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10 LA REPUBLICA. Miércoles de diciembre de 1977 Guardias no tuvieron culpa de homicidios tribución Ha quedado demostrado que los imputados tenían muy poca experiencia en el manejo de armas y en tácticas para llevar a cabo el tipo de maniobras que se les ordenaba.
La acusación fue fundamentada en la muerte de los jóvenes Miguel Angel Montero Chavarria, Luis Gerardo Garcia Salas y Roger Salas Arias y en las heridas que sufrieron Enri.
que Sánchez Oviedo y Luis Gerardo Gómez Vázquez.
Los guardias civiles, junto a su defensor, Lic. Rafael Moya (a la derecha. esperan la sentencia. Unos segundos después se inició la lectura. Monge)
recibidas, hicieron fuego al aire y a ras del suelo.
LOS HECHOS del Cementerio de Heredia, donde estaban varias personas reunidas. presumiblemente preparando acciones delictivas a cometer.
disparos lesionar Tampoco fue posible establecer certeramente quién portaba y cuál fue el arma o las armas de donde salieron los causantes de las lesiones que produjeron los resul tados ya referidos.
Conforme lo hizo ver en sus últimas manifestaciones el imputado Reyes Rosales, ho es él quien escoge al personal de la Comandancia, ni tampoco se ha establecido que fuere quien dispuso cuáles guardias lo acompañaran el el cumplimiento de la orden que se le dio.
Tras la refriega, hubo una persecución que terminó con la detención de varias personas que huian, con el traslado de los cuerpos a la morgue y de los heridos al hospital imLa población herediana estaba convulsionada de.
bido a problemas relacionados con el agua potable, Al absolver de toda pena y responsabilidad a los seis guardias civiles acusados de haber dado muerte a tres jóvenes en los alrededores de Heredia hace dos años, la sección segunda del Tribunal Segundo Superior Penal atribuyó la culpabilidad del hecho al Estado. En consecuencia, considerá el Tribunal analizando las carac teristicas particulares de este caso, que si hubo culpa, como evidentemente la ha habido, no es en la persona del imputado Silvano Reyes Rosales (comandante de la patrulla. sino de parte del Estado, que ha dado una responsabilidad como la de proteger a los ciudadanos de Heredia, a quien no ha preparado ni entrenado para la misión y riesgos que tiene que afrontar en el desempeño de su cometido. Se reconoce, eso si, los como su adecuada retular de la cartera (Mario Charpentier Gamboa) ha hecho para con los recursos económicos y humanos a su disposición, mejorar tanto la capacitación del personal como adecuada reDOS ANOS GUSTIA DE AN NO HUBO DELITO LA ACUSACION En base a las pruebas recibidas en la audiencia, constituidas por las indagatorias de los putados, de los testigos, y los testimonios del Ministro de Seguridad Pública, Mario Charpentier Gamboa, y de la ampliación de peritaje presentado por el Dr. Félix Baudrit Gómez, el Tribunal, constituido por jueces superiores Luis Paulino Mora. quien presidió. Francisco Chamberlain y Edgar Amador.
Para detenerlos, los guardias entraron en grupos por los lados norte y sur respectivamente, advertidos de que las personas a detener estaban fuertemente armadas, por lo que debían actuar con el mayor sigilo y en caso de que se les disparara, se contesjaría el fuego con disparos al aire.
La alegria de los guardias civiles, al oir la sentencia que los absolvió de toda pena y responsabilidad, no se hizo esperar.
Silvano Reyes Rosales.
Luis Fabio Camacho Chavarria, José Camilo Matarrita Chavarria, Santiago Villegas Hernández, Marvin Hernández Hernández y Amado Montero Ruiz, todos integrantes de una patrulla de guardias civiles de la Comandancia de Here dia. fueron llevados a los Tribunales de justicia acusados por los delitos de homicidio atenuado lesiones graves.
El Tribunal, el fiscal de Juicio y el abogado defensor, concluyeron que en el caso no se está ante los delitos de homicidio, especialmente atenuado lesiones graves, puesto que no se demostró que en el caso los autores del ilícito lo cometieron encontrándose en estado de emoción violenta que las circunstancias lo hicieran excusable o que la muerte fuera producida cuando solo se tenía intención de Se tuvo como cierto que el 29 de abril de 1975, en horas de la tarde, dos grupos de guardias civiles, uno de los cuales fue acusado, entraron a la finca La Delfina, situada en la parte posterior Cuando la patrulla, formada por los encartados se acercaba al árbol bajo una lluvia intensa, se oyó un disparo, por lo que, conforme a las instrucciones Terminaron por ello dos años en que, por órdenes que recibieron, se vieron en vueltos en un proceso penal que los obligó para obtener su libertad condicionada, a alquilar dinero, a pedir prestado y hasta a hipotecar el pequeño terreno en que uno de ellos pensaba construir su casita.
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Phine OlJF SUCESOS CARLOS MONGE Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.