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Página seis.
EL IMPARCIAL Jueves, de Octubre de 1914, de quienes los ajustan, son matérias mos, contra el intento de cestón de Los La demanda de Costa Rica ante la Corte de Justicia Centroamericana miento are on como que erito la cuidadoso, el canos, el el jocio materia ta Rica cosa Dentro de ese jurídico recho. che te ha ley que EXPORTADORES ΑΙ ZAA prueba que Jure y de de dudas Depósito de Maderas la Alta vez enajenadas o limitadas por Trata cesa, en 1800, por eso también la Pru.
dos anteriores, no pueden recuperarse sia no acepto y anulo, en 1867, la cesión en plezo, sin la disolución expresa y de Luxemburgo a Francia, y los Esta dos Unidos siempre vigilaron con ánimy Espa: Haciendo uso de las facultades que Al Doctor Manuel Castro Ramírez el propósito manifestado por ese fun previa del compromiso anterior. si es verdad que los Tratados en celoso las tentativas que hiciera la Convención de Washington le confieclonario de no aceptar el fallo de la re, la Corte de Justica CentroamericaCorte, st llega a ser contrario a los in que se estipula una cesión territorial ha de ceder a Cuba a Inglaterra cualquiera para el establecimiento de otro puder europeo. Si esto se hubiers na dicto letó las ordenanzas de proceditereses de Niearagua.
su proplo reglamento interno. arructuoi bien desestimarla, emicen en forma tan amplia y eficiente la poner a enajenar las cosas u olujetos per de consideraciones jurídicas ge la Jamás ante un tribunal internacio una base naval o la perforaclón de un verificado, es indudable que Estado Coha, como amenazante para su se Al emitir esas leyes, la nal ha llegado un asunto en que la canal, por ejemplo no tienen Inter de dnjo los principios más avanzados del la Cortenerales que huelgan. La cultura del troamericano, por medio de la Corte, Identicos preceptos informan, sobre es justicia brille de manera tan decisiva nada de contrario al Derecho Perse Unidos habrían hecho efieaz la eeston del Tribunal llegó a punto de tomar a lo quien debe sancionarlo y protegerlo.
Derecho Procesal te punto, las disposictones de la ley cien el Derec Con tales antecedentes, la Corte a perjudica en algún ocesai establecido en procedimiento arbitral que o el Tribunal en auto acordado de 31 gocios que caen dentro de la esfera del de que las reglas de serlo la añagaza. Es indudable dice De todos los asuntos, materias one vil nicaragüense. nadie puede dudar como este, en que todo está definido, nacional: es indudable que, cuando esat guridad.
Des claro y terminante. Hace un estudio cesión territorial ben entablar los Estados centroame de a costo es indudable que en dicho es Derecho Internacional, ninguno, ningu recho Civil son supletorios y aplica del Tratado Cañas Jerez, muy detenido anodo los derechos de un tercer Estado, Justicia Centroamericana no hará más principios del De del oral y pdblico, la Alta Parte demanda presenta no, está fuera de la jurisdieelóa de nue bies a los casos de Derecho Internacio ambas Republicas a raíz de la guerra perjudicado; por existir, en ese caso, Internacionales vigentes, al declarar el cual fue suserito por se vuelve nugatoria para el Estado que aplicar las doctrinas y prácticas constituye la forma más progresiva en de procedimiento judicial.
argumentos encaminados a a debatir las tra Corte. Todo desacuerdo a dificultad. mal. Ningún Estado puede negar en ale 56. cuando aun estaba fresca la in como dice Pradler Fodere, un obs que Nicaragua no pudo celebrar, por los mentales de sus Ordetianzas de Proce mas, si así no fuera, el hecho de opo el Tratado General; todas las controclón virtual de las normas que él mis no tenían otro deseo que el de asegu nal que la invalida. ya que los Estados Bryan Chamorro, y que las estipulacio Aplicando pues, os principios funda alegaciones de la Alta Parte Actora: de cualquier naturaleza que sea, dice su relaelones Internacionales la aplica waston filibustera, etando ambos pafsestáculo grave de naturaleza internacio falta de capacidad jurídica, el Tratado dinlehto, al juleto establecido por Cos. nerse por aquella, como excepción pe vorsias cuestiones, nes de este pacto son inaplicables de mo ha establecido, proclamado y reco, rar su integrblad. El derecho de Costa extranjeros pueden ser afectados de que to rentoria la incompetencia y total falta cualquier naturaleza que sean, contra Nicaragua re nocido en sus leyes positivas.
Rica, dice, resalta de una manera no sus intereses o amenazados en su se invalidas, por euanto entrañan una ce dos tienen ya conocimiento, la Corte ha de jurisdicción de la Corte como únicn pite la Convención ¿Puede haber una Por ese ejemplo se ve la amplitud table: y quien dispone de to ajeno sin guridad, por cestones territoriales que sión territorial que lesiona profunda. hatramitado la demanda costarricense en que en la sentencia de término ormula más amplia en materia de que tiene la jurisdicción de la Corte en consentimiento de su dueño, comete un numenten las fuerzas o los mediosmente los derechos de terceros, es decir, la forma de de un Juleto oral ya de. ado arbitraje obligatorio? Que no confort solverse pone tin al traslado no existe has conexión con los principios generales acto cuadro SALVADOR RODRIGUEZ la Cor conferido y determina la necesidad de ta hoy en toda la liter la literatura del Cita luego numerosos ejemplos conquistadoras, según agrega el citado San Salvador, Sepbre. 23 de 1918, o que resolver, con criterio decretar el estado en que el juicio se encho Internacional Positivo el Dere del Derecho Internacional, como anica que reprueban la moral y el de de ataque de naciones ambiciosas o de El Salvador y Costa Rica.
imparcial y elevado Por esto fue, dice que Inglaterra y y profunda doe. cuentra. Si bien la Corte, en auto de 10 pen, ni la forma, nl in materia, ni el verslas ce sujetarse en las contro de tratados que han eafdo por falta de Internacioanlista Pradler Fodéré.
eli versias o cuestiones sub judice.
base moral. Hace la (Dela Prensa de El Salvador)
trina científica, tópicos jurídicos de de agosto, estimó conveniente recordar caracter de los elementos jurídicos, ni ¿Cuál sería entonces, el dntco caso de enajenación de la Bahía de Fonseca Estados Unidos interpusieron recla.
mucha trascendencia, que involucran a la Alta Parte demandada para el su indole o naturaleza; nala puede in excepción a esa lata jurisdicción de la también intentada por Nicaragua y de wow how to use altas cuestiones de Derecho Internaclo caso de que evacuare el traslado a fluir para que un desacuerdo, aut Corte? No existe otro sino aquel en que, duce consecuencias del valor moral de nal en combinación con los principios obligación en que está de señalar per. cultad, cuestión o controversia, que sur por convenio mutuo, dos o más Esta semejante intento.
o del derecho civil substantivo y procesomu u oficina domiciliada en esta casa entre dos o más Estados centroameri dos centroamericanos substrajeran de Dice que es inválida la declaración sal.
pital (San José) destinada a recibir canos, se considere como excluído de conocimiento y decisión del Alto Tribu del Gobierno de Nicaragua en orden Todos los juristas centroamericanos notificaciones, tal advertencia no fue la competencia de la Corte nal, algin desacuerd. dificultad, cues.
que no hay daño efectivo para Costa debemos tener pues, marcado interes necesaria, desde que la ord la Ordenanza de Si lo stratados o Convenios pertinen tion o tlón o controversia.
científico y patriotleo. en Rica, porque en el Tratado Bryanel Procedimientos impone a las Partes que tes al asunto en disputa no fueren conocer el de En virtud de tales precedentes, se ve Chamorro solo se trata de una opelon desenvolvimiento de las estacones de litigan la obligación de hacerlo el actor suficientes a fijar la competencia del A1 cuán balfa y vacua de sentido y alcan a unar uta canalerast lo hay, agrega. Por orden del Gobierno de Su Majestad Británica, todo artículo ad en de.
juicio arbitral, suigeneris, que, con ad primer eserito, e impone la nerales de los principios gece juridleos resulta la pretensión in por cuanto Nicaragua se ha desprendimtración del mundo e entficos o polſtico do en su pron exportado para el Reino Unido, Australia, Nueva Zelandia, La Unión Francea nerales del Derecho Internacional, pa solita del Gobierno lerno actual de Nicaragua, do de est de Africa del Sur, Terranova, las Colonias de la Corona, los Proteepues hasta hoy la humanidad 110 cono debida sane ón a la inobservancia del resolver por ellos el punto de la al rechazar la competencia de la Corte, ruta por 39 años renovables. ei cia un procedimiento más avanzado se precepto: por lo cual y por haber eva competencia. Abora bien, estos princi oponiendole une fa de non recevoir, jennción completa. y de allt la lo cual, más que una opción, es una enttorados Británicos y la India, tiene que ir acompañado de un CERdesenvuelve ante la Corte, cada vez cuado el traslado la Alta Parte deman plos enseñan que, cuando en la cláusu una excepción de inadmisibilidad ab ción viene ya Inevitable y definitiva, si TIFICADO DE INTERES. en que consta la propiedad del artículo que un Estado centroamericano empla dada sin cumplir la obligación dicha, es la compromisoria que instituye el Tri soluta y perentoria. El solo hecho, como exportedo, sea bajo documentos de embarque, por serv. eio de Paque110 se logra anular el Tratado Chamollegado el caso de hacer efectiva la Dunal a otro ante aquel Arcópago.
tes Postales, o por cualquier otra vía de despacho.
Incoada la demanda de Costa Rica sanción de ley. Ni en el libelo de desohuete la cuestión a su cono la Corte habilmente lo establece derro Bryani. Dos siglos de opelón, es de cimento, no se ha exceptuado algum reconocer el Gobierno demandado la Para artículos exportados por vía de Limón, los Certificados ante la Corte, este Alto Tribunal des mala en la contestación existen panto, aspecto o elemento de la contro jurisdicción de la Corte para declaracir, dos veces la vida de Slearagua y de en Centro América.
serán extendidos por el Cónsul Británico en aquel Puerto.
pués de fijar la situación en que han hechos circunstancias que las Altas versla: por compleja que ésta sea, por difinitiva la incompetencia y total falAl estudiar el sentido y alcance de debido permanecer las Partes conten Partes hayan espuesto o alegado, que mutiguo que origen sea, por obscuros ta de jurisdicción de la Corte como úni demande este pris Para artículos exportados por vía de Puntarenas, por servicio de dientes (Costa Rica y Nicaragna) a fin in determinen la necesidad o potestad de una la demanda costarricense, formula de dudosos que sus elementos sean, por ca cosa que en la sentenela de término claracione mino claraciones de alto vnelo, poniendo en Paquetes Postales y por otras vías de comunicación, los Certificados de no agravar el mal y de que las cosas la Corte para decretar ninguna serán extendidos por el Cónsul Británico en San José.
se conserven en el mismo estado, Ilene ocio, conforme al Art. 69 de la Pe o complicada que sea su natu haya de resolverse está probando evidencia el propósito de Costa Rica de al Art. 68 de la raleza: la cuestión o controversia en que la Corte es competente para cono defender la soberanía de Centro Ametras no se pronuncie el fallo detin tivo ord, de Procd. En consecuencia de los pre cae bajo la jurisdicción y competencer y decidir de la cuestión sub judice; rica, al defenderse a si misma.
Esta orden entra en vigor desde el día 1o. de octubre de hechos y consideraciones confirlo, en el mismo auto factors. la Corte, acuerda. resolver y resuelve: según los pactos vigentes, para este ner a priori la resolución que el juez bun de la capacidad de Nicaragua para a.
preceden, da de 1916.
Ha de la Alta Corte Centroamericana. puesto que ninguna parte puede impo Los mismos Estados Unidos dudaJure y. Indo, al Gobierno stemandado por el ter. 1o. Tegase por eracundo el traslado Tribunal toto asunto en que discrepen debe dictar, conservando este stempre negociar y por eso pusieron la cláusuto.
inim de sementa, ales para que contesto que para contestar la demanda instan dos o más Estados centroamericanos. a autonomia de criterio para decidir a en que se declara que en el espíriC usu: Amen ananananananana la demanda de la Alta Parte Actora. rada por el Gobierno de Costa Rica se debe judiceen el sentido y justo iu del de daconfirio al de in La respuesta del Gobierno nicaraclense, fue introducida al Tribunal el searagua, estinguido el nuevo 20. Declarase los Estados interesados no waeden lle el asunto, según las normas que deter for los intereses de otros países de Cen5 de agosto: fuera del termino de ses e para el efecto Indicado en lalin areglo por las vías diploma minan su propia jurisdiccón y com tro América. ello equivale velntera vieas.
petencia.
una de Así, ni razone personae, nl razone claración por anticipado de que tenía evachar el resolnc o precedente se concedió en ausenta días conferido parto de 16 de agosto. 3o. Torase por matcriae, ni razone loci. puede limitar de non recéroir, que pretende Nicas acerca de si se dañaban o no inEl Imposible moral que envuelve ele Isi Canelleria nicaragilenze era ex. renunciadas tacitamente tereses de Costa Rica y de otros países.
por la la competencia de la Corte, según los ragua, es tan monstruoso, que ella mistemporánen probablemente alrede Parte demandada las notificaciones que estos que la nijan. Tampoco pople li ma ha enfdo en sus propias redes. Ese grega. Pues nosotros no lo dudamoss Americano cayó sin embargo, dentro del nuevo pla ocurran y por efectivamente hechas imitarse esa competencia en razón de la absurdo consiste en decir: no reconozco tenemos la evidencia de que se nos ha El único depósito de maderas secas en el pais. El único que garanzo de vente dfas que el Tribunal, de na vez transcurridns cuarentlocho horsene a formal o substantiva de los he. Ia jurisdicción de la Corte y, por tan perjudicado y pedimos que así lo de tiza cortar maderas en buen tiempo. El único que tiene oficto. había legutmente concedido paras después de dictados los proveidos. Hos o del derecho a aplicar en caduto, no me someto a su fulto, el cual clare la corte.
maderas de la zona de Tarrazú.
ra el 40. Declarase el juleto en estado de seu contraversia. Cuanto a los hechos elin o he de obedecer.
La respuesta de Nicaragua es por tenein. 50. Sena lase la audiencia del un grau Compro bronce, cobre, zinc y tercerillas. Compro bueyes acostunr Explica el gran perigro de absorción un gran jurado de conciencia, pues Segin teemos en la prensa de Costa que significa conceder a los Estados brados a trabajar en la montaña.
demas, singular y anómala, e involuera lunes once de septiembre, a las dos de los juzga, aprecia o deseshwa Rica, la aud enen pablica que la Cor. Unidos una faja de territorio centroel propósito de violar la Convención y la tarde, Vrado terneras próximas a parir. Vendo canarios Roller, hembras e, para oír los alegatos de lus Alte apreciae om, es det, og 136, en el auto de de agosto, para americano. la voz de El Salvador y Cos machos.
de echar por tierra In existencia de la tas Partes.
bere eriterio y albero. Cuanto al de el lunes del actual septiembre, fue ta Rica es la voz de pueblos que desenn VENDO GASOLINA WICOA 10. 75 COLONES LA CAJA Corte, que representa el esfuerzo más Muy baby Julelosa fue la determina recho que debe aplicar, no tiene mas una sesión por demás brillante y su¡OJO! El cacao de mi fábrica LA PRIMAVERA vendo a colones noble en materia de arbitraje interna: clivatoria kui generis del Gobie de internacional, y ya se sabe cuán inmensalvarse del peligro común y conservar ción de la Corte al no con dorar la de norma que los principios del Derecho estiva, en la vista de la causa.
cional. Felizmente, para la su 45. 00 quintal cacao corriente y el especial a celones 60. 00 Desamparado el debate oral por soberania, el conservandola también las en diselare. Sienragun, como una prepelin divato a compleja es la espera de nectón conterno sus Repúblicas hermanas.
Mi fábrica de niquelar atiende las órdenes en el depósito de madeuniversal, la la causa declarade don Adolfo Diaz, toria de Nicaragua no alcanza los efec ra, como una escepción de laulmt formal. ras de Tarrazú.
sibilidad de in denanda, es decir, como el De Uhstantiva, de los principios cree exculado por las bayonets extranfica invocación a los manes de FranTermina el llustre orador con magTebfono 512 0 RODRIGUEZ 09 Apartado 256 to disolventes que lleva en mira.
Internacional. Así, por ejeras, la audiencia oral se cisco Afirma la Cancillería de Nicaragua, une finde non rece voir.
jemplo, en la damanda de El Salva los alegatos brillantfsimos de los perMorazán y Juan Rafael Mora.
Si In Corte hubierit considerado llor, la Corte ra a aplicar, seguramen soneros de Costa Rica, en el juicio, se haciendo ver cómo deben temblar y es que la respuesta que ella di al Tribundan dolara tremecerse nal, no debe conceptuarse como una atención de Stenragua como simples, los principios del Derecho Intern fiores Licenciados don Luis Castro Nosotros, dando la razón sus restos en la tumba: neareeeeeeeeeeeeeeeeeeee contestación de la demanda. en el excepción atlatorin, encaminada so clonal Marítimo, en materia de Colfos Ureña y don José Astún Aguilar.
In razón a Costa Rica 2006001S0009. 10. 16 sentido que esta modalidad Jursaica tle retardar el curso de librando a El señor Castro reña desarrolló una extranjero. les levantaremos un altar determinando a Centro América del pellgro LOS ANIMALES FLACOS GORDOS NECESITAN SAL SCL no en el derecho procesal untvedsal, st. bría visto obligado a acción, se ha. Babtas: determ. com a aplicar, al re seea, es, por muy limpios y muy larga y Inrga y brillante alegaeton en orden a la no como una demostración manifes. rotverta, el Art. XXII de la Convene om Minjos, una verdadera bahia historier taefón Primero para conservar su gordura y evitar el carbón y segundo para engenv pretendida falta de Jurisdicción de la en nuestras conciencias.
de la falta de competencia del que le concede facultad para determinal, para propios y Así concluyó aquel debate oral en el actos del Tetbunal, para que el pueda dirimir lahir su propia competencia. Interpretan hecho de pertenecentratos: que el Corte, por tratarse Juicio que lugares donde usan el SAL SOL no hay carbón.
en propiedad y Legislativo de Nicaraguay Costa Rica ha entablado coincidio El SAL SOL cura y engorda al animal baco, garrapatoso, amorrifado cuestión pendiente 75 que orinan sangre, y evita el territ le mal del carbón, porque los refresca y do los tratados y convenciones pertinen posesión, a los tres Estados ribereños, en muchos aspectos con la opinión que Chamorro Bryan.
contra las usurpaciones del Tratado hace afos en Costa Rica.
Republicas de Centro America. Se o al Mas al asumir semejante bente. Por razonitud de jurisdicción y competencia de Quten lesere estas palabras: Las tes al asunto en disputa y aplicando lo constituye en Da dejamos asentada en orden a la plentdel BOTICA LA ESTRELLA derecho internacio ra ellos; Quedo en la discusión oral estable 325 varns al Sur de la Botica Francesa. Fabricante, ADOLFO DE LEMOS.
bligan a resolver todo desacuerdo nal el punto incontrovertible de la DOCHO 3900seccoee. 900 0000 0000000DUODO.
post de los estrechos vínculos que esa comuMeultad que pueda sobrevenir entre e hecho hubiera puesto en tela de jutelo tados puede enajenar o gravar con la Corte respecto a Estados Unidos, negociar: por cuanto para hacerlo, hubo clón el Alto Tribunal, por el mismmo nidad establece, ninguno de los tres Esjurisdicción y competencia de la Corte Cuanto a la falta de jurisdicción de llas, de cualquier naturaleza que sea, la incapacidad de Nicaragua para por meio de la Corte de Justicia Ceni hecho solo de poner en disputa su ju te alguna favor de extrafios. par dice el señor Castro Ureña, que no hay menester del minister! o, autorización o su competencia sobre el asunto, el servidumbres a favor 0000 0000 0002020 40000 00:00 troamericana.
cana. Art. del tratado de risdicción razone materiae, habría fal que, el Estado que tal cosa hiciera als hay que suponer que existe remedio. estipulado por el Tratado Cañas Jerez.
de nuestro hermoso Golfo. y antecedentes, pero de todas maneras consentimiento de Costa Rica, segin lo nernt de Paz y Amistad. quien tenga sendo su situación desde el principio y ladamente, verificarſa un acto nulo, por ra ciertas situaciones como la presente.
JARDINERIA LA GUIRNALDA presente este otro concepto Las Altas habría dado al Gobierno de Nicaragua razón de su incapacidad absoluta paras que, aun cuando la Corte no tiene la demanda de Costa Rica, procede de partes convienen por la presente ConAl resolver la Corte los extremos, de DI ALFREDO BRADE vención en constituir y sostener un Tri la ocasión, que buscaba, de minar, a decutarlo, pues necesitando, como ne jurisdicción en asuntos de Estados clarar que Nicaragua era persona. Gran surtido de plantas y flores. Trabajos artístico bunal tener mon initio, la competencia y el derecho de cesitaria, del minèterio o autorización nidos, si la tiene para juzgar a Nica capaz para ajustar el paeto canalero, pernafiante que se denominara y variados. Corte de Justicia Centroamericana. a la Corte para conocer y fallar en la de los otros dos, la falta de ese con ragua y para declarar que no pudo cea la cual se comprometen a someter to demanda. No podían los ilustres Juris. sentimento colectivo incapacita al Es obar el Tratado canalero con los Esta consentimiento de Costa Rica y, por lo por falta del concurso necesario del TELEFONO No. 637.
das las controversias o cuestiones que o cluestiones que tas centroamericanos asumir así una tado que por sí solo dispone de la cosa dos Unidos.
entre ellas puedan sobreven r, de cual posición tan desventajosa para el Tri común y proindivisa. no se diga, cotanto, 30 08000 11606000 CD 1000 quier naturaleza que sean y cualquiera banal, comprometiendo la valldez y md al principio alegaba Nicaragua, que dice el orador no busen dinero, no lo Costa Rica no duda de sus derechos feitoslo que Nicaragua sola pactó es y debe declararse la invalidez de que se van agentes cotableren puo arbitral. al sentar un precedente tan rano, podfa disponer ad abitum de las zos se dirigen a tratar de que no sea claratoria de invalidez y nulidade de que Jas suerte posteriores del proced mientos por ser Estado independiente y sobe busca grangerías, sino que sus esfuer pactado.
Cancillerías No debe ser obstáculo para esta de Mido llegar a un avenimiento. Art de peligroso. Esa piége queds, pues, des aguas del Golfo, en la parte adyacente desmembrado el territorio de Centro hecho de que la Corte no tenga juris.
La Villa de Paris la Convención establece la Corte e vaneelda y desenredada con la resolu a sus propias costas: porque esas a América, ni tenga ple en él, en condi dicción respecto de los Estados Uni Quien quiera que leyere tales estipulación interlocutoria de la Corte, que ya clones, que no Avenida Central. Junto al Hotel Central que no dejani ninguna cuestión et dejo transcrita.
zuns, no son pivativamente surastraña. Costa Rica no se opone al Caciones de soberanía, una potencia ex dos.
fuera de la El establecimiento más bien montado y mejor surtido.
así, la jurisdicción y la soberanía que Es ya un canon del Derecho InternaFue más hábil y Juicioso, como lo en ellas ejerce, son concurrentes. como nal. pero si discute las condiciones cional, que no son obligatorios los Tracompetencia de la Corte, no podra menos que maravillarse de Wzo, el considerar el rechazo perento las llaman los tratadistas, y en virtud quiere que estas no sean nunca com tados cuya ejecución es físlen o moral Compra, venta y comisión de Muebles y otros objetos nueque un Gobierno faltando a su propia rio de Nicaragua a entrar en el juicto de ese caracter de soberanias concu prometedoras para la integridad del mente imposible. y la mayor parte de vos y de segunda mano. Precios baratísimos.
seriedad, decline en forma tan enter a que se le emplazaba, como una ercep. rrentes, es menester el consentimiento tot Istmo Centroamericano.
los publicistas están acordes en declarar banal instituído por una Convención risdicción, lo cual está más conforme el Golfo. Por consiguiente, tanto el dere tra Aguilar estuvo magnífico, como plimiento de un Tratado, cuando la e de un de ju todos los a las ejereltan en El prominente intelectual José As que hay imposib lidad moral en el eum. ROC vigente para el el. La insólita pretensión con la interpretación jurídica que me cho civil salvadoreño y el nicaragtien stempre, en su peroración, efusiva y di Jocución de lo pactado ha de lesionar 308000 del Gobierno nicaragilense queda fue for cuadra al inco sentido y alcance le se, como el derecho internacional gene cha casi de improviso, que tan solo cua los derechos de tercero. Así lo enseñan ra de toda discusión por lo temerario zales que pudiera darse a la insólita ral, incapacitan a los Estados comu tro afas antes fue nombrado también Kluber, Martens, Pradier Fodéré y Caldel intento un individno a quien alegación del Gobierno de don Adolto neros para disponer aisladamente de la personero de Costa Rica.
Al Depósito de Materiales de Jaime Carranza, contiguo a la Lo se demanda ante el Juez, una suma Dam cosa común, en la forma que lo ha hevo. en este sentido, desde Vattel para cheria de don Alberto González Soto, han llegado últimamente las por el debida, pudiera sustraerse al pa Esa firme postelón, asumida por el cho Nicaragua. Tales han de ser los e. hela que Centro América consreve su in soberano que está ligado por TrataSe declara unionista convencido y an acá, ha quedado establecido, que go con el insólito pretexto de negar alto Tribunak es no solo esencialmente fectos que la Corte debe reconocer at tegridad, para llegar algún día un siguientes mercaderias: Felpudos de diversas elases y tamaños, Petites en estilos varla a todos los Jurees competencia para patriotica, por cuanto de ese modo que rinculum juris de la comunidad de nues zar el suelo dorado de la unión de to sean contrarios al primero, pues las real do do anterior, no puede celebrar otros que dos, Persianas, Loza y cristaleria barata, Utensilios da cocina, Lico condenarlo a pazar a su nereetlor, lada en salvo la virtualidad misma de la tre e la ley civil salvadoreña niega toda una gran Patria unida y soberana. Compromiso, ya no están a su disposi.
Golfo de Fonseca.
justicia y la evilización desaparecieran Institución y la existencia a la Corte, dos los cinco cetros en uno solo de sas sobre las cuales contrae el nuevo leum para pisos, Cera para limpiar pisos, Muebles y Automóviles, del mundo y la humanidad volviera al cuya vida y actuación no pueden de expresamente a los herederos el dere Porque Polvos y Jabones para el uso doméstico, Papel Glacier transparente estado primitivo.
para vidrios, Canastas, Bombillas de luz eléctrica importadas de Nopender de las añaganzas de cualquier 11 cho de disponer o enajenar las cosas e hirlentes de la respuesta del Ministro decirse también de la capacidad jurídiComenta luego los términos agresivos ción. lo que se dice de las cosa cosas, debe ruega, les más durables, Papel de Toilette, Art culos para Baño, Sur Ante tam temeraria añagaza, la Corte, tigante poco escrupuloso del respeto de objetos pertenecientes a la herencia de Relaciones Exteriots de Nicaragua ca de los Estados contratantes. Ni el tido siempre variado de Papel tapiz, Alain para limpiar melalu que debió haber rechazado de plano tal los pactos de Washington que estable is divisa, y a los comuneros el de dis y critica en los términos más enérgicos objeto de los Tratados ni la capacidad Botellas THERMOS, Jabón CX para lavar meda y lana. 0000 0009 el mismo fin.
arbitraje que se oral se redujo a ofr.
que el de el de Fon títulos de Poder dario y darles buena salud.
Los y cura la sangre dándoles fueras y los jurídicas al diomu la Corte.
cido el que de ricas LAS SENORAS a 000. 000 40000 INOCENTE JEREZ AMONTILLADO es En las convalescencias: Sustituyo con ventaja al Champagne mag delicado. VALDESPINO Hno.
JEREZ DE LA FRONTERA Cosecheros de vinos y coxñacs.
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