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A.
MANIFIESTO LA OPINION PUBLICA La Asociación Nacional de Educadores, la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza, y el Sindicato de Educadores Costarricenses, por la alta misión que les ha sido encomendada y en defensa de los legitimos intereses de sus representados, manifiestan a los educadores y a la opinión pública del país que: en los precios de la gasolina, diesel, canfín, que inciden en los salarios en beneficio de compañías intermedias, exoneraciones que sobrepasan los mil millones de colones al año. Que el señor Ministro de Educación ha declarado públicamente, que el Estado no está en disposición de hacer efectiva la revaloración decretada, Que ya no se puede aceptar que se sigan cercenando los legítimos derechos de los educadores.
CONSIDERANDO. Que ya son endémicas las omisiones y atrasos de giros a los educadores. Que la situación caótica presentada en los pagos al magisterio nacional no tiene parangón en la historia del país. Que esta situación sume en la congoja, inestabilidad e incertidumbre al magisterio nacional, lesionando su dignidad humana y profesional. Que es de imperiosa necesidad erradicar para siempre este caos institucionalizado. Que el artículo 11 de la Ley de Salarios de la Administración Pública número 2166 establece: Salvo en casos de inopia comprobada durante más de dos años y previo estudio de otros factores que puedan causarla, la Dirección General de Servicio Civil, no efectuará revaloraciones de puestos mientras el aumento del índice de precios calculado por la Dirección General de Estadística y Censos no sobrepase el anual; en caso de que sobrepase este límite, se efectuará una revaloración total.
ACUERDAN: Suspender indefinidamente las labores en las instituciones de enseñanza de todo el país a partir de las doce horas del día de abril de 1972. Mantener esta determinación hasta obtener las garantías suficientemente satisfactorias para las soluciones de los problemas de sueldos y de revaloración de los puestos que señala la Ley de Carrera Docente. Que en acatamiento a lo que dispone el artículo antes citado, la Dirección General de Servicio Civil dictó la resolución 203 71 del 19 de noviembre de 1971 revalorizando los puestos de los servicios de la educación. Que el alza en el costo de la vida y el aumento del indice de precios, ha seguido una carrera ascendente que sobrepasa los límites normales: Protocolo de San José, Impuestos de Ventas, Reformas Tributarias, aumento Exigir al Poder Ejecutivo que envíe a la Asamblea Legislativa, en el presente período de sesiones extraordinarias, el presupuesto extraordinario que de contenido económico a la citada revaloración. Mantenerse en sesión permanente hasta la solución de finitiva de los problemas planteados. Agradecer, públicamente, las manifestaciones de solidaridad demostradas por los padres de familia, los estudiantes, las organizaciones gremiales y los medios de información, en las justas demandas de los educadores.
POR POR POR Prof. Daniel Calderón Prof. Fernando Cabrera Prof. Carlos Vargas Presidente Presidente Secretario General Prof. Victor Ml. Zapata Prof. Jorge Wing Ching Prof. José Meléndez Secretario General Secretario General Secretario Organización Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud Costa Rica
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