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LA REPUBLICA. Domingo 15 de mayo de 1988 LO Panasonic DE COSTA RICA Se complace en felicitar a su cliente y amigo y Importaciones a IMPORTACIONES ta Jn no Je, er RODOLFO OCAMPO EL GALLO MAS GALLO mi60sin inJis de mAl estar inaugurando su moderno y amplio local en la Ciudad de Guápiles, a la vez deseamos muchos éxitos en sus actividades futuras.
Panasonic Siempre un paso adelante.
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Reproducción solicitada. Tomado de La República, del 11 de mdyo de 1988 FANAL LA VERDAD SOBRE FANAL toblabre ario Desde 1853.
La primera agroindustria nacional Por Lic. Eduardo Mora Valverde, director de Fanal.
ser asy ar la perales abili nen Intes sel nA muJcio titular amarillista con que el órgano informativo de la Cámara de Industrias, se refiere a la Fábrica Nacional de Licores puede confundir a la opinión pública, por lo que es preciso dejar establecido que dicha Cámara presenta información incompleta y mal elaborada e incurre en omisiones conceptuales de suma importancia El aporte al CNP no es sólo del 50 sobre las ventas de alcohol, sino sobre todos los productos de FANAL y representa aproximadamente 300 millones de colones al año, que se entregan a una institución que por ley cumple una función estabilizadora, que, junto con las otras que se han promovido en nuestro país en los últimos 48 años, permiten que se trabaje en paz y haya plena libertad de acción para los agricultores, industriales y trabajadores.
En cuanto a las transferencias al IDA y al IFAM, sorprende el desconocimiento de la Cámara (no se puede suponer otra cosa. al ignorar que en estos casos la FANAL cumple la función de simple pero eficiente recaudador, ya que se trata de impuestos sobre los licores que nada tienen que ver con las finanzas de la Fábrica.
Sobre el particular es preciso recordar que hace menos de un año el señor Director de Tributación manifestó al país que el 50 de las empresas no pagaban los impuestos recaudados.
TI El 80 de las deudas de FANAL fueron contraídas en moneda extranjera, cuyo valor con respecto al colón está actualizado en el Balance. La Cámara ignora (no se sabe el motivo ya que resulta obvio al análisis más elemental) que los activos que se adquirieron con esos dólares que se adeudan, deben revaluarse. FANAL, conforme con la ley, solicitó a la Dirección de Tributación el avalúo de las instalaciones de Grecia, con lo cual queda en un mero tecnicismo la insolvencia de que habla la Cámara.
II. El precio más alto que se paga en este país por el alcohol, tiene su origen en el aporte a la paz social, que FANAL realiza por medio de su propietario, el CNP. Es necesario aclarar que el alcohol para fines farmaceuticos es de más bajo precio que el usado para cosméticos y licores. El precio existente para el alcohol fue fijado desde junio de 1985, por lo que se emplaza a la Cámara de Industrias para que indique a la opinión pública, cuál de sus afiliados ha procedido en tal forma durante estos tres años, en beneficio de sus clientes. Por otra parte, sería interesante que la Cámara publicara una lista de productos de fabricación nacional, cuyo precio de venta sea inferior a productos similares en el mercado internacional.
IV. Es totalmente falso que la situación de monopolio perjudique a las empresas que elaboran licores en Costa Rica. Cuando FANAL vende licores debe incluir en su cálculo para determinar el precio, el aporte que se hace al CNP, y cuando vende alcohol no cubre su costo, o sea que subsidia, por medio del precio de los licores, al precio del alcohol para todos los industriales, aún a sus competidores, quienes no tienen la obligación legal del aporte con el CNP.
Tampoco es verdad que BACARDI haya decidido instalarse en Panamá debido al monopolio, ya que la propia Fábrica, hace catorce años, fue la que desechó la negociación, pues en ese momento consideró que no le convenía.
Se puede proporcionar a la Cámara, la documentación que existe en cuanto a que recientemente FANAL ofreció a BACARDI, facturarle a un 30 más bajo que su precio de importación, el ron a granel, de superior calidad al que proviene de Panamá, con ganancias aceptables para FANAL y el país. En 1987, FANAL obtuvo 40 millones de colones de utilidades y aportó 290 millones al CNP. Este aporte constituye un retiro de capital y no una pérdida pues el CNP es el propietario de FANAL.
VI En cuanto a las recomendaciones de la Cámara se debe decir lo siguiente: a El acomodo de la deuda en moneda extranjera es conveniente e indispensable y FANAL está estudiando su ejecución, por lo que se demuestra que las acciones para lograr la disminución de costos correspondientes, no son monopolio de la empresa privada. La Fábrica no requiere de ningún plazo para consolidarse operando bajo el sistema que se quiera operar en igualdad de condiciones, por lo que lo propuesto por la Cámara es improcedente. Llama la atención la ligereza con que la Cámara usa el término injusto monopolio sin aportar ningún fundamento para tal aseveración. En el supuesto insoslayable de que la Cámara no pretende aumentar los índices de alcoholismo del país, en vez de permitir la importación de alcohol que sugiere, la Fábrica propone que todos los licores y la cerveza (un verdadero monopolio) que se venden en el país, asuman a través de un impuesto, la totalidad del aporte que FANAL hace al CNP, con lo cual la fábrica puede garantizar precios equivalentes a los del mercado internacional, para el alcohol que se use en la industria farmacéutica y cosmetológica, así como para la elaboración de los licores que se exporten.
e Se reitera el desconocimiento de la Cámara, en cuanto a los impuestos que FANAL recauda para el IFAM y el IDA, y paga nitidamente, cuando recomienda otros medios de financiamiento.
aren el ptar, mión cra ngu na aren ecoonal gida al a IPO Je la Bola veto y no ntra El personal técnico de FANAI, se encuentra en disposición de discutir en cualquier foro y con quien así lo solicite, sobre los alcances de la tutela del monopolio y las diferentes figuras jurídicas que de él puedan emerger, como un verdadero intento hacia la democratización de la riqueza del país.
Firma responsable: Guido Montenegro Ballestero Cédula 221 389 Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.