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Inconstitucionalidad Las municipalidades podrían quedar sin el derecho de cobrar algunos impuestos que actualmente exigen a la ciudadanía.
JUICIOS Tocio depende en estos momentos de la resolución final que den a un curso de inconstitucionalidad que está en manos de los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
El artículo 121 de la Constitución Política en el inciso 13. que fija las atribuciones del Poder Legislativo, dice: Establecer los impuestos y contribuciones nacionales y autorizar los municipales.
Lic. JOAQUIN VARGAS GENE Por otra parte el Código Municipal en su artículo 87 dice: cobrar tazas por servicios urbanos que presten los que serán elaborados tomando en consideración el costo efectivo ciel servicio y un porcentaje de utilidades para el desarrollo.
De tal forma. tres ciudadanos interpusieron recurso de inconstitucionalidad, puesto que el Código Municipal autoriza cobrar impuestos mientras que la Constitución Politica establece que sólo lo puede hacer la Asamblea Legislativa.
Los proponentes del recurso son los señores Carlos Manuel Reyes. Antonio Mera Rita Ramirez La droga verde En el seno de la Corte Plena se viene estudiando el punto y se resolverá en los próximos 15 días.
Entre algunas interpretaciones que se le da al asunto, está que el cobro de la recolección de basura por ejemplo es un caso directo puesto que la función se realiza de casa en casa no así lo que respecta a limpieza de canos y alumbracio público y donde todo se está cobrando en la actualidad en un solo recibo.
De prosperar el recurso se estima que el artículo del Código Municipal sería eliminado por chocar con la Constitución Política que está sobre todas las demás leyes emtidas.
marihuana se causa a los demás, la poca edad del acusado y las características de su personalidad, se le impuso una pena de prisión de seis años y seis meses.
La sentencia es la número 262 y se dictó a las 16 horas 30 minutos del 14 de este mes de octubre.
Señala este caso la acuciosidad de las autoridades de Narcoticos por controlar el tráfico de marihuana de cuyo uso, en los últimos meses, se han venido derivando múltiples y dramáticas consecuencias.
De ser eso un hecho, las municipalidacies afrontarían un serio inconveniente. En la actualidad se ha generalizado de que las municipalidades fijen los impuestos o tazas, previo única autorización de la Contraloría General de la República pero no con la aprobación die la Asamblea Legislativa.
Por lo delicacio cie la situación, los magistrados de Corte Plena han hecho un profuncio análisis ciel recurso el cual ha sido discutido en dos sesiones anteriores y la ciecisión final pociría ser dentro de unos 15 dias según se informó en fuentes del Pocier Judicial.
miembros de la patrulla de Salas Luna quienes, de inmediato, salieron de los lugares en que permanecían escondidos para detener y registrar a Murillo Zúñiga a quien encontraron, en uno.
de SUS bolsiloos. los cuarenta y cinco cigarrillos ofrecidos en venta a Carvajal, así como una buena cantidad de dinero, producto de las transacciones anteriores.
EL JUICIO El señor Agente Fiscal de Desamparados acusó Jorge Enrique Murillo Zúñiga por el delito de Tráfico de Marihuana cometido en perjuicio de La Salud Pública.
El juicio lo celebró la Sección Primera del Tribunal Superior Primero Penal que integran los licenciados José Alberto Gamboa Salazar. quien presidió el debate que se celebró Guillermo Rodríguez Solis Gilbert Bonilla Meléndez.
Participaron en la investigación judicial el Lic.
Jorge Umana Rodríguez, y quien actuó como Fiscal de Juicio y el Lic. Fernando Alpizar Morales, como Defensor Público onLa Dirección General de Narcóticos fue avisada de que el uso de la marihuana estaba causando estragos en San Rafael Abajo de Desamparados. Algunas madres, alarmadas, comunicaron a las autoridades que sus hijos, antes buenos y diligentes, se mostraban como idiotizados y som nolientos, con una agresividad des usada en ellos.
La Dirección integró una patrulla al mando del oficial de narcóticos Edgar Salas Luna, y le dio el encargo de realizar las investigaciones pertinentes a fin de detener al narcotraficante, caso de que se comprobaran las sospechas de los denunciantes Por varios días.
pacientemente, los integrantes de la patrulla de Narcóticos estuvieron indagando con toda discreción. El resultado de sus investigaciones dio origen al proceso de que aquí se informa.
EL CASO Sentado sobre el barandal del puente sobre el río Canas en San Rafael Abajo de Desamparados, un hombre joven miraba distraidamente los destellos que la luz de la luna arrancaba a las dulaciones del agua que trascurría por el cauce.
La patrulla al mando de Edgar Salas Luna vigilaba.
desde puntos estratégicos a aquel hombre al que varias personas, algunas muy jóvenes, abordaban en medio puente, conversaban con él algunos minutos. recibían algo y después se alejaban simulando tan mal indiferencia, que a la legua se descubria que se ponían en evidencia al tratar de pasar inadvertidos.
Edwin Carvajal Obando, uno de los integrantes de la patrulla de Salas Luna.
Siguiendo instrucciones de acercó, silbando una tonadilla, al muchacho que se encontraba en el puente.
Lo abordó y le preguntó si sabía en qué lugar podría obtener yerba de buena calidad.
asegurando ser drogadicto y manifestando urgencia por conseguir la droga.
Jorge Enrique Murillo Zúñiga. de solo veintiún anos, que así se llamaba el muchacho que estaba en el puente, cayó en el garlito y ofreció venderle a Carvajal cuarenta y cinco cigarrillos, a razón de un colón cada uno, asegurando que sólo le quedaba ya esa cantidad de la droga verde Convenido el trato.
Carvajal se llevó la mano al bolsillo, haciendo que iba a sacar el dinero para pagar la marihuana, pero esa era la serial convenida con los EL DEBATE Durante el debate. el Organismo de Investigación Judicial estableció que los cigarrillos que vendia Murillo eran efectivamente, marihuana, de la variedad Cannabis Sativa y, por su parte, el acusado afirmó que tenía en su poder la droga para su uso personal y no para venderla.
Es sabido que la tenencia de marihuana amerita la aplicación de una medida de seguridad de tipo curativo y no una pena. La medida de seguridad consiste en someter al drogadicto a un tratamiento hasta la curación de su mal hábito pero, como en Costa Rica todavía no existe un instituto dedicado a estos tratamientos, en el fondo, la medida de seguridad no se aplica, por cuya razón, en actitud de defensa, las personas sorprendidas con marihuana niegan que sea para la venta y aceptan ser drogadictos.
este se LA SENTENCIA Al resolver el asunto, los jueces superiores rechazaron la versión del acusado y tuvieron por establecido que, en verdad, se dedicaba a la venta de la droga verde. pues lo haLos estudiantes de la Escuela de Derecho, que ocupan este edificio en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio Brenes, irán bian visto los miembros de mañana a un paro de labores como culminación de una serie de desavenencias que han tenido con la decanatura. Entre la patrulla de narcóticos en ellas, la más grave parece ser el envío a la Rectoria de un acta en la que se incluyeron términos no acordados por la ese menester y, además, uno Asamblea General de Facultad cuyos acuerdos recoge el citado documento. Lo grave es que la mayoría de los asistentes a de los oficiales habia esa Asamblea General firmaron un pliego en el que reconocen que parte de lo que dice el acta no responde a lo que convenido directamente una ocurrió durante la Asamblea. Los estudiantes de leyes se sienten afectados con el agregado que se hizo al documentos compra con el imputado. piden que su texto se rectifique para ajustarlo a la verdad, a lo que hasta ahora, se ha negado la decanatura, creando con Considerando la ello una situación dirante que está prestándose para que se hagan comentarios agrios del proceder usado para comunicar vedad del delito cometido, el a la Rectoria lo que se acordo en la Asamblea General a que el acta se refiere.
dano, que con la venta de Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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