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¿Qué llevó al OIJ a efectuar tareas preventivas?
La función esencial del OIJ es la represión, aunque hemos hecho esfuerzos por colaborar en lo que se pueda para el combate de la criminalidad. Mediante análisis criminalísticos, hemos detectado que, en ciertos momentos, se requiere de un trabajo conjunto con la Fuerza Pública.
¿Por qué el OIJ utilizó retenes de carretera?
Respetamos la decisión de la Sala (de Casación). En algunos momentos los hicimos, sobre todo para detectar personas que movilizaban drogas desde la zona sur. Esos operativos se hicieron muy pocas veces.
¿Afectará el fallo de la Sala Tercera las labores del OIJ?
No. No es que vaya a existir un caos. Si tenemos que hacer un cierre de carreteras en función de una investigación, lo haremos. Lo que no podemos hacer es un retén fortuito. Es importante aclararlo para que la gente no piense: "Al OIJ le prohibieron los retenes".
¿Qué pasará con las "fuerzas de tarea"?
Cuando llevamos a cabo algún trabajo es porque existe una análisis criminalístico. La unión de fuerzas policiales es básica. Nosotros le damos (a la Fuerza Pública) información sobre los focos de delincuencia para que tome las medidas del caso.
¿Seguirá la labor conjunta?
Las fuerzas de tarea procuran mitigar la falta de recursos. No veo que el fallo las afecte. Nosotros siempre actuaremos en función de investigaciones predeterminadas. Esa labor es dirigida, no indiscriminada.
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