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1924 EDICION NACIONAL DE LA TRIBUNA Página 17 UNA LEY QUE SE IMPONE Por de pronto moralizaría nuestra condición politica, social y económica, aminorando y tal vez destruyendo el cáncer de la empleomanía y, al mismo tiempo, procuraría mayor eficiencia en los Gistintos ramos de la Administración Pública.
En España la Ley concluyó con el tipo del cesante que las revistas cómicas llevaron repetidas veces a escena. De aquellos cesantes que formaban una legión en espera de la subida de los suyos para coger su lote en el reparto de puestos, que seguie a cada cambio de Ministerios.
Sus defectos, como toda obra humana, podrá tener una ley de esa clase; pero egos defectos son susceptibles de corrección. En cambio, es innegable que concluiría con casi todos, por no decir todos, los que sufre una administración pública privada de todo reglamento civil.
Esto último lo alcanzaría, desde el momento en que los puestos públicos tendrían que ser confiados a los ciudadanos más capeces y que éstos, al no estar ya sujetos a los vaivenes de la politica, adquirian amor al servicio público, formarían carrera de su empleo, verfan dignificada su 0080880000000000009969 Grandes progresos ha hecho la Administración Pública en Costa Rica, durante el último cuarto de siglo. En realidad, son pocas las reformas que se necesita introducir para presentarla, sino como el modelo que satisfaria nuestro orgullo patrio, si, como una Administración que pueda codearse sin desdoro con las buenas de los paises más adelantados.
La principal de esas reformas, que desearíamos ver implantada, se refiere al servicio civil. No exist, ninguna ley que lo reglamente. Los empleos públicos no forman carrera y por ello tienen que resentiree, forzosamente, varios servicios.
Verdad es que en algunos departamentos, como en el de correos y en la mayor parte de los de Hacienda, como aduanas, se mantiene un escalafón en los empleados y dificilmente son removidos ein causa justa; pero esto se hace exclusivamente, por la buena voluntad de los Gobiernos, aconsejada por imperiosas necesidades del servicio.
Son puestos que requieren conocimientos técnicos y que por lo tanto no pueden estar al alcance de todo pretendiente. esa norma que la práctica ha casi impuesto en esos departamentos desearíamos verla extendida a todos los de la Administración que no fueses de carácter esencialmente político, por muedio de una Ley de Servicio Civil.
La conveniencia de ella la han sentido casi todas las naciones, hasta el punto de que casi todas ellas han tenido que dictarla.
Los Estados Unidos probaron la aptitud de la ley para amoldarse a las necesidades más extremas y perentorias de la Nación, durante la Gran Guerra. Pudo creerse que en ese período en que con urgencia se necesitaron empleados en número excepcional, de diversa categoría, educación y aptitud, no iba a ser posible conseguirlos de acuerdo con la Ley, y sin embargo se vió que más bien gracias a ella se contó con elementos preparados Que la práctica ha demostrado las ventajas de la ley en ese país, en cuanto a eficiencia administrativa, lo prueban entre otros los siguientes datos: Cuando la Ley entró en vigor quedaron sujetoe a ella 14. 000 empleados. Su radio de acción se fue extendiendo y hoy abarca a más de 300. 000 empleados.
Antes de que la Ley funglese el promedio anual de errores que cometía un empleado distribuidor de correos era de 183, y a los diez años de establecida ese promedio descendió a 137, con la circunstancia de que aumentó el promedio de piezas distribuidas por cada empleado, pasando de 230. 731 a 504. 164 piezas al año.
LA INDIA situación y hallarían su natural interés en los esfuerzos desplegados para el mejor cumplimiento de sus deberes.
El aspecto moral de la ley estriba en su principal tendencia: la de lograr que los puestos públicos sean confiados al merito y no al favor.
Nadie ignora que nuestras contiendas políticas revisten, en gran parte, un carácter de lucha por los puestos públicos, los cuales son considerados como botín de victoria, y, por lo tanto, como prebendas para premiar la adhesión interesada de los partidarios. De ahí, también, su carácter personalista.
Como dijimos en otra ocasión: No nos acercamos a las urnas con aquel espíritu religioso del que cumple un deber sagrado, preñado de grandes responsabilidades. No votamos por el hombre que nos presente un mejor programa de Gobierno, ni por aquel cuyas cualidades nos parecen auperiores. Votamos por tal o cual candidato porque es nuestro amigo; porque nos dará tal empleo, porque colocará a tal o cual pariente nuestro; en una palabra: por mercenario interés personal y no como debiera ser, por el magno interés de la patria. en la misma forma; ya electo el candidato, nos hacemos enemigos de él y lo combatimos, no porque gobierne más o menos mal, sino porque defraudó nuestra esperanzas, no dándonos el puesto que pretendíamos. si una ley de servicio civil es suficiente para modificar ese estado moral, tendrá por esto sólo que ser implantada.
Pero, tiene también un aspecto económico, que en gracia a la brevedad sólo indicaremos: Podría reducir el número de empleados, eliminando a todos aquellos empleados de favor, cuya labor nula o casi nula, Bólo sirve para entorpecer la buena marcha de la oficina que tiene que soportar sus servicios. Por otra parte, aseguraria los derechos del cesante cuyas fuerzas agotara la edad, de manera y en cuantía previamente fijadas, evitando a los Congresos las pérdidas de tiempo y los gastos de las constantes peticiones de auxilios o de pensiones.
Reconocemos que a pesar de faltar una ley de esta clase, nuestra administración es bastante regular, es casi buena, y aun muy buena en agunos aspectos. Pero esa misma bondad relativa, cuya perfección impone el progreso alcanzado, nos hace alentar la esperanza de que no ha de tardar mucho la implantación de un engranaje semejante, como tuvimos, siempre, la misma esDeranza respecto a una oficina de contraloría, hoy convertida en realidad.
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