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Pagina DIARIO DEL COMERCIO Viernes de Abril do 1924 Movimiento diario Un viejo y delicado asunto que por fin se resuelve Joaquin Achi y Ermida dina, de 20 toneladas, Situación legal de los perjudicados con los incendios José, de José Padilla y Smit y Co. Pasaje en relación con el 10 o que retienen las compañías Nacimientos Marítimas Juan de Dios, de Juan Limón, Anoche a las Dios Morales y María Gó 21 horas, zarpó para Blue y mez fields, Nicaragua, la gaso José Joaquín, de José vela nicaragüense «Fernan tripulantes, Capitán Geor Isaura despachado por sa qol Afrecho de trigo a Tomás Fernández en el ALMACEN y Teresa Gómez.
ros: James Buchaman y Mario, de Isaac Segura Huel Francis. Carga: una continuación publicamos García Garcia, quien fue mayor, que estuviesen sujetos al gra articulo ro25 del Código Civil.
y Francisca Bejarano. caja confites, lafas breva, la sentencia, sabia y bien me. casado, comerciante español y vamen todos los siniestros que Contra tal argumentación Ada, de Dolores Fonseca. latas peliculas y paque ditada del señor ez Primero de este vecindario, representa después ocurriesen Por lo cabe observar que la retroactiCorina, de Nicolás Ta tes anuncios. Correo un de lo Contencioso Lic. don da por su albacea definitivo tanto demando a las partes ci vidad de la ley en que fuoda Alfonso Barrantes, en la con Emiliano Castro Umañia de mes y Josefina Soto.
tadas, a fin de que se declare: el Ejecutivo so resolución Go saco.
troversia sostenida por la su iguales calidades y vecindario Que el artículo número existe en realidad, porque si Lilia, de Jeremias Mora Anoche a las 22 horas cesión de Cesáreo García con y doña Manuela Valverde Mo 21 citado, es contrario al es. bien es cierto que el contrato y Benilda Soto.
tra la Municipalidad de este 30 minutos, zarpó para Bo ra, mayor, de oficios domésti piritu y letra de la ley de de segure fue celebrado an.
Iris, de Nicolás Cordero Cantón.
cos y de este vecindario, como de octubre de 1922; y Que tes de la emisión de la ley de y Josefa Varela.
cas del Toro, Panamá, la El público esfá enterado de adjudicatoria, para que se de por lo mismo, la Sucesión Gar de octubre, la obligación que costarricense que con ese diez por ciento Maria, de Alvaro Teráo gasovola clare que la sucesión de Gar cía está en el deber de pagar con el contrafala compania Vanguardia, de 18 tone.
y Rosa Ferrer.
que se retiene de las pólizas, cia está en el deber de pagar el impuesto de diez por ciento aseguradora no fue efectiva si.
se indemnizará a los vecinos impuesto de diez por ciento de las sumas que hubiesen co no al ocurrir el incendio, he.
Eladio, de Angela Molina ladas, tripulantes, Capitán tenían de las sumas que hubieren brado o que se les deben se cho que constirola la condición Neftalí. de Neftali Mario Luther Watler y despacha perjudicados que no cobrado o que les deben se gún las pólizas mencionadas sustancial del contrato, y el y Maria Rosa Barrientos. da por Limon Trading Co. seguros. En esta situación de espera permanecen cientos de gún las pólizas de diecisiete de 17 junio y 20 de julio de cual ocurrió ya bajo la vigenPasajeros: Edgar, Emelina, personas que aguardaban el 1922.
Enrique, de José Zele: de junio y veinte de julio de cia de la ley.
Luis y Mercedes Balma, camino legal que iba a marcar mil novecientos veintidós.
En el mismo escrito la Sudón y Teresa Conejo.
Tampoco cabe invocar a frE. Rossi Corsi, Yewe esa sentencia. dichosamente cesión demandada y el Promo vor de la tesis que sustenta el RESULTA: tor Fiscal manifestaron: La Poder Ejecutivo, que conforme Pasaportes Hlyn Brock, Joaquin Alva para ellos, la Justicia ha sabido Sucesión García y en su nom el artículo 73 de la Ley de rez, Bertha de Rasowe bl hacerse, y se ordena que todas las pólizas de incen Manifiesta el actor en su bre la única heredera sostienen Seguros ésta era aplicable noMiguel Alice para Esta ja, Doris Spencer, Eva dios ocurridos después de escrito de demanda; La ley por su parte que al aplicarse venta dias después de dos Unidos.
Brow, Thelma y Fritz la vigencia de la Ley (2 de Hamada de Seguros de de dicha Ley de Seguros a un emisión porque tal plazo octubre de 1922, en su artículo caso anterior y a un contrato fue Ricardo López para Pa Read, James Cox, Ethel octubre de 1923, respondan al concedido para daños y perjui 43 dispone que las Compañías ya existente, se le darin efecto Watt. Carga: 20 huacales pago de esos namá.
dentro de él se cumplieran la cics, aún cuando hubieran si Aseguradoras contra Incendio, retroactivo con irrespeto del prescripciones reglamentariz James Borserini para naranjas, buacales Zacado extendidas con anteriori retengan al efectuar el pago artículo 26 de la Constitución estataidas en la misma les Colón.
horias, huacales cabos. dad a esa fecha. En esta for de siniestros asegurados, un y se privaría a la misma Su plazo que debía contarse a porma, deben depositar el diez diez por ciento de las indem cesión de una suma a que con tir de la fecha en que ella 20por ciento, a la orden de la nizaciones con los propósitos arreglo al contrato tiene dere tre en vigor, o sea diez días Municipalidad.
que el mismo articulo deter cho a percibir infringiéndose después de su publicación en La resolución judicial a que mina. Nada dijo la citada ley. con ello el artículo 29 de la el periódico oficial. Articolo nos referimos, aclara la situa por disposición transitoria, de misma carta fundamental. Igual 10 del Código Civil)
ción legal de todos los recla los contratos ya celebrados y tesis sostiene el Gobierno de Debe tenerse en cuenta ade: acaba de recibir mantes de perjuicios; y pone limita a establecer para lo la República, por la cual la más que dados los fines que los puntos sobre las ies, dando futuro la contribución referida, señora Valverde y el señor persigue, la Ley de Seguros a cada uno le que es suyo. Ocurrido el 16 de diciembre Promotor Fiscal que suscriben es de orden público y que el Antes de terminar no debemios de 1922 un incendio que con niegan en absoluto la demanda impuesto que establece dehacerlo sin hacer patente un sumió la candelería o fábrica y sus fundamentos.
ducir de las pólizas de los ase.
vivo aplauso a la Municipali de velas llamada La Polar, si Las tres partes interesadas gurados, no es un impuesto de dad, que ha sostenido y sos ta por el lado del Cementerio en el asunto, de comun acuter beneficencia pública, tal como De venta solamente tiene la tesis del pobre y del de esta ciudad, perteneciente do convienen entre otras esti lo considera la parte demanda.
desamparado. Con su actitud, así como el edificio en que la pulaciones en que se tenga da, sino simplemente una de enfrentándose a las resoluciofábrica se hallaba, el citado desde luego por establecida y ducción hecha a los aseguranes adversas del Ministerio de señor Garcia, aseguradas según contestada negativamente la dos para indemnizar a los per Gobernación, ha sacado avante ajuste practicado por demanda; en que por ser de judicados de los perjuicios ocalos intereses de los muchos, 973. 12. 1, en póliza de 17 puro derecho, se proceda sin sionados con el incendio.
TELEFONO 198 APARTADO 614 los pobres, los desamparados, de junio de 1922 por la Royal citación de partes, ni otro trá Por las razones expuestas frente a los que cobran fuertes Insurance Co. y por. mite a pronunciar el fallo. estima el Juzgado que la acseguros, cerrando los ojos. 213. 11, en póliza de 20 de ción establecida debe ser dejulio de 1922 en la Provincial CONSIDERANDO: clarada procedente.
Insuranse Co. el Juez de la POR TANTO: y de con Juzgado Primero de lo Concausa previno a los represenlos tencioso Administrativo de la El artículo 43 de la ley de formidad con articulos tantes de ambas compañías, las República, San José a 1ODURO de HIERRO INALTERABLE de octubre de 1922 dispone 87 y 93 del Código de Procequince del veinticinco de marretuviesen el pago del impues que toda compañía asegura dimientos Civiles, declarase zo de mil novecientos veintito de diez por ciento de esos dora al pagar al asegurado el procedente la demanda establevalores.
producto liquido de la póliza, cida, y en consecuencia que la está en la obligación de rete sucesión demandada está en el JARABE En la presente demanda orLa Sucesión García no se dinaria establecida por el señor ner el diez por ciento sobre deber de pagar el impuesto de conformó con la orden judicial Tomás Gamboa. tal producto con destino al diez por ciento de las somas y acudió al Municipio al cual respectivo Municipio para for que hubiere cobrado o sobrase pidió declarara que, por traJudicial la Municipalidad mar con él un fondo destina en razón de los seguros a que BLANCARD, 64, Rue de La Rochefoucauld de este Cantón, contra el Estarse de un siniestro que debía do, por su orden, a. la demanda se contrae.
PARIS regirse por contratos anterio a indemnizar las pérdidas sutado, representado por el señor Resuelto sin especial conderes a la emisión de la Ley APR ON DE LA ACADEMIA DE MEDICINA DE PARIS Promotor Fiscal de la Repúblifridas por los vecinos no ase natoria en costas, de de octubre de 1922, no ca, y la sucesión de Cesáreo le afectaba el impuesto. La gurados, Fundado en tal disposición BARRANTES Municipalidad rechazó el cur el Municipio de este cautón AMADEO JOHANING so, pero el Ministerio de Godemanda para que se declare bernación ante quien fue en que el acuerdo del Poder Ejealzada la resolución del MuniA dos regidores cutivo número 21 de 23 de cipio decidió por acuerdo nú. mayo de 1923, que revocó la Traida a la vista la instanmero 21 de 23 de mayo de resolución municipal que orde1923, que la ley no era aplicia presentada por el señor nó hacer la respectiva retención, Rafael González Ocampo para Gran realización de casimires cable al caso de la Sucesión es contrario al espiritu y letra García, por ser anterior. La de la ley de de octubre de don Nicanor Zamora Zamora que se declare que los señores La Industria Francesa queriendo siempre mejorar sus existencias ha Municipalidad en el deseo de 1922 y que lo mismo la sucey don Julio Umafia Bolaños estudiado, cada día, el gusto del público para todas las clases de mercaderías y proteger a terceros que resul. sión Garcia está en el deber especialmente en lo que se refiere a casimires, para así surtirse de las clases tarian perjudicados con el cri.
han perdido su calidad de re.
de pagar el impuesto del diez gidores municipales que más aceptación tienen.
terio oficial, y a fin de tener por ciento a las sumas que Esa experiencia nos ha hecho cambiar completamente el estilo de casi.
un fallo judicial en que ampacantón de Santo Domingo de hubiesen cobrado o que se les Heredia el presidente Consti.
mires que hemos tenido hasta la fecha y acabamos de recibir estilos nuevos, rarse, sea para insistir en el deben según las pólizas corres.
tanto para las Cartas de Crédito Simples vestidos a 90 00, 10000. 120. 00, cobro del impuesto sobre pó. pondientes: tucional de la República, de 140 00, 160. 00 y 175. 00 en abonos semanales, quincenales o mensualeslizas de fecha anterior a la conformidad con lo dispueste que para las Cartas de Crédito en Serie abonos semanales de. 175, 200, de la ley, cuando el siniestro Sirve de fundamento en los artículos 8º. y lo de la la 75 y 50.
haya acontecido después sea resolución del Poder Ejecutivo ley de de noviembre de 1909, La llegada de nuevos casimires y nuestro deseo de tener siempre noveda. para no proceder al pago del la consideración de que de.
Resuelve: des, nos hace liquidar toda nuestra existencia a precios hasta hoy nunca diez por ciento, me ha dado biéndose retrotraer el contrato vistos porque hemos pagado dicha existencia al tipo más bajo de cambio a que orden para someter la cuestión que en este caso se cumplió llegaron los francos Declarar separados de sus a los Tribunales. Juzga mi re por ambas partes contratantes cargos de municipes a los presentada que la Ley de con el acontecimiento del in fiores Nicanor Zamora y Julio 75. 00 por Francos 500. 00 de octubre de 1922, como de cendio a la fecha en que fue Umania Bolafios, al primero de carácter tributario, es de orden practicado el contrato de segu.
La liquidación durará dos semanas: del 31 de marzo público y debe aplicarse a todo ro referido, es claro que conlos cuales reemplazará el res.
al 12 de abril siniestro anterior. y que ha forme a derecho y co buena pectivo suplente en el orden biendo el artículo 74 dejado a lógica, debe estarse en un de nombramiento.
to.
Para favorecer a nuestros clientes de los Clubs o Cartas de Crédito los seguros anteriores un pla do en cuanto a el a las dispo. Publiquese. Acosta con quienes siempre hemos sido deferentes, adelantaremos para ellos, y exclusi. zo de noventa días para cumsiciones de la ley existente en vamente para ellos, la venta en dos días, es decir, quien es o haya sido socio plir con las prescripciones aquella época, ya que lo con El Secretario de Estado en.
de un Club o cliente con Carta de Crédito, podrá comprar desde el Viernes nuevas sin que en ese artículo trario equivaldria en realidad a cargado del Despacho de Go28 de marzo.
se hiciera excepción alguna dar efecto retroactivo a la ley bernación. Aquiles Acosta, Las ventas serán al contado a los precios siguientes: en favor de pólizas existentes de de octubre citada, modi.
al promulgarse la ley, eviden ficando en esencia un contrato Cortes de casimir de 45. 00 a 26. 00 temente quiso el legislador que ya tenia fuerza de ley en.
TACK HING LUNG y 60. 00 a 34. 00 con su facultad constitucional tre las partes contratantes y GIL CONG de imponer contribuciones (ar que no podia aprovechar a terIMPORTADORES. Puntarenas tículo 73 inciso 13. y 14. 9) ceros según la doctrina del CLORO ANEMIA PILDORAS ESCRÓFULAS, DEBILIDADES cuatro.
COLORES PÅLIDOS BLANCARD LINFATISMO, RAQUITISMO prácter de Apoderado Concea UNA GANGA PARA SEMANA SANTA por el a se.
10 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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