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PERIODICO DE INFORMACION EDITOR RESPONSABLE CARLOS CLAVERA VE Un proyecto Año ul PUNTARENAS, DOMINGO 12 DE MARZO DE 1899. 182 EL PACIFICO en perjuicio del consumo mayor Pasanrio la pena que se impo.
que se hacía del licor blanco, si so ne los explotadores de madera y REDACTOR, lo él se vendiera.
hule en bosques nacionales, no creSALVADOR JIRON. Estas dos razones, que son las emos que ellos hayan estado antes únicas que por el momento encon de ahora como se cree, fuera de la tramos más a la vista, no son de acción penal, pues la apropiación gran entidad, porque regularmente de cosa ajena; bien calificada está esos. licores compuestos punca se como hurto robo, según el caso, tienen ni se expenden en gran can çon sus penas respectivas, siendo El señor Ministro de Hacienda tidail, y lo sumo que se aprehen más grave todo lo que sea en perpresentó la Comisión Permanente de es una botella, si es que la pre juicio de la Nación; y así como el un proyecto de ley que establece paran de antemano, cantidad que particular puede reclamar cualquiepena por la existencia de licor adul no es para alucinar en el uso del ra apropiación que se haga de sus terado en los establecimientos pa contrabando; y si es por el consumo cosas, así la Nación, y con mayor tentados, y pena tanıhién por la menor que del licor blanc. se hace, razón, puesto que sus intéréseg son extración de maderas y hule en los ya hoy no tiene razón de ser, desde los de todos.
bosques nacionales, creando ade luego que se autoriza al tasuillero Ningiino de los que de esa mauemás un impuesto de 10 00 por la para vender sin sujeción medida ra hayan traficado con bienes de la exportación del último.
alguna.
Nación, dejan de baber infringido La impunidas en que han quedaSi es una consecuencia precisa, la ley, y si no se hau castigado será do hechos cometidos anteriormente, que todo lo que la ley prohibe ten porque no se han perseguido.
en perjuicio del Erario, hace al seSiempre es conveniente dar leyes ga su sanción, para que esa prohiñor Ministro pensar en la inanera especiales y más estrictas para lo bición no sea ilusoria y se conserve de cortar los abusos que esa son: siempre el respeto debido a las ins que se relaciona con los intereses bra se suceden, tituciones que rigen el orden públi públicos. y todo lo que se haga en Ya la prensa de la capital se ha co; y en ese sentido somos los pri aprobación general, pues que en ese sentido, tiene que merecer la ocupado de secundar la idea y elomeros en reconocer la necesidad de ellos van los nuestros.
giarla, por lo oportuna y necesaria.
establecer una pena que corrija el Nosotros, sin desconocer lo útil así como en la misma ley peabuso.
de tener esos puntos bien claros, nal vemos que hace distinción, cassolo expondremos nuestra opinión, Encoatramos nosotros una razón tigando con mayor pena el hurto respecto de si tal como estaban, ga más para perseguir la adulteración, de café y de ganado, como que son ranliżaban no los intereses del quizá de mayor peso que las otras, elementos poderosos de la riqueza Fisco.
aunque sea de distinto orden; y es del pueblo, así puede hacerse con La adulteración de aguar liente el que inuchas veces se forman en los que talan los bosques, sin tener se presta dus cosas, y son el que las ventas puequeñas de licor, de derecho ello, y por sacar su procon ella se expenda un licor de no pósitos de los sobros que dejan los vecho exclusivo y en perjuicio de legítima procedencia, y el que de que toman, y eso sí que seria rnuy la Nación, ese modo se saque mayor provecho del resorte de la bigiene, el perse Si eso tiende la disposición, en la medida, puesto que el ingre guirlo y castigarlo, para que se evite está muy bien, porque preciso es diente que lo compone aumenta la no solo, como ga dijimos, por los dar mayor garantía todo lo que es cantidad y viene entonces a hacerse efectos del consumo, sino por los de provecho común, o que debe la ventá inás cara, o por lo menos de la salud.
conserrarse por el bieu general.
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