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2. CAMARA DE COMERCIO DE COSTA RICA. 30 NOVIEMBRE, 1972 NUEVOS ASOCIADOS DE LA CAMARA EN 1972 Es ilegal fijar porcentajes de recargo por ventas al crédito Enero 12 Sres.
Central de Repuestos Ltda.
Enero 26 José Fidel Tristán Orlich Almacén El Coral Elba Mora Distribuidora Fallas Cla, Ltda.
Sres.
Pazos y Pérez, Espejos El Mun do Ltda.
Sanou Pazos Ltda. Fábrica Colchones Luxor. Julio 12: Sres.
Panaderia y Reposteria La St lecta 16 de febrero Inversiones y Construcciones INVECO)
Electrón Comercial Equipos Contra Incendio Ingenieros Arquitectos Sres.
Agosto 16: Cia. Real Holandesa de Avis.
ción KLM Marzo 15: Sres.
Rosago Oscar Fernando Solano Alva.
rado Agosto 30 Sres.
The Latin American Bank blecen en la misma ley.
FACULTADES LIMITATIVAS Ello significa, que el legisla dor le dio al Departamento Co.
mercial, facultades limitativas en cuanto a la propiedad privada de determinadas mercancias, toda vez que lo faculta en primer lugar para elaborar una lista de mercancias que sean ordina Tia y absolu amente indispensables para la producción y consu mo nacional, las cuales quedan sometidas a regulación, en cuan to a los porcentajes de utilidad o ganancia a que tiene derecho el comerciante y en cuanto a los precios máximos en que se deben vender las mercancias de tal manera que en el caso de comercialización de mercan.
cias sujetas a regulación, nos encontramos en presencia de una intervención estatal por el interés público que existe, que impide que el precio de venta de dichas mercancias se determine conforme a la oferta y la de manda, tal como sucede con los articulos que no queden sujetos a regulación.
INFRACCION LEY esa regulación en cuanto al porcentaje de utilidad y prcios máximos que es de interés público, por tratarse de mercancias ordinaria y absolutamente tamento Comercial de funciones que por ley le corresponde.
Es importante hacer incapié, que la Ley de Defensa Economi ca, en el inciso a) del articulo 2, inciso e. del artículo 6, en el artículo 11, y en el inciso 2)
del art culo 16. se refiere a pre cios máximos que fije el Depar tamento Comercial y en ningún momento hace eferencia exclu sivamente a precios para ventas al contado, de tal manera que no podemos distinguir en donde la ley no distingue, lo que nos lleva a la determinación de que por precio máximo en el expen dio de mercancías, debe enten derse que comprende tanto los precios al contado como al cré.
dito, pues en la especie nos encontramos en presencia de mercancas sujetas a regulación, no teniendo potestad el Departamento para poder establecer por centajes de recargo por ventas al crédito.
Se suscribe de usted atentamente. No tiene potestad el Departamento de Comercio Interior para poder establecer porcenta.
jes de recargo por ventas al cré dito. dice el Procurador Civil y Contencioso Administrativo en nota remitida al Jefe del Depar tamento Legal del Ministerio de Economia, Industria y Comercio. La nota es la siguiente. Con la aprobación del señor Sub Procurador General de la República, doy contestación a su oficio 109 de fecha de agos to próximo pasado, por medio del cual consulta a este Despacho si conforme a lo que se dispone en el inciso a) del artículo de la Ley de Defensa Económi on, la fijación de precios má ximos de venta de las mercancias que expenden los comercian tes. se debe hacer únicamente en los precios señalados para ventas al contado o si también se puede hacer para los precios tijados en las ventas al crédito.
De previo a dar contestación a la pregunta concreta que se permite hacer a este Despacho, es conveniente resaltar que la Ley de Defensa Económica Nº 1208 de de octubre de 1950 y sus reformas, conforme a lo que se dispone en su articulo 27, es de orden público y limi tativa de la propiedad priva.
da Ahora bien, el inciso a) del artículo de dicha ley, estable ce como función específica del Departamento Comercial, la de hacer y reformar provisionalmente, la lista oficial de articu los y productos que deben some terse a regulación, comprendiendo solamente aquellos que sean ordinaria y absolutamente indispensables para la producción y consumo nacional y fijar, asimismo, los porcentajes de uti lidad o ganancia a que tiene de Techo el comerciante en el expen dio de las mercancias, así como los precios máximos de ellas con forme a las reglas que se esta Abril 5: Sres.
Agrotractores Abril 26: Sres.
Papeles y Cartones Setiembre 13: Señor Jorge Borbón Zeller Setiembre 27: Sres.
Tienda Mil Colores Mayo 3: Sres.
Super Estación Shell Paseo Co lón Maquinaria de Rifrigeración Industrial Octubre 4: Sres.
Industrias Satélite Octubre 11: Sres. Adoe de Costa Rica Empresa Transportes Marittmos del de EDETE)
Lie. Francisco Villa Jiménez Procurador Civil y Contencioso Administrativo Falta de control indispensables para la produc en en la Aduana de Puntarenas Mayo 10 Sres.
Sastrería y Tienda Alta Moda Estilmoda Coordinated Caribbean Transport Inc.
Troqueles y Troquelados de Costa Rica Plywood Shop Ltda.
Auto Nelly Importadora y Distribuidora Ltda. IPCA)
Instaladora Automotores Calderón Octubre 18: Tienda La Epoca Octubre 25 Electrolido Almacén Nuevo Hogar Limita.
da Inversiones Sesenta y Seis ALaboratorios Travenol Alberto Rodriguez Piza Noviembre 19 Cadena de Emisoras Columbia Soc. Anonima Radio Monumental cesariamente comprende la ven ta de los artículos tanto al con tado como a plazo, conforme a nuestras costumbres comerciales, de tal manera que mal podría interpretarse, que aún cuan do las mercancías estén sujetas a regulación, si éstas se venden a plazo o al crédito, tal regulación no opera, pues ello signifi caría una evidente infracción a la Ley de Defensa Económica y en consecuencia un no cum plimiento por parte del Depar Mayo 17: Carlos Luis Salas Ltda. GICASA LTDA. Noviembre Sres. Durán Hnos. Ltda.
La Aduana de Puntarenas ha tenido serios problemas en la tramitación de la nacionalización de mercaderias que se importan.
Las dificultades se suscitan so.
bre todo por la falta de control y de vigilancia, debido a que no existe coordinación con el INCOP, organismo que tiene a su cuidado la responsabilidad de la zona primaria.
Junio 14: Sres.
Jorge Montero Cia. Ltda.
Noviembre 15 Sres. Unite Junio 21: Noviembre 22 Publicar de Costa Rica LIBRERIA LEHMANN Nuestro apoyo a la banda transportadora a OFRECE Tel. 23 12 12 Apdo. 210. 011 Una valiosa colección de libros para el ejecutivo que marcha al paso dinámico del mundo de hoy.
LA GRAN ENCICLOPEDIA DEL EJECUTIVO MODERNO La Junta directiva de la Cá.
mara de Comercio se pronuncia en favor de que la faja transportadora se instale en Punta Morales.
La instalación de una faja transportadora en el litoral del Pacifico su ubicación y oportunidad, constituyen una cuestión de interés general para la economia costarricense. El debate público que alrededor de este asunto se ha suscitado, corrobora nuestro acierto. Nos resul.
ta un tanto incomprensible el que, a pesar de contar el gobierno central con delegados de muy alto nivel jerárquico en el INCOP y en la Liga Agricola Industria de la Caña, exista absoluto divorcio de criterio entre ambas entidades acerca de cuál es la fórmula que más con viene al país Empero, habiendo estudiado detenidamente el asunto, nos parece que la actitud y razona mientos adoptados por el Ministro de Obras Públicas Transportes ingeniero Rodolfo Silva y por el Ministro de conomia Industria y Comercio, en su condición de personero de la Liga Agricola Industrial de la Caña, están claramente inspiradas en el bien nacional.
En nuestra opinión, en todos los casos en que se encuentre en juego el interés general, és te debe prevalecer sobre los de una institución o una minoria reducida. En el caso específico de la faja transportadora, pare ciera que erróneamente se inyocan beneficios o perjuicios para la ciudad de Puntarenas y para los trabajadores ferrocarrileros y estibadores.
Ahora bien, el proyecto de la Liga Agrícola Industrial de la Caña, tendiente a instalar una faja transportadora en Punta Morales, merece todo nuestro apoyo, ya que coadyuvaría a mermar el creciente congestionamietno que existe desde nace muchos años en Puntarenas.
Se contaria de esta manera con un sitio alterno para carga y descarga de mercader a a granel y como consecuencia 16.
gica, el movimiento de mercadería general en Puntarenas se agilizaría y los buques que tienden este servicio podrían ser despachados con mayor celeridad.
No alcanzamos a comprender como la iniciativa y el esfuerzo económico que la instalación de esta faja transportadora en Punta Morales representa, puedan ser malogrados por concep.
ciones erróneas o intereses localistas. Ante un problema tan an tiguo como el portuario, en el cual ha existido falta de decis sión y de ejecución para resol verlo; ante una situación de deficiencia portuaria cuyas conse cuencias han gravado al país con muchos millones de dólares y con un encarecimiento de los productos que se importan y se exportan; en fin, ante la denos dada lucha que es necesario lle brar para aliviar este grave pro blema, no podemos menos que brindar nuestro más entusiasta y decidido respaldo al proyecto de la Liga Agrícola Industrial de la Caña y condenar cual quier estimulo enfermizo a movimientos huelguisticos que se intente propiciar, invocándose el interés de los trabajadores co.
mo instrumento, aún cuando se tiene clara conciencia de que el mismo no está en juego.
40 TITULOS, ENTRE ELLOS. DIRECCION GERENCIA Rheo Halman. 84. 00. Elabore un plan de comercialización EL DESARROLLO DE LA EMPRESA Edwards y Towsend.
83. 00 LA EMPRESA EL DOMINIO DEL MERCADO Jacquenin 43. 00 ORGANIZACION DE EMPRESAS Lasser.
77. 00 PREVISION CONTROL EN LA EMPRESA Thibert. 47. 00 ADMINISTRACION CONTABLE FINANCIERA DE LA EMPRESA Medford, Perry y Waytt. 120. 00 ORGANIZACION DEL ALMACEN Calimeri. 39. 00 PROMOCION DE VENTAS Gross y Houghton. 90. 00 10722ANO INTERNACIONAL DEL LIBRO les son los criterios y principios utiles para su formulacija y evaluación.
ELABORACION Si ha sido formulado adecuadamente, el plan de comerciallzación indicará a todas las personas encargadas de su ejecueión qué se ha de hacer, cuán.
do y quién ha de hacerlo.
Tres elementos son indispen sables al exportador para el exito de sus operaciones: el producto, la organización de venta y distribución, y el plan de comercialización.
Ello no obsta para que a ve ces pueda exportarse con éxito aún faltando alguno de los factores básicos enumerados pero en estos casos son siempre excepcionales y no demuestran nada. Un eminente experto en comercialización dijo que la e.
sencia de la comercialización consiste en elaborar un plan estratégico bien fundado y concebido, conseguir el acuerdo de todos los interesados y luego atenerse al plan, salvo las des viaciones tácticas que aconsejen las circunstancias.
Todo el que intervenga en una actividad de comercialización de exportaciones habrá de elaborar un plan de comerciali.
zación o emitir juicio sobre el plan que se le proponga.
Por consiguiente, habrá de saber que es un plan de comercialización. de que debe constar y cuá En principio, la cuestión de quién elabore el plan es de Im portancia secundarja. Tratando se de comercialización de expor taciones, esta labor corresponderá normalmente a la agencia de publicidad que el exportador utilice en el mercado donde de see vender, o bien a un experto en comercialización emplea.
do por el exportador Tanto una como otro deberán estar en (Pasa la sa, página)
PARA LIBROS LEHMANN Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.