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Pagina DIARIO DEL COMERCIO Jueves de Noviembre de 1923 La resolución política del Juez Primero Civil El partido jimenista presentó la Junta Canto antes por el coatrario, de lo que disponen los ar der constancias de veclodad al de nacionalidad. Con Dal del Carmen uoa larga lista de nombres de clu. ticulos y 29 dei Regiamcato respectivo do 24 de cso se comprueba que esa no es una parte ni un dadanos para que se incluyeran catre los votantes de julio de 1908 que dió organización aquel cuerpo detalle del servicio de la policia; y por tinto, 10 ese circuito electoral.
en la capital, se evidencia, sin lugar a dada, que puede ol debe un juez atribuir est facultad en el Para justificar la calidad de vecinos del Cantón, dicho funcionario está capacitado para ejercer todas silencio de la ley. El juzgador que lo hiclere more 80 presentó una constancia suscrita por el Director las atribuciones que incumben a los Comandantes de cerá el siguiente reproche del viejo y severo juris.
General de Policia. Pero como el artículo 29 de la las Secciones de Policia.
consulto de Argentré: Oh! Juez. Por qué pretenloy electoral hoy vigente, de 18 de agosto de 1913, De suerto que el Juez 1º Civil fundó su falló des juzgar la ley, cuando tu primor deber es juzgar dispone que cas constancias de vecloded o cludada confirmatorio en el Reglamento de la Policia de San según la ley? Eavanecido por tu falsa sabiduría, de día corresponde expedirles PREFERENTEMENTE al Co José, de 24 de julio de 1908.
ese modo lnsultas la ley y te formas una conclen.
mandante o Comandantes de Policia en las ciudades eso le contestamos los sostenedores de la De cla especial para eludir sus disposiciones: sbandona cabeceras de provincia, el Fiscal del Partido Agrico. gativa lo siguiente: tu puesto si es que el texto legal to conviene; la Intorpuso el recurso de apelación para ante el La competencia de los Comandantes de las pero si no lo renuncias, dicta tus fillos de acuerdo Juez 1º. Civil. Este funcionario, a fuor de jlmeolita Secciones de Policia en materia electoral les fuo con la ley. Citado por Bouhler. Obsevations sur conocido, confirmó la resolución de la junta electo conferida por una ley especial promulgada cinco años la Coutume de Bourgogne, chap. II. ral del Distrito del Carmen, que declaró buena y después de la ley general reglamentaria de la policía.
No cabe duda que si para algo sirven los vie.
legal le constancia suscrita por el Director General y como es de principio elemental de loterpretación, jos en los tiempos nuevos de labor y de progreso de Policia en primer lugar, que las leyes especiales son do loes para dar consejos.
Como en la junta electoral referida votaron de tepretación estricta, y en segundo lugar que las mis.
scuerdo el miembro volista y el jimonlata lo cual mas leyes derogan a los generales en todo aquello La Junta del Distrito de Catedral confirma la allaoza que la oploión pública ha denun en que no estén de rcuerdo, resulta que la interpre.
ciado, pero que los candidatos Volio y Jiménez por taclón dada por el Juez no es lógica al se conforma La resolución del Juez Civil de San José sisten en negar, quiero hacer una exposición del con las reglas de la hermenéutica.
da al art. 29 do la Ley Electoral es una interpretación punto logal, a fin de que el Gobierno y el pais co La Ley de Elecciones no hace mención nl partidarista, puesto que adopta un criterio ampio nozcan las malas tretas a que recurren los partidos una sola vez del Director Goneral de Policía, la cual para resolver las dudas de interpretación, en lugar que adversan al echandismo y comprendan que éste quiere decir que por una u otra razón, el legislador de empleer una loterpretación estricta, por tratarse ultimo es el que, en esta campaña, representa la de una ley especial sobre uns una materia que, por lo excluyó de toda lotervención en esta materia.
hooradez cívica y el pundonor electoral.
Esa regla de hermenéutica legal es tan antiguo, que su naturaleza, no es de policía.
Pero ahora tenemos que los miembros jimenis.
Ya lo ha dicho y repetido el Licenciado Echan. los jurisconsultos romanos la transmitieron en forma dl: No se trata, señores, de ascender a una sula Presi. de proverbio juridico: Qui de uno dicit de altero 108 y vollstas, del cantón de Catedral con dencia de la República de cualquier modo y como negat.
dacia que no tiene límitos, se plegao aceptar las se pueda: si llego honradamente por el voto libre Sería admisible que el silencio de la ley constancias de vecindad y ciudadania extendidas de las mayorias, a mucha honra asumiré las res: especial fuera suplido por las disposiciones de la por los Comandantes de Sección, el tales constancias ponsabilidades inherentes a tan alto honor; y si no ley general orgáalca, sl embas leyes vorsaran sobre no lleva el visto bueno del Director General de No!
materias análogas, o sea sobre cuestiones de orden Policia.
Tomco nota de 0803 conceptos los señores To.
y seguridad del veclodarlo. Pero no es así. La atrl. Si el señor Presidente de la República descavar, Dengo y Garcia Mooge, o sea, los teorizantes bución que el artículo 29 de la Ley Electoral le como no puede menos de desear que la Repúbli.
del partido que se dice defensor de la cultura naconfiero a los comandantes de Policía es muy exca de Costa Rica conserve eko prestigio de nación cional.
copclopal y pertenece propiamento a la Goberna política y socialmente culte que le ha captado las clón, o sen, el gobierno Municipal, como que se tra. simpatías de las grandes potencias del Antiguo y ta de determinar el verdadero domicilio de una per del Nuevo Continentos, debe proceder a reemplazar sona (art. 31 del Código Civil. De suerte que, fal aquellos miembros Jimepistas y volistas de la Junta La cuestión legal se plantes así: al decir la Ley decir, el cltado texto que, las constancias de vecin Electoral de 1913 que las constancias relativas a ve dad o cludadania las expedirán preferentemente los Electoral de Catedral, por otros do la misma filla.
cindad o cludadanía corresponde expediclas prefe Comandantes de Policia, eso adverblo DO les da ción que tengan conciencia de que en el desemporentemente al Comandante o Comandantes de Policia prelación sobre el Director General de Policía, sloo ño de sus puestos están al servicio de la Patria en las ciudades cabeceras de provincia dextendió sobre el gobernador de la Provincia o sobre el go. antes que de su partido.
tomblén esa facultad al Director General de Policia bierno comunal; pues las tales constancias 10 son, El artículo 103 de la Ley Electoral le da la fa.
Los miembros aliados volistas y jimeoistas de por su saturaleza, materia de Policía sido de cape.
las Juntas electorales dicen que sí. el Presidente cultad al señor Presidente de la República de hacer cidad civil y política de los ciudadanos. En Francia, de la República y el partido Agricola dicco que no. desde hace más de un siglo, o sea, desde la pro.
cumplir dicha loy por todas las personas que lo¿Cuál interpretación será la correcto? La verdad no mulgación del Código Napoleón, la prueba de la in terveogao con carácter oficial en les operaciones puede encontrarse simultáneamente en dos campos tención del cambio de domicilio de un cludadano electorales. Está, por tanto, en el deber de hacerlo opuestos en el mismo grado.
se hace por la declaración que el loteresado debe en tiempo, antes de que tenga que asumir las resLos fundamentos de la sfirmativa los expone el hacer ante el Municipio del lugar que abandona y ponsabllidades de la desmoralización general y de Juez 1º Civil asi: ante el del cantón a donde se traslado. Igual dispo. Considerando: que si bien es cierto que por dis sición contiene el Código Civil de Bé gica (art. 104) acaban de perpetrar los miembros jimeoistas y rela aparquía que actos de arbitrariedad. como el que posición del artículo 29 de la Ley Electoral de atri. El Código Civil Itallado exige que cea declaración buye al Comandanto o Comandantes de Policia en se haga, 00 a los Municipios, sloo directamente a formistas de Catedral provocirao seguramente.
las cludades cabeceras de provlocia la facultad de las oficinas del registro del Estado Civil (art. 17 prue.
extender constancias relativas a ls vecindad o cluda. ba evidente de que se trata del Estado y capacidad denia, de ello no se infiere que exista obstáculo legal de los ciudadanos.
para que tales certificados los otorgue también váll. Ninguna legislación, que yo sepa, confiore damente en esta ciudad el Director de Policis, y a las autoridades de policía la atribución de extenRAMON ZELAYA Joselyn Fallecimiento de doña Maria Elida Mora de Ovares AEG La muy acreditada casa Gaumont, con la perfección y pulcritud a que nos tiene acostumbrados ha trasladado al cinematógrafo la novela poemáticaJoselyn, de Eugenio de Lamartine, interpretando la parte de protagonista Mr. Armand Tallier y la de Laurence Mlle. Mirga a los que se cundan admirablemente Madame Susanne Bianche tti y Narie Laurent y Mr.
Karl Roger Es una obra estupenda presentada con todos los adelantos del arte cinematográfico, perfecta propieNITRA AEG NITRA AEG NITRA medio dia de ayer falle ció en esta capital, después de varios días de penosa dolencia la señora doña Maria Elida de Ovares, esposa del señor don Paulino Ovares, y de cuyo es tado de gravedad habíamos da do cuenta en días pasados.
Nació la señora Mora de vares en esta capital el 17 de setiembre de 1902, y hace próximamente meses que contrajo matrimonio. las diez de la mañana de hoy debe de efectuarse el en tierro saliendo el cortejo del templo de la Soledad.
Enviamos nuestro pésame muy sentido a su afligido es poso don Paulin. Ovares, a su seflora madre doña Teresa de Mori, y demás deudos.
dad y lujo e interpretacion Representantes de la lámpara AEG: Koberg Cia. San José de Costa Rica.
Se estrenará el domingo próximo en el Teatro Variedades.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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