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LA REPUBLICA. Sábado 23 de noviembre de 1985 31 Oyngis SOCIAL LOS PATRONOS A LA OPINION PUBLICA: COSTA RICA EXPLICACIÓN SOBRE LAS INCAPACIDADES RETROACTIVAS raíz de publicaciones en campos pagados por el señor José Emilio Arce Canedo, patrono inscrito en Cartago, respecto a los procedimientos para la extensión de incapacidades con efecto retroactivo, la Caja Costarricense de Seguro Social aclara que tiene definidos, normados e instruidos dichos procedimientos.
Concretamente en circular dirigida a todos los Directores de Hospitales y Clínicas, dictó las siguientes disposiciones en cuanto a incapacidades retroactivas. No se otorgará incapacidades retroactivas sin que el asegurado directo presente una certificación de su patrono en que haga constar que se trata de un trabajador activo a su servicio, verificación que deberá permanecer en el archivo de la Dirección del Centro Médico que otorgó la incapacidad para cualquier efecto legal futuro, lo anterior en el entendido de que se tenga la certeza de que el padecimiento incapacitante ya estaba afectando al paciente desde la fecha en que se inicia la incapacidad. Esta incapacidad no será mayor de dos días, y deberá ser refrendada por el Médico Director del Centro donde se otorgue. Para las incapacidades mayores de dos días se seguirá el mismo procedimiento, pero éstas serán otorgadas únicamente por el Departamento Control de Prestaciones Médicas, previa evaluación del caso.
Esta es la política institucional y es acorde con la razón de ser de la Caja.
En el caso concreto expuesto públicamente por el patrono Arce Canedo y de acuerdo con resultados de la investigación hecha por la Caja, se ha comprobado que no se siguieron fielmente las normas establecidas en el procedimiento oficial; por lo que se aplicarán las acciones disciplinarias del ordenamiento interno, en este caso específico y en cualquier otro similar que se presente en el futuro.
Sin embargo el incidente mencionado no debe dar lugar a generalizaciones ni a sustentar desconfianzas de los procedimientos establecidos por la institución y que están plenamente vigentes, sobre la extensión de incapacidades retroactivas como vía de excepción.
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.