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Campo pagado Conflicto colectivo económico social Trabajadoras de Comedores Escolares Ministerio de Educación Pública Señora Ministra de Educación Pública Lcda. María Eugenia Dengo Su despacho SUU Las suscritas trabajadoras de comedores escolares, designadas por nuestras compañeras como delegadas con poder suficiente para concertar cualquier arreglo, de conformidad con las disposiciones del artículo 500, siguientes y concordantes del Código de Trabajo, venimos por este medio a promover ante Ud. un conflicto colectivo de carácter económico social, por las razones que seguidamente exponemos y en los términos del siguiente: Las razones que el Ministerio y la Di Asignaciones Familiares no han caído rección de Asignaciones Familiares han en la cuenta de que el peor de los errodado para tratar de justificar una meres sería la suspensión del programa dida de tanta trascendencia, nos pare aunque fuera por breve tiempo.
cen francamente inatendibles y desde Llevados por la misma obsesión, el luego insuficientes para lograr la justiMinisterio de Educación Pública y la ficación que se pretende, porque se re Dirección de Asignaciones Familiares, ducen a formular críticas en cuanto a la no han reparado en que la suspensión la forma en que han venido funcionando del programa, prescindiendo para ello los comedores escolares, y a afirmar de nuestros servicios sin detenerse a a que se han descubierto deficiencias, considerar los derechos que tenemos u errores e irregularidades en la opera adquiridos y sin hacerle frente a las resción de los mismos. No hay, en todos ponsabilidades laborales corresponlos razonamientos que se han hecho, dientes, implica la violación de tales ninguna crítica de fondo al programa principios, que no es posible concebir de los comedores escolares.
en un pais civilizado. Así las cosas, consideramos que sus En efecto, se da la orden de despepender totalmente un servicio para la dirnos, o mejor dicho, de dejarnos cecomunidad y para los principales bene santes sin llenar ninguna formalidad; ficiarios que son los niños, solamente sin disponer lo referente al pago de las porque en algunas partes se han come prestaciones a que tendríamos derecho; tido errores y abusos, es una medida sin considerar que muchas de nosotras, contraproducente e ilógica que haría tenemos hasta doce años de servicios pagar a las comunidades las deficiencollsecutivos; sin preocuparse de los cias de algunos funcionarios. Francagraves perjuicios que con tal cesantia se mente, pensamos que este sería un nos ocasionan; sin disponer lo que error mucho más grave que todos los corresponde al pago puntual de nuesque se han cometido en la realización tros salarios, habiendo más de seteciende los programas de comedores escola tas de nosotras a quienes se adeudan res, porque en vez de corregir las defi hasta seis meses de trabajo, y lo que es ciencias existentes, suprime o suspen ya el colmo, sin disponer lo que legal y de, al menos por largo tiempo, un humanamente nos corresponde, como programa de positivo beneficio popu es el pago del aguinaldo.
lar. Creemos no equivocarnos al afir Se nos ha tratado realmente como a mar, que para reorganizar el programa de comedores escolares y superar las deficiencias descubiertas en su operaPero con tal conducta, el Ministerio ción, no es necesario suspender su funde Educación Pública y la Dirección de cionamiento sino únicamente, estableAsignaciones Familiares, que es la emcer un buen sistema de control y vigiiancia. Tampoco es necesario suspenpeñada en la reorganización que hemos expuesto en los comedores escolares, der el servicio si lo que se quiere es darle a las comunidades participación dan algunos alimentos o dineros, están para impedir según dicen, que se pieren el manejo de tales comedores, pues propiciando que se pierdan valores y la reorganización que ello implica se principios mucho más importantes y logrará más fácilmente manteniendo trascendentales, como son los conabiertos los comedores y no quitándolos. Las mismas trabajadoras podrí sagrados por nuestra Constitución Política que dice: amos colaborar en conseguir más rápidamente esta reorganización. Artículo 56. El trabajo es un derecho Obsesionados por la idea de superar del individuo y una obligación con la errores, el Ministerio y la Dirección de sociedad. El Estado debe procurar que NUEVO PUEBLO cosas.
Emilce Ramírez Monge PLIEGO DE PETICIONES Las razones del Conflicto.
El Ministerio de Educación Pública ha manifestado por diversos medios su determinación de prescindir de los servicios de las trabajadoras de comedores escolares y tal decisión se ha hecho pública y en algunos casos se dice que la responsabilidad es de una entidad y en otros de otra, pero en ningún momento se han seguido los requisitos que la ley especifica para que el despido sea formal.
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    Código de Trabajo
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