Debido a los elevados costos del mantenimiento de las imágenes, se ha restringido su acceso solo para las personas registradas en PrensaCR.
En caso de poseer una cuenta, hacer clic en “Iniciar sesión”, de lo contrario puede crear una en “Registrarse”.
Tanto el jefe de la mesa de propiedad intelectual, Federico Valerio, como la jefa negociadora Anabel González, aseguraron que la facultad de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) para adquirir y distribuir sus productos genéricos no será afectada por el TLC.
Según Valerio, la CCSS cuenta con un cuadro básico de 460 medicamentos, de los cuales la mayoría ya son de dominio público, a excepción de los destinados a enfermedades "huérfanas" (de poca incidencia).
Ello implica que el periodo de protección de los datos de prueba (propiedad del primer comercializador del producto) ya fue superado, y los fabricantes de genéricos los pueden fabricar.
Para obtener mayor tranquilidad, Costa Rica negocia en la mesa con EE. UU. dos aspectos que considera vitales: licencias obligatorias e importaciones paralelas.
Las primeras se refieren al caso de que, en emergencias nacionales, un tercero pueda fabricar el medicamento requerido aunque esté patentado. Eso se haría si el medicamento disponible es escaso o si el país considera que los precios ofrecidos no se justifican.
Con la importación paralela se intenta que, si la Caja encuentra que un producto es más barato en el país de origen que en la oferta que se le hace aquí, pueda adquirirlo directamente.
Esto lo hace actualmente, por lo que el interés en la negociación es que se mantenga la posibilidad.
Otros
Valerio indicó que la mayor preocupación de los laboratorios nacionales fabricantes se refiere a productos no básicos, como los destinados al adelgazamiento, a evitar caída de cabello, etc.
La discusión se centra en los plazos de protección para datos de prueba, que son aquellos resultados con los que el fabricante original respalda su producto y que el genérico no puede usar como referencia para respaldar su producto.
El tiempo de protección que piden los EE. UU. para esos datos es de 5 años en fármacos y 10 en agroquímicos, aspecto en el que los fabricantes nacionales pretenden variaciones.
Este documento no posee notas.