Debido a los elevados costos del mantenimiento de las imágenes, se ha restringido su acceso solo para las personas registradas en PrensaCR.
En caso de poseer una cuenta, hacer clic en “Iniciar sesión”, de lo contrario puede crear una en “Registrarse”.
LA REPUBLICA. Lunes de diciembre de 1977 EL ENSAYO Esaú Molina Mena Tiende a la objetividad sin entrar a lo científico, pues por su naturaleza creativa lo circunscribe a lo retórico, a la exposición literaria. Los escritores de esta especie disfrutan del giro literario, apoyados en una interpretación intuitiva y respaldada por una filosofia personal y desinteresada.
El ensayo es el arte de la pura especulación intelectual.
disgresivo, cargado de subjetividad y libre exposición de ideas. Aunque el tema sea elevado, aparecerá atado tanto a lo intelectual como a una serie de variaciones imaginativas.
Sumariamente el estudio presente supone el compendio de una serie de criterios que fundamentan el concepto de lo que se juzga como ensayo. Los críticos procuran definirlo, proporcionando una serie de opiniones; aunque se llegue al convencimiento de que tiene su dificultad el caracterizarlo. porque cada escritor se sirve del idioma con sus peculiares preferencias.
flexiva. 5) la expresión de una sensibilidad artística.
Lidia de Amarilla, opina que si la novela es solo un tipo dentro del género didáctico, más ampliamente de la literatura expositiva y doctrinaria. 6) Esta hipótesis del ensayo contiene el enunciado característico de género ambiguo, ideal para la expresión de la ideología y la persuasión.
Atinadamente Fernández de Mora denota lo siguiente. El ensayo como el artículo, entra de lleno en la prosa didáctica y más concretamente en la literatura de ideas.
Uno y otro renuncian a la erudición y a la cita puntual; los dos tienen pretensión de claridad y belleza, en ambos importa primordialmente el punto de vista del autor, el sello personal. Pero el ensayo escapa a la servidumbre de la oportunidad y al imperativo de la concisión. 7)
El ensayo aprovecha los elementos de otros géneros próximos, pero tratados con una mayor libertad. pesar de ello, aspira a la condición de autónoma por su esencia creativa.
Basado en la condición del autor y la temática se ha agrupado los ensayos en tres tipos: Ensayo puro, de contenido filosófico, histórico, literario.
Según Sainz de Robles, es un escrito generalmente breve en el que se expone, analiza y comenta un tema, sin la extensión, ni profundidad que exige el tratado o el manual. 1) juicio de Shipley es una composición en prosa de moderada longitud y sobre un tema concreto. 2)
Es el caso de la generación del 98 en España. Ensayo poético, tendente a la descripción romántica del paisaje y las costumbres. Es el caso de José Martí.
Su carácter indeterminado se engendra de que parte de lo ya hecho; continúa dependiendo del arte, moral, ciencia, sin haberse independizado, como lo hizo la poesía. 8) Ensayo crítico. Su contenido es erudito y se relaciona con temas universitarios: interpretación de los distintos quehaceres del pensamiento humano.
Según convencimiento del mismo autor, este tipo de experiencia literaria puede tener dos modalidades: los escritos que se caracterizan por el formalismo, lógica, objetividad, que constituyen los ensayos biográficos, cientificos, históricos, críticos y de exposición general; y los escritos que se caracterizan por el informalismo, subjetividad. interés en la experiencia imaginativa y sentimental, como los de tipo impresionista, personal, Familiar (1) Sainz de Robles. Ensayo de un diccionario de la literatura, tomo Edit. Aguilar, Madrid. 1972 Esta indole de escritos vienen a ser comentarios personales de conceptos complejos de la realidad, sin que haya un afán de profundizar en ellos, abarcando todo el tema, sin aplicar reglas apriorísticas o algún sistema fijo.
o (2) Shipley. Diccionario de la literatura mundial.
Edic. Destino. Barcelona. 1962.
Al centro de estas dos alternativas, es opinión del ensayista, colocar los editoriales o articulos de fondo de periódicos y revistas.
El ensayista basa su observación en una objetividad artistica, de acuerdo a su cultura; procede de lo complejo a lo simple; enfrenta lo parcial a lo total; deja una puerta abierta que da base para que sea tratado, cualquier asunto, en otro ensay (3) De ta Torre, Doctrina y estética literaria. Edic.
Guadarrama. Madrid. 1970 (4) Ibid.
Edmund Gosse asevera que el ensayo es cualquier escrito de moderada extensión, que de un modo subjetivo y fácil trata un asunto cualquiera. 3)
Ortega y Gasset sostiene que el ensayo es la ciencia menos la prueba explícita. 4)
10 El ensayista debe procurar una prosa clara, sencilla y conceptual, expresada en un estilo ágil, directo y conversacional. 5) De la Torre, La Metamorfosis de Proteo. Edit.
Losada, Argentina. 1956 (6) Lidia de Amarilla. Ensayo literario contemporáneo. Argentina. 1951.
Es decir, una obra de arte, tanto o más, que obra de pensamiento; esto es, que la parte de creación no es inferior a la parte de reflexión.
Es una experimentación sobre un objeto en que vuelve.
revuelve, interroga, palpa, examina y reflexiona. 7) Micó Buchon. Teoría y técnica literarias. Edit.
Casals, Barcelona, 1964.
En La metamorfosis de Proteo, se observa la afirmación de que el ensayo es arte más que intuición reEl ensayo no es como el tratado, que profundiza parte por parte, hasta completar el todo; sino que toma una parte del todo y hace referencia a ella sin estar presente.
Teodoro Adorno, Notas sobre literatura. El ensayo forma, Losada.
El delito económico 11 vertirlo en una supuesta operación productiva, pero al final lo que resulta es una pérdida absoluta. El supuesto proceso productivo queda roto y desnaturalizado. El dinero que se dio a crédito no regresa y se convierte en dádiva corrupta, los productos de la fábrica rinden menos de lo que costo producirlos y ocasionan una continua función deficitaria; al no haber beneficios no se amortizan las instalaciones ni se repone el capital. Es como una manera oculta de destruir la riqueza con el pretexto de crearla. Se convierte el dinero que debía ser productivo en dinero improductivo, se fabrican cosan que valen menos de lo que costó producirlas ocasionando así operación anti económica, se convierte la capacidad de creación de riquezas que representa el trabajo humano en simulación improductiva del trabajo y en degradación de la Fioral del obrero. La inversión no se reproduce y se convierte en pérdida continua.
una Todas las leyes penales del mundo civilizado castigan al funcionario público que se apodera de los fondos que le están confiados, al que recibe comisiones o remuneraciones ilícitas, o al que, por negligencia o por acto voluntario, destruye o daña o permite que se destruyan los bienes sometidos a su administración. Todo esto es lo que se llama en los códigos el peculado, la concusión, el cohecho, etc. Se castiga porque se ha cometido un crimen contra el patrimonio nacional o contra la cosa pública, y así ha sido por lo menos desde la antigua Roma.
Pero el Estado moderno ha crecido y se ha complicado mucho más rápidamente que el Derecho Penal. Los antiguos funcionarios eran meros administradores del tesoro y de los bienes públicos. Su culpa posible no podía ir más allá de apoderarse de sumas de dinero o de objetos o de permitir por negligencia extrema que se deterioraran o perecieran las cosas que les estaban encomendadas.
Ahora el Estado tiene infinitas actividades y atribuciones, es empresario, es financiero, realiza toda clase de actividades económicas, que antes estaban reservadas a los industriales y a los comerciantes y, por lo tanto, ha surgido toda una gama de nuevas graves posibilidades de dano al patrimonio público por parte de sus administradores. Hoy el gerente de un Banco del Estado, el administrador de una fábrica nacional, el encargado de una finca agrícola o ganadera de la nación, puede ocasionar daños más cuantiosos y graves que los que estaban al alcance de un ministro de otros tiempos.
Una empresa del Estado tiene una capacidad de pérdidas prácticamente ilimitada, sin que en toda esa carrera trágica de millones y millones despilfarrados tengan que incurrir sus administradores en ninguno de los delitos que el viejo derecho definió para los funcionarios públicos. Pueden no haberse apropiado ni un céntimo del dinero que manejan, pueden no haber incurrido en ningún acto administrativo doloso pero, sin embargo, son indudablemente responsables de tremendos daños materiales, a veces irreparables, contra el patrimonio nacional.
Colocar en una situación de pérdida continua una empresa del Esatado no constituye delito en los códigos tradicionales, y no obstante se realiza de este modo un daño de enormes proporciones tanto en lo material como en lo moral del que alguien debe responder.
Se recibe dinero que proviene de los impuestos y del tesoro público para inDe esta manera se ocasionan daños tan grandes a la economía y al bienestar colectivos que exceden con mucho a los que los funcionarios deshonestos pueden hacer por medio de los tradicionales delitos definidos por los códigos.
El caso es mayor y más frecuente en los países subdesarrollados en los cuales el Estado, sin cuadros y sin tradición productiva. movido por una emoción nacionalista y estadista ha procedido a crear actividades industriales comerciales y financieras de toda clase. El resultado es una franca y dolorosa destrucción de los escasos recursos de que se dispone.
No hay duda de que esto debe constituir un delito que ese delito debe ser seArturo Uslar Pietri veramente penado en los nuevos códigos. No es posible que vaya a la cárcel el funcionario deshonesto que se apropio de una pequena suma de los fondos públicos y que, en cambio, no incurra en ninguna responsabilidad penal el administrador nacional que ha llevado a la quiebra una empresa del Estado y que ha ocasionado el despilfarro de recursos que representan cien o mil veces la suma por la cual un modesto funcionario está en prisión.
Esto representa no sólo un daño material cuantioso, sino además pervertir y desnaturalizar toda la noción de lo que debe ser una inversión y de la necesaria relación entre inversión, producto y beneficio sobre la que reposa la prosperidad industrial tanto en el régimen capitalista como en el régimen socialista.
Con el crecimiento de las actividades del Estado en todos los aspectos de la economía, se hace indispensable definir y penar el DELITO ECONOMICO, que es el que más amenaza la estabilidad y la prosperidad de los nuevos países en desarrollo Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.