Guardar

14 LA REPUBLICA Viernes 80 de Mayo de 1969 Protección a industriales para competir en el área CAMPO PAGADO EL BLOQUE cación de la regla de la Ley 3314 y que estaban en el goce de los beneficios de la Ley de Protección y Desarrollo Industrial al momento de entrar en vigencia el Convenio, han conservado el derecho de optar por las disposiciones del Transitorio primero de dicho Convenio en cuanto pueden tales empresas obtener que se les otorguen beneficios iguales a los mayores que estuviesen gozando otras empresas productoras de los mismos artículos por concesiones otorgadas en cualquier otro pais centroamerica.
no pero sólo por el tiempo que falta para que termine la concesión de dichos beneficios.
PROCEDIMIENTO EN HEREDIA HOY VIERNES DE LA NOCHE TEATRO JARA Este Ministerio considera que, en protección de nuestros Indus triales y para mantenerlos en condiciones competitivas en el área, y con base en el pronunciamiento de la Procuraduría citauo, el procedimiento que debe seguir en este caso es el siguiente: El Ministro de Industria y Co mercio Lic. Manuel Jiménez de la Guardia, respondió ayer la carta que le enviara la CámaTa de Industrias de Costa Rica por conducto de su Presidente, don Carlos Manuel Zecca. cu.
yo texto dio a conocer LA REPUBLICA y que contenia la preocupación de los industriales por las disposiciones de la Ley No. 3314 de 27 de julio de 1964 y el pronunciamiento de la Procuraduria General de la República, fechado 20 de mayo en curso.
Al respecto el Ministro Jimé.
nez apuntó lo siguiente: La Ley No. 3314 de 27 de julio de 1964 autorizó al Poder Ejecutivo para renovar total o parcialmente aquellos contratos otorgados al amparo de la Ley de Protec.
ción y Desarrollo Industrial No.
2426 de de ses tiembre de 1959, cuya caducidad ocurriera antes de entrar en vigencia el Convenio Centroameicano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial. esa disposición se acogie.
ron más de 50 industrias establecidas en el país, que habrian tenido que terminar sus actividades si se les hubieran cance.
lado los incentivos o beneficios que les habían sido concedidos.
La Ley No. 3314 citada limito sin embargo la prórroga de esos contratos a la fecha o momento en que entrara en vigencia el Convenio Centroame.
ricano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial. En conse cuencia, una aplicación estric.
ta de la Ley podria significar que los contratos cuyos plazos fueron prorrogados en virtud de la Ley No. 3314, deben conSiderarse terminados al 23 de marzo de 1969, fecha en que entro en vigencia el Convenio mencionado, lo que significaria posiblemente la ruina de impor tantes empresas costarricenses, que no podrían competir con empresas similares establecidas en el área.
Por otra parte, una interpretacion de este tipo, iria, en opinión de este Despacho, en contra de los propósitos y disposiciones del Transitorio del Con venio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial.
En esta gran reunión el pueblo de Heredia rechazará las maniobras de los que pretenden ilegalizar al Bloque de Obreros, Campesinos e Intelectuales.
La legalidad del Partido del pueblo será vigorosamente reafirmada.
1) Otorgar a las empresas cuyos contratos industriales fue.
ron prorrogados al amparo de la Ley No. 3314 un plazo de sesenta dias, para comprobar ante este Despacho, en forma au.
téntica, la existencia de otras industrias similares en el área centroamericana, los incentivos de que gozan y el plazo para el cual se les ha otorgado dichos beneficios.
2) Otorgar a dichas industrias, con base en el Transitorio del Convenio, por via de equiparacion, los mismos beneficios de que gocen las empresas similaTes del area centroamericana o al menos, los beneficios de que disfrutaban de acuerdo con la Ley No. 2426, en el evento de que estas fueran menores de los que gozan las industrias cen troamericanas.
3) Autorizar a nuestros industriales para desalmacenar las materias primas, productos semi elaborados y envases, que re quieran para sus actividades me diante la rendicion de fianzas (pagares) por el monto de los derechos aduaneros que deben pagar por esa importación, durante el tiempo necesario para tramitar su solicitud y siempre y cuando disfruten de franqui.
cias aduaneras para esas importaciones, de conformidad con su contrato original LUISA GONZALEZ Candidata a la Segunda Vicepresidencia de la República.
ORINION DE SIECA ARNOLDO FERRETO Preocupado por encontrarle solución adecuada al problema descrito, solicité la colabora ción del Departamento Legal de la SIECA y la opinión de la Procuraduría General de la Re.
pública. El pronunciamiento del Lie. Freer, fechado 20 de mayo en curso, en su numeral 4) dice lo siguiente. No obstante lo anterior, las empresas cuyos plazos hubie.
Ten quedado vencidos por apliCreo que el procedimiento que he descrito es el indicado de acuerdo con el espíritu de la Ley y las disposiciones del Convenio. Sin embargo, he preferado solicitar al señor Contralor Ge neral de la República su conformidad.
Tan pronto como se conozca la opinión de la Contraloria se lo haré saber y si la opinión es favorable, como lo espero, podremos proceder rápidamente a solucionar el problema de todas estas importantes indus trias, que a usted justamente preocupa.
Secretario del Comité Ejecutivo del Bloque.
so Al Lic. Ernesto Lara citan como Ministro de Industrias EDUARDO MORA VALVERDE Candidato a la Presidencia de la República.
En diferentes circulos se cito ayer tarde el nombre del Lic.
Ernesto Lara Bustamante como sucesor del Ministro de Industria y Comercio, Lic, Ma.
nuel Jiménez de la Guardia quien dejará su alto cargo el 15 de junio próximo.
Se abono en su favor el hecho de ser un elemento muy vinculado con la industria por pertenecer a esa actividad, ha.
ber sido presidente de la Cámara de Indus.
trias de Costa Rica reciente mente, tener una vasta preparación en asun tos económicos, Fer ciudadano de limpias ejecuto.
rlas y amigo per sonal del Pre sidente Trejos además de que se dice que es Dersona de su confianza. Por eso, cuando se hizo la cita de su nombre nadie tuvo la menor duda de que la elección habia sido ya hecha por el Presidente Trejos Fernández.
Sin embargo, interrogamos al Lic. Lara Bustamante sobre la noticia y nos manifestó que habla conocido el rumor por boca de varios de sus amigos que, insistentemente le hablan preguntado si era cierto lo que se decia, pero que no había sldo llamado por el Presidente Trejos ni por ningún elemento cercano al Gobierno, para conVersarle del asunto, de manera que no podia confirmar la pregunta que la haciamos. Ter minó manifestando que posible.
mente todo se debía al deseo de algunos buenos amigos suyos de citar su nombre como el del sucesor del Lic. Jiménez de la Guardia quien, en su concepto, ha hecho una brillante labor al frente de ese Despacho.
EL MARIACHI TICO ALEGRARA EL ACTO Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

    Arnoldo FerretoBloque de Obreros y CampesinosMilitantes del PCCR
    Notas

    Este documento no posee notas.