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ETOT gb I AJUTS LA REPUBLICA, Domingo 10 de junio de 1973 11 LOS PATRONOS, TRABAJADORES PAIS EN GENERAL de con SUS QCen en Ante la situación de peligro bajadores independientes, a por la que atraviesa la Caja los pequeños propietarios y a Costarricense de Seguro Social, todos aquellos que en una y la institución informa una vez otra forma contribuyen a la más a la opinión pública, las actividad económica del país.
razones por las que se opone al Seguir con el sistema traProyecto de Ley tendiente al dicional de ofrecer servicios traspaso obligatorio de los gratuitos a personas que puehospitales del sistema Hos den y deben tener el derecho a pitalario Nacional: una asistencia médica obligaEs una verdad esencial que toria y regulada por los determinados proyectos de ley, Seguros Sociales, es desalentar cargados de magnificas inel esfuerzo que conlleva al unitenciones y de metas saluda versalización hacia la totalidad bles y positivas para el país, de la población merecen el apoyo decidido y económicamente activa, solidario de las diferentes siempre en el entendido de que instituciones que pueden no se trata de una cobertura contribuir a su cumplimiento. El individual sino de tipo familiar, proyecto de ley consultado a la como la que existe Caja contiene esas carac tualmente en el Seguro de terísticas, por cuanto expresa Enfermedad y Maternidad.
metas como las de llevar los Este alentador planinstrumentos necesarios para teamiento de encontrar las dar salud a la población cos formas adecuadas de protarricense, sin establecer di tección bajo el sistema de ferencias entre personas financiamiento de los Seguros aseguradas y no. aseguradas. Sociales, no debe poner en No puede ser ajena la Caja a riesgo el sistema económico en un propósito tan fundamental y que se fundamentan esos sisconstructivo, ni tampoco puede temas y que en forma tan oponerse a él, precisamente en adecuada ha protegido la momentos que está misma Constitución Política al realizando todos los esfuerzos definir en el párrafo tercero del a su alcance por universalizar Artículo 73, lo siguiente: los Seguros Sociales. No podrán ser transferidos De esta manera, com ni empleados en finalidades penetrada la Caja con el fondo distintas a las que motivaron su del proyecto, ha sentido la creación, los fondos y las necesidad de contribuir reservas de los Seguros perfeccionarlo diferente Sociales.
aspectos que estima lo harán más factible y esencialmente lo Buscan las reformas que está unirán a la obligación con proponiendo la Caja, brindar tenida en la Constitución Poll servicios eficientes a la poblatica de Costa Rica, o sea la del ción asegurada y a la que, por logro de la universalización de sus condiciones de indigencia, los Seguros Sociales. Las re no se logra cubrir con los formas que presenta la Caja al sistemas de Seguros Sociales, proyecto de ley consultado, se pero dispone con claridad que para los servicios de esa apoya en las siguientes consideraciones: población que no podrá llegar a asegurarse, el aprovisionamien to de fondos específicos, todo La universalización de los con el fin de no destinanciar el Seguros Sociales es, se repite, Seguro de Enfermedad y Mameta obligatoria, con ternidad, ni derrotar sus metas, forme a la disposición transi obligaciones y protecciones a toria contenida en el párrafo la población asegurada, tercero del Artículo 177 de la través de la asunción de Constitución Política. Ante una fuertes erogaciones económimeta tan meridianamente cas que no le correponden a la clara, no es posible dispersar Caja.
esfuerzos en su consecución, necesario encauzarlos todos para el buen Es una realidad que la Cacumplimiento del fin ja ha venido haciendo. de.
ya terminudo. La Caja estima, en fuerzos ingentes por crear unidades cons vencia, que el proyecto asistenciales, por de ley en estudio debe conpreparar profesionales cordar en todo con lo ya disciencias médicas, y por dotar al puesto constitucionalmente.
país de una medicina eficiente La universalización moderne También pretende unicamente llegar a realidad, que Costa Rica debe, dados la población asalariada, sino recursos proteger también a los tro económicos y humanos, evitar cualquier duplicidad de cos ejecución de esta ley, contraer tosos sistemas de atención mé obligaciones que impliquen dica. Es por eso que considera transferencias o empleo de los que debe aprovechar al fondos y reservas los máximo los hospitales exis Seguros Sociales en finalidades tentes y al ir universalizando distintas a las propias de su los Seguros Sociales, in creación.
corporarlos las remoARTICULO delaciones que requieren, a un La Caja participará en la elasistema de asistencia médica. boración y ejecución de los Esos esfuerzos también obligan planes nacionales de salud, a pensar en la integración del elaborados conjuntamente con seguro de riesgos pro el Ministerio de Salud Pública, fesionales, que simplemente en la medida que se lo per por razones de antecedentes mitan posibilidades históricos, están confiados al económicas y siempre que Instituto Nacional de Seguros procure en primer término el Incluyen las reformas cumplimiento fiel de los fines propuestas por la Caja la de la Ley Constitutiva de la Canecesidad de que ese sistema ja.
de seguro, tan ligado a los que ARTICULO 4º.
administra, al punto de que sus Queda autorizada la Caja diferencias son motivo de que para cobrar los servicios jas y de injusticias para la po prestados a los trabajadores blación trabajadora, se le independientes, que estén traspasan en forma gradual y económicamente capacitados paulatina, conforme se vayan para sufragarlos y mientras no cumpliendo los programas de estén protegidos por el Seguro universalización y absorbiendo Social. También queda las instalaciones hospitalarias autorizada para mantener los existentes en el país.
servicios de pensionados Con base en todas esas existentes en las instituciones razones, La Caja, propuso a la hospitalarias que adquiera por comisión de asuntos de la medio de traspaso, y los inAsamt ea Legislativa, ternamientos en tales servicios agosto del año 1972, la serán cubiertos en su totalidad siguiente redacción para el por cada interesado.
proyecto de ley: ARTICULO 5º ARTICULO 10 Los términos de traspaso de Para efectos de la uni cada institución hospitalaria versalización del Seguro de ajena al Seguro Social, así Enfermedad Maternidad, como la cesión o creación de cuya administración ha rentas específicas confiado a la Caja Cos servicios que se prestarán a la tarricense de Seguro Social, así población no asegurada, se para el logro de un harán por medio de los inssistema integral de salud, el frumentos legales Ministerio de Salubridad pondientes.
Pública, las Juntas de Protección Social y los Patronatos ARTICULO 60a cargo de instituciones médico asistenciales, La atención de las acciones quedan facultados a traspasar a la Caja de salud en materia de melas instalaciones que de ellos dicina preventiva no vadas por la ley a la Caja, dependan.
serán de ARTICULO responsabilidad Los traspasos autorizados en exclusiva del Ministerio de el artículo de esta ley se Salubridad Pública.
ARTICULO harán previo acuerdo entre las partes y tan pronto como lo La Caja atenderá permita el proceso de uni hospitales que se le traspasen versalización de los Seguros los casos accidentes de trabajo Sociales. En estos pasos la Caja y enfermedades profesionales.
deberá prestar asistencia méPara dar estos servicios, queda dico hospitalaria a la población autorizada esta institución a extender direcaplicar asegurada incapaz no de tamente la sufragar los gastos de sus protección de servicios médicos, riesgos profesionales, para atender tales obligaciones se diante el sistema de traspaso dotara a la Caja de las rentas paulatino de esos riesgos por específicos necesarias.
parte del Instituto Nacional de Conforme a las disposiciones Seguros a la Caja.
ARTICULO 99 del párrafo tercero del Articulo 73 de la Constitución Politica, Esta ley rige a partir de su podrá la publicación a en se para los como corresreserung a en los sino que es esmeen es nd una SUS escasos lo Caja no en Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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