entregado el al deudor certificados de oro, cam.
blables a la presentación en los Ban cos emisores por oro acuñado, es, en tal clase de moneda o en la de circulación actual computada según su valor comercial y efectivo que tuviere con respecto a aquella en la que ha de cancelársele su obligación, pretensión que el Juzgado desestima por las siguientes razones.
La ley del dieciocho de setembre BAYER de mil novecientos catorce, declaró PTABLETAS BAYER DE ASPIRINA CAFEINA co suspenso los articulos 33, 34 y Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
PARA EL DOLOR DE CABEZA
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