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Domineo 30 de octubre de 1977 Suplemento Juicios LA REPUBLICA Les fallaron las pilas la planta a eso de las once de la noche. los pararía pidiéndoles que se identificaran.
turaron con las manos en la masa, y lo condujeron detenido a San José.
Rivera Quirós y Georgina Román Jenkins.
LA SENTENCIA Raúl Gerardo Coto Calderón, de 26 anos y Francisco Bustos Barrantes, de 33 anos, eran Guardas Nocturnos de la empresa Gte. Silvania, Sociedad Anónima. para la que cuidaban sus instalaciones situadas en Las Pavas.
EL JUICIO llegar a ella, uno de los dos guardas abrió el portón, el que cerró inmediatamente después de que penetró en el patio de la planta la camioneta que guiaba su compañaro, dejando al ra.
diopatrullero en la calle y sin posibilidades de entrar en la planta.
bate dos de los testigos, Oscar Quesada y Humberto Ulate, declararon en forma confusa y contradictoria, ordenaron testimoniar las piezas necesarias para seguir proceso por el posible delito de falso testimonio en contra de ellos.
Los a El señor Agente Tercero Fiscal acusó a Coto y Bustos por el delito de hurto agravado y a Solano por el de receptación Los guardas explicaron que trabajaban para la empresa y que iban a hacer una entrega especial de urgencia y así, al notar que el radio patrullero no les daba mucho crédito. lo invitaron para que fuera con ellos hasta la planta a fin de se convenciera y hasta aseguraron que en las instalaciones estaba el gerente que los había mandado a hacer la entrega.
La autoridad llamó al gerente de la industria y así.
aquella noche. los dos guardas tuvieron que confesar lo que hacían. que Coto Bustos eran amigos de Rafael Solano Astúa, de 53 años, vecino de Cartago, de quien sabían que ejercía actividades de topador. es decir, de una persona que compra a bajos precios artículos de procedencia dudosa, cuando se lo hace a sabiendas de que son mal habidos, para venderlos después al precio corriente que esos artículos tienen en el mercado.
Coto y jueces juzgadores estimaron que los hechos de los que fueron responsables los guardas Coto y Bustos, representan el delito continuado de hurto agravado, y de los hechos de los que fue responsable Solano.
el delite de receptación.
Los jueces superiores impusieron a a Bustos, tres años de prisión a cada uno de ellos y a Solano un año de prisión tres mil colones de multa.
que de no pagar dentro de los quince días. SC convertirían en diez dias más de prisión Los jueces superiores, er vista de que durante el deG La reparación civil solicitada por la empresa ofendida, fue decla da sin lugar por lo jugadores, en consideración el representante de la empresa no se presentó al debate oral y público que se celebró razón por la que, además, la empresa fue condenada a pagar las costas que hubiera podido ocasionar con su acción Fue la sección Primera del Tribunal Superior Primero Penal, que integran los licenciados José Alberto Gamboa Salazar Guillermo Rodríguez Solís y Gilbert Bonilla Meléndez, la que celebró el juicio correspondiente. en el que actuaron. la señora Gloria Navas Montero como Fiscal de Juicio como de fensores.
José Miguel Brenes Brenes. Juan Rafael De acuerdo con la autori dad, uno de los guardas se dirigió a Cartago. vigilado de cerca y procedió a hacerle a Solano entrega de la mercaderia que éste esperaba. Inmediatamente las autoridades lo capEl radiopatrullero aceptó la invitación y, guiando su vehículo detrás de la camioneta, se dirigió a la planta de la Silvania, pero al La sentencia es la Nº 265 de 8 de octubre que corre.
Los dos guardas llegaron a un acuerdo con Solano y con el convinieron que sa carian tubos fluorescentes, bombillos de diferentes capacidades y pilas. todo lo cual le entregarían por un precio il, en la ciudad de Cartago.
88 EL METODO ibi Raúl y Francisco convinieron en que Bustos ad sustituiría en su puesto de CE guarda a Calderón, alguna.
noche en que a éste le dies correspondiera turno de ital manera que, éste pudiera tes dirigirse a Cartago y hacer las entregas de mercadería a que Solano.
ab el 36 Así, en muchas oportunidades, Bustos llevó tublos flourescentes, bombillas y pilas hasta Cartago, para entregarlas a Solano en un gimnasio ubicado aproximadamente a trescientos metros de su casa de habitación.
Cada vez que recibía mercancía, Solano les pagaba entre mil y mil quinientos colones. cantidad que se repartian Coto y Bustos por partes iguales.
Asi por largo tiempo.
estuvieron los dos guardas de la Silvania haciendo de las suyas.
EL CASO Sin pagar más! El dia 29 de marzo. el reloj marcador de la fábrica Silvania estaba descompuesto.
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Coto y Bustos, que tenían que marcar en ese reloj cada diez minutos. se pusieron las pilas a la espalda y con ellas cargaron una camioneta de la misma empresa y.
aprovechando que el reloj marcador estaba descompuesto decidieron pasear juntos hasta Cartago para hacer, por primera vez, conjuntamente, la entrega a Solano Le llevamos a California en el iSIN QUE USTED PAGUE MAS! Descuentos en hoteles, con el Pan Am 747, el avion con todo el Aproveche nuestros tours plan City Pak. Tarifa Pan Ahorro, espacio del mundo, para que usted individuales y en grupo de la que le ahorra mucho dinero al disfrute a lo grande de toda la duración y extension que prefiera. viajar en grupo.
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La experiencia hace la diferencia Con una de las camionetas de reparto de la Silvania bien cargada. se dirigieron los dos guardas. hacia Cartago. pero no contaron con que un radiopatrullero.
extrañado al ver a una camioneta rotulada salir de PANAM.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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