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oril de 1985 Seguridad social ASDEICE SALUDA TODOS LOS TRABAJADORES DEL ICE Todo ser humano está expuesto a ciertas eventualidads: desempleo, enfermedad, invalidez, maternidad en el caso de la mujer, accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, vejez y muerte del que sostiene a la familia, etc. Para la gran masa que encuentra en el trabajo el único medio de existencia, cada uno de los riesgos citados puede acarrear la pérdida de ingresos y hasta la mi seria.
riormente, adoptó un convenio y una reco mendación sobre las prestaciones en caso de accidentes del trabajo y enfermedades pro fesionales; un convenio y una recomendación en los que se definen las prestaciones de invalidez, vejez y sobrevivientes; y un convenio y una recomendación sobre la asig tencia médica y las prestaciones monetarias de enfermedad.
Hoy de mayo día en que todos los trabajadores del mundo, celebramos las luchas gloriosas, que hemos dado y seguiremos dando para hacer respetar la dignidad y los derechos que como asalariados merecemos!
Estas luchas no son del pasado; no solo forman parte de la historia; sino más bien son luchas del presente, son del ahora, donde cada uno de los trabajadores es un protagonista, tanto para ampliar los derechos, como para en muchos casos no dejarse arrebatar los derechos ya logrados.
En este día queremos saludar a los trabajadores del ICE, a la vez les pedimos reflexionar sobre la importancia de la participación que a cada uno nos corresponde como actores indiscutibles en cada una de las luchas planteadas en el ICE.
Ahora nos corresponde organizarnos más fuertemente y participar en luchas tan importantes como las que están planteadas en estos momentos: Una vez más en este campo, la acción normativa se ve complementada por un programa de actividades prácticas. Apenas hay país en desarrollo que no haya recurri do a la OIT para establecer, ampliar o po ner al día su sistema de seguridad social y los órganos encargados de su administra ción. Centenares de expertos han participa do en esta acción, y centenares de dirigente nacionales de la seguridad social han obreni do becas de estudio en el extranjero. Entre los países más avanzados los hay que har pedido asesoramiento a la OIT sobre la ma teria. Lord Beveridge, por ejemplo, consul to a la Organización cuando preparo célebre plan de seguridad social para el Rei no Unido. LUCHAS POR: 1) Puesta en vigencia de la nueva Escala Salarial para todos los trabajadores del ICE 2) Por que se pague el 200 o adicional para los trabajadores de 48 horas.
3) Por la reclasificación de puestos para una gran cantidad de trabajadores que en estos momentos están desempeñando puestos superiores a sus funciones.
4) Por la organización de la Filial de Técnicos Eléctricos, Mecánicos y Afines con el fin de plantear sus luchas en forma conjunta y sólida.
Hoy en día se admite que el Estado de be instaurar sistemas de seguridad social que garanticen una protección eficaz contra los riesgos sociales a todos aquellos que la necesiten.
Hay en el Código Internacional del Trabajo 25 convenios y 17 recomendaciones sobre los diversos aspectos de la seguridad social, así como un número considerable de instrumentos que contienen normas a este respecto.
En una primera etapa los instrumentos adoptados por la Conferencia definen para cada rama del seguro social la naturaleza de los riesgos cubiertos y de las prestaciones previstas, es decir, la asistencia médica, el permiso de maternidad, las prestaciones económicas, las indemnizaciones y las pensiones. Posteriormente, la OIT se esforzó por hacer progresar los seguros sociales hacia regímenes in tegrados de protección.
Fue así como la conferencia adoptó en 1952 el convenio sobre seguridad social (norma mínima. En este instrumento internacional se consagra el principio de un sistema general de seguridad social que abarque a toda la población y comprenda todas las ramas del seguro social.
Con objeto de poner al día los convenios anteriores a la guerra, la OIT inició en 1964 un extenso programa de revisiones. PosteAdemás, la OIT colabora con otras or ganizaciones internacionales e interguberna mentales en la esfera de la seguridad social Fue en cooperación con la OIT, por ejemplo como se prepararon las reglas de la Comu nidad Económica Europea relativas a la se guridad social de los trabajadores migrante: y la convención de seguridad social de la Or ganización de Estados Centroamericanos, Existen otra gran cantidad de injusticias que vivimos muchos trabajadores del pero será con la participación activa y firme que lograremos triunfar.
EL SINDICATO SOMOS TODOS ASDEICE SINDICATO INDEPENDIENTE La OIT tiene a su cargo la secretaría de la Asociación Internacional de la Segurida Social, que agrupa los servicios nacionales las instituciones centrales y las uniones na cionales de la seguridad social de mutualidad de un centenar de países.
SEGURO SOCIAL SEGURO COCIAL COSTA RICA COSTA RICA CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL COMUNICA LOS SEÑORES PATRONOS, TRABAJADORES PUBLICO EN GENERAL ARTICULO 65: REGLAMENTO DE INVALIDEZ, VEJEZ MUERTE La reforma a los artículos 10 del reglamento del Seguro de Enfermedad y Maternidad y 65 del reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte.
ARTICULO 10: REGLAMENTO DEL SEGURO DE ENFERMEDAD MATERNIDAD. Los patronos cuyos trabajadores se encuentran protegidos por las disposiciones de este reglamento, además de las obligaciones establecidas y en el Reglamento sobre Afiliación de Patronos y Trabajadores están obligados a. Las planillas del mes vencido anterior deben presentarse durante los cinco primeros días hábiles del mes siguiente y su pago se hará como máximo el día señalado para ese fin en el Aviso de Cobro y Comprobante de Pago.
Pasada esa fecha, deberá cancelar adicionalmente el recargo establecido por mora. En ningún caso se aceptará el pago global de una o más cotizaciones mensuales vencidas con el propósito de revalidar o adquirir derechos dentro de este seguro. Es entendido que los patronos responderán íntegramente por todas las prestaciones que esta Ley y este Reglamento otorgan a los asegurados, cuando por su culpa, dolo u omisión no los hayan afiliado al régimen oportunamente o no hayan pagado el número de cotizaciones para adquirir el derecho respectivo, tal como se establece en el Artículo 44 de la Ley Cons titutiva de la Caja. Entregar mensualmente a los trabajadores a su servicio, la tarjeta de certificación de aportes y comprobación de derechos elaborada por la Caja y que recibirá al efectuar el pago de las cotizaciones. El mencionado documento es básico para la solicitud de servicios médicos asistenciales y el pago de prestaciones económicas. Presentar a la Caja dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes las planillas de los trabajadores de su empresa correspondientes al mes inmediato anterior, consignando en las mismas los datos que necesita la Caja, de acuerdo con los formularios de planillas suministrados por la Institución para tal fin. Pagar mensualmente en las Oficinas de la Caja, tanto la cuota patronal como la de sus trabajadores, correspondientes al mes inmediato anterior.
Este pago lo harán como máximo el día señalado para ese fin en el Aviso de Cobro y Comprobante de Pago. Pasada esta fecha, deberá cancelar adicionalmente el recargo establecido por mora.
Los patronos que no presenten o cancelen sus planillas dentro de los plazos reglamentarios, estarán sujetos al pago de recargos sobre el monto de las cuotas, con fundamento en lo dipuesto en el Artículo 36 de la Ley Constitutiva de la Caja. Dichos recargos se aplicarán en la siguiente forma: a. Por presentación tardía del o o (uno por ciento. sin que la suma pueda ser menor a veinte colones. Por atraso en el pago durante los primeros quince días calendario o fracción, se aplicará el 10 (uno por ciento. Transcurrido el plazo señalado en el inciso anterior, por mes o fracción de atraso, se aplicará el 0 (dos por ciento) mensual progresivo hasta un máximo de 24 0 (veinticuatro por ciento. Estos cobros se harán sin perjuicio de las sanciones establecidas en los Artículos 44 y siguientes de la Ley Constitutiva de la Caja.
Cuando el patrono no presente oportunamente las planillas, la Caja procederá a la reconstrucción y facturación de oficio de las mismas, sin perjuicio de aplicar las sanciones que determina la Ley Constitutiva de la Caja.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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