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Año: América Central. República de Costa Rica.
Núm, 116.
Diario de Costa Rica Luján y Nata, AGENTES GENERALES DE ANUNCIOS.
Joaquín Calvo, EDITOR PROPIETARIO.
Frane Zamora, REDACTON.
Ricardo Villafranca, AGENTE EN SAN FRANCISCO CAL.
1450 ANUNCIOS.
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Se harán rebajas proporcionales a la importancia que tengan para la Empresa.
REMITIDOS. Sobre asuntos de interés general y escritos en forma conveniente, juicio de la Redacción, serán publicados gratis.
Publicaciones de otara naturaleza, si faeren admitidas, lo serán precios convencionales. San José, martes 26 de mayo de 1885. SUSCRICION.
Por un mes.
Por tres meses.
Por seis meses. PAGO ANTICIPADO.
Número suelto. 00. 0:00. 10 Portono prevén; male pirn de ley de Hacienda ley electoral, la CALENDARIO. Todo país se relaja cuando la ran incidentalmente a los gober palabra, un gobierno en pequeño.
MAYO DE 1885.
ley cae en desprestigio, y entrenadorés.
Idea y acción la vez.
ESTE MES TIENE 31 DIAS. nosotros se desprestigia la ley Por otra parte, no es tampoco. Algunos han creído, llevados. por el olvido que se hace de ella; muy fácil cumplir con el precep tal vez de algún mal entendido esMart. 26 Pent. Santos Felipe Ne mal para los ciudadanos, porque to de conocer la ley, porque las píritu democrático, que la insti ri confesor y Eleoterio, papa y tal vez son leyes que les confieren atribuciones de los Gobernadores tución de los gobernadores debe mártir.
o garantizan especiales derechos; no están consignadas tan sólo en ser de elección popular, opinión Miér. 27 (Tempora. El venerable Beda y San Juan, papa.
Tzan, papa, mal para los funcionarios, porque un cuerpo de disposiciones. Hay que nos parece errónea por cuansu olvido puede acarrearles res que consultar la ley electoral, la to que los gobernadores departaponsabilidades cuya extensión de Ley de Hacienda, la ley de ing mentales son y deben ser los agen. pronto no prevén; mal para el trucción primaria y otras que estes naturales del Poder Ejecu.
Poder Ejecutivo, porque se le po necesario estudiar para tener en tipo: Atribuciones del Poder Ejene en la necesidad de castigar la todo una acción franca y expedi cutivo y atribuciones de GobernaLo que deben ser los Goberámisión y mal pora el país. porta. El gobernador que no conoce la dor son homogéneas. El Ejecunadores departamentales. que la ley es el movimiento re ley, no conoce sus deberes; no coltivo es centro de acción, el goberHay en la política interior gülar que se le da los negocios nociendo sus deberes, tiene que nador es el administrador particucuestiones importantes, que me de la administración pública, subordinár su acción a la de los lar en cada circunscripción;el Gorecen la atención preferente de todo movimiento sin ley es una empleados de sua oficina, y la ac bernador es parte integrante del la administración pública, y perturbación. Así es que lo que ción gubernativa será vacilante, Poder Ejecutivo, cuyas resoluciouna de tantas es la relativa los ante todo encarecemos los go insegura, meticulosa y nada satis nes cumple y se encarga de hafuncionarios que en los departa bernadores departamentales es el factoria al pueblo. cerlas cumplir. Podereseneialmentos desempeñan el papel conocimiento de la ley. Tal vez Supongamos que el gobernador mente local y popular, es el poder de agentes del poder ejecutivo, y sé nos dirá que es una cosa bien haya llegado a adquirir el conoci municipal; sas, atribuciones son cumplen y hacen cumplir las dis sabida que la ley debe conocerse; miento completo de sus deberes; especiales; la Municipalidad es una posiciones administrativas. esto es lo que se entiende en de algo falta, y es que el gobernador personalidad civil, que adquiere En países organizados la ley recho, porque para los efectos le tenga el patriotismo suficiente bienes crija posesión, redunda en es el único medio de acción en la galės la ley se supone conocida para llenarlos; aparte es el cono beneficio de la localidad, y vive administración pública. Sabido es de todos; mas esto se ba esta cimiento de la ley, aparte es la como persona menor bajo la tute.
que con arreglo a la Constitución blecido así, porque de lo contra virtud política de aplicarla. Si la del poder público. Tiempo hay un cuerpo de ciudadanos rio, aún sabiéndola, todos alegá faltan estas condiciones indispen habrá eo que nos ocupemos del electos directamente por el pue rían ignorancia de ella para elu sables es en vano què el Ministè poder municipal, pues tenemos blo para formar la ley, y la emi dir su cumplimiento. No habla rio trabaje expidiendo circulares muchas cosas que decir relativate después de maduras reflexio mos, pues, del principio jurídico una en pos de otra. Un gober mente a su estado y mejora; por nes y de pensar detenidamente de que la ley debe ser conocida, nádor que no cumple con su de ahora solamente insistimos en esobre sus mojorcs condiciones de síño de que los gobernadores se ber es un miembro paralizado del carecer las condiciones indispensaprácticabilidad. Al discütirse pue dediquen en el hecho a conocerla cuerpo político, y do queda más bles de inteligencià y patriotismo de inpugnarse como se tenga y entenderla tenerla siempre remedio que removerlo sustitu que deben reunir los ciudadanos bién, pues los Representantes tie presentë no sólo para los casos yéndolo con otio idóneo. El pữés encargados de las gobernaciones Den garantizada especialmente la que ocurran šiño para tomat ja to de gobernador no es como el departamentales. Se puede saber libertad de hablar, pero una vez iniciativa en todos los asuntos de de magistrado judicial, un puesto la ley sin tener pattiotismo; se pueemitida y publicada la ley es de suresorte ¡Cuantos señoresgcber de consejo; entra en mucho la de tener patriotismo sin saber la fuerza obligatoria para todos, y nadores se han atenido solamente acción en las condiciones de ese ley. Ambas condiciones conduconforme a la práctica constitu a lo que ha dicho hecho el sé ſempleado. El gobernador depar cen úti resaltado nulo. Muchos cional los mismos que antes la cretario de la oficiñal y cuántos tamentál es la administración en males pueden résultar de que a inpugnaban como proyecto de tal vez bien intencionados han de pequeño; éstu dia asuntos, lošire un Gobernador departamevital le ben ser los primeros en acatarla, jado de promover el próğréső de suelve; interviene en las resolu fälte una otra cosa. Lo primero y darle prestigio su departamento porque hắn igaciones de los cuerpos municipales; que ocurre es una serie de quejas, Dada la ley debe conservarse norado cuanto han tenido que inspeccioña y mejora los caminos que se elevan sin interrupción al en la meňte su contenido para hacer! Nó és váno, puéš; el con públicos, construye obras maté. Poder Ejecutivo, acusando al Göcumplitla la letra, y si éſta es sējó, que hoy consignamos. En lá riales; cuida de la policia de las bernador de omiso:6 abasivo: Šábiuna obligación para los ciudada. mesa de la gobernación departa poblaciones, da bandos de buen do:esto por el gobernádoi, inicia nos; és mucho más imperiosa para mental debe estar mano no gobierno, preside Jos jespectáculos éste un sistema de persecución (1. los empleados encargados de halamente el Código gubernativo, públicos; visita las escuelas; per 1) Práctica también de otros empléndos.
cerla observar.
Isino todas las leyes que se refie sigue a los delicuentés;ý és en una Nota de este Diario.
to e aplicandispenpoder bio para for de madurzenidamente sino de AS Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.