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16A LA REPUBLICA Domingo 28 de Febrero de 1993 EL DERECHO LA DISENSION ES CONSUSTANCIAL LA LIBERTAD DE EXPRESION EL DERECHO DE RESPUESTA, CORRELATIVO LA LIBERTAD DE PRENSA.
DERECHO de respuesta La póliza del Magisterio LIC. ROGER SERAVALLI ARAYA n respuesta a los comentarios expresados por el profesor Pedro Diaz Briceño, en este mismo medio de comunicación, el dia 15 de febrero de 1993, la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional se permite aclarar los aspectos más importantes que se consideraron para incrementar la póliza mutual que ofrece a sus asociados.
La póliza que la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional administra, es un Sistema Mutual que únicamente cubre la mortalidad y gastos de administración.
En el transcurso del tiempo se han obtenido excedentes, no porque el plan sea un seguro de vida lucrativo, pues no tiene asignado porcentaje alguno de utilidad, sino porque se han presentado dos efectos en forma simultánea: un número de fallecimientos inferior al esperado anualmente y una suma de gastos anuales menores a lo presupuestado.
Estos excedentes pasan a una reserva especial (Artículo 499 del Código de Educación. que invertida en alto grado de liquidez, rentabilidad y seguridad, se ha capitalizado.
De esta manera es posible otorgar beneficios a los educadores sin necesidad de tener que incrementar el costo de la protección. Nuestro régimen mutual se denomina seguro de vida, no porque necesariamente cada educador tenga que obtener la suma asegurada, o parte de ella, en algún momento de su existencia, sino porque hace más de setenta años se estableció esta denominación para cualquier sistema de protección que cubra, en términos económicos, la falta de proveedor de ingresos a la familia, por muerte de este.
De esta manera no es recomendable mantener sumas de seguro con valor real muy bajo y deteriorado por la inflación, porque al fallecer el asegurado sus beneficiarios quedan desprotegidos en cuanto al valor adquisitivo de la suma que reciban.
Tampoco es recomendable mantener una alta suma de seguro a costos altos por el impacto que el ingreso de cada educador sufre.
La política institucional ha sido la de mantener una suma asegurada no muy alejada de los términos monetarios en valores reales, y un costo por cada mil colones de protección mensual moderado.
En diciembre de 1990 se fijó una suma asegurada de c1. 500. 000 (un millón quinientos mil colones. con una cuota mensual de 700 (setecientos colones. lo que produce una tarifa por cada mil colones de protección mensual de c0. 4667. partir de enero de 1993 se establece una suma asegurada de 500. 000 (dos millones quinientos mil colones) con una cuota mensual de 050 (un mil cincuenta colones. con una tarifa por cada mil colones de protección mensual de 0, 42 (cuarenta y dos céntimos. Es decir, el costo del seguro se ha rebajado, y además, la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional ha procedido ha repartir los excedentes, como en ocasiones anteriores se ha hecho, cubriendo el riesgo de muerte sin hacer los recargos que por gastos generales debe hacer. precios del año 1990, el valor adquisitivo del colón es de 0, 68 (sesenta y ocho céntimos) en 1992, esto significa que la suma asegurada de c1. 500. 000 (un millón quinientos mil colones) tiene un valor adquisitivo de 020. 000 (un millón veinte mil colones. la suma de 500. 000 (dos millones quinientos mil colones) tiene, a precios de 1990. un valor real de 700. 000 (un millón setecientos mil colones. suma suficiente para hacerle frente a los indices de infla.
ción para un periodo no menor a dos años.
Antes de proceder a incrementar la suma asegurada se hace un estudio de los salarios de los educadores y la renta mensual de los jubilados, comprobando que en términos nominales, a diciembre de 1992, la renta mínima mensual de los jubilados es de 24. 050 (Veinticuatro mil cincuenta colones. de modo tal que la relación cuota sobre salario mensual, o bien, cuota sobre renta mensual se incremente poco en términos porcentuales, y conforme haya aumentos de salarios y de rentas de jubilados, esa relación disminuye. También es necesario anotar que la institución considera la suma asegurada en términos de un digno beneficio para sus protegidos, y brinda los beneficios adicionales en las mismas condiciones de importancia de la póliza.
Colegio vigilante Opinión desacertada VIRGILIO HUEZO RUIZ RIGOBERTO BLANCO, nidas con la ética de sus colegiados. Quisiéramos que el Presidente del Colegio Federado de Químicos e Ingenieros Quimicos. Dr. Castro puntualizara cuáles con esos casos en los que el Colegio, a sabiendas de esas situaciones irregulares, omo presidente del Colegio Federado de Quími. no ha actuado. No existe, a mi conocimiento, en nuestra cos y de Ingenieros Químicos, quisiera referir Comisión de Fiscalía ninguna denuncia en ese sentido.
me a la nota periodística aparecida en la página Debe quedar claro que el Colegio Federado no tiene 22A, de la ed ión de La República del vierne ninguna ingerencia a la hora de onceder permisos de 19 de febrero en la que se establecen algunos hechos funcionamiento, aparte de lo establecido en la Ley 6038, que, desde mi punto de vista, no coinciden con la reali articulo 61, en relación con el visado de los planos.
dad y que deben ser aclarados por respeto a la verdad. Ha sido preocupación del Colegio Federado los desasCita la periodista Angela Orozco al Dr. Roberto Cas tres tecnológicos ocasionados por el mal uso o el mal tro, director del Departamento de Control de Sustancias manejo de sustancias químicas, por lo que hemos tenido Tóxicas y Medicina del Trabajo, quien critica al colegio una colaboración permanente con la Comisión Nacional que represento por la falta de colaboración para coor de Emergencias, en el sector de materiales peligrosos, dinar acciones, regular el funcionamiento de las empre participando activamente en la organización de activisas industriales y que los profesionales cumplan con dades de divulgación, con la realización de conferensus obligaciones éticas.
cias, mesas redondas, cineforum, etc. dirigidas al públiNada más lejos de la realidad.
co en general, actividades que se repetirán en julio del No han transcurrido ni dos meses desde que la Comi presente año. en la acción coordinadora que tiene el sión de Fiscalía de este colegio convocó a una reunión Colegio en la traducción y homologación de normas iny al Dr. Castro, con el fin de aclarar los alcances de las ac ternacionales de almacenamiento y transporte de mateciones de ese departamento, a la luz de la Ley Constitu riales peligrosos, que se está realizando para la Comitiva del colegio. Como resultado de esta, el Lic. Arturo sión Nacional de Emergencias y que llenarán un vacío Navarro, como representante del Dr. Castro, se compro existente en la legislación actual.
metió a emitir las disposiciones del procedimiento por Por otro lado, no recibi ningún mensaje en mi oficina seguir en relación con la acción conjunta que se estable o en mi casa de habitación por parte de la periodista ceria entre su departamento y el colegio. Por lo que es Orozco, para referirme al incendio de Zapote. Debo haajena a la realidad la falta de colaboración a la que se cer notar que la cita cancelada fue previa a que ocurrierefiere el Dr. Castro. En esta misma reunión se reiteró ra el incidente en mención y que era para referirme a la la posición permanente del colegio de vigilar porque sus colaboración dada por el Colegio a la Comisión de colegiados actúen de acuerdo con nuestro Código de Eti Emergencias.
ca. Una de las motivaciones para la citada reunión fue Con ánimo de aclarar ante la opinión pública unas precisamente la de manifestarle al Dr. Castro la posi declaraciones que afectan la buena imagen de nuestro ción vigilante del Colegio para que las oficinas públicas Colegio, es que le dirijo estas líneas, esperando recibir exijan el cumplimiento de la Ley del Colegio y que las de su parte la posibilidad del derecho de respuesta que empresas industriales cuenten con un regente químico considero justo y necesario, sin tener que recurrir a responsable. Las declaraciones del Dr. Castro, consig. otros medios para lograr una aclaración de esta mala nadas por la periodista presentan un matiz de casi com interpretación de la posición y actuación del Colegio piacencia por parte del Colegio en permitir actitudes res que tengo el honor de representar. uy desacertado está el Sr. Carlos Murillo Zamora en su artículo Estado y Religión. al atacar la docencia católica en escuelas y colegios; esto es un mandato constitucional establecido porque el 95 del pueblo tico es católico y así lo aprobó y contra esto no hay nada valedero; a nadie se le persigue por cuestiones religiosas, los escolares hijos de sectarios protestantes no están obligados a recibir clases católicas y no comprendemos cuál es el problema. El señor Murillo dice no practicar culto religioso alguno y se pregunta qué bases hay para que el Estado destine millones de colones para mantener la enseñanza del catolicismo y añade que bien podrían aprovecharse en otros rubros, sobre todo en educación. El Sr. Murillo peca de amnesia per niciosa al no recordar que dicha enseñanza es un mandato constitucional obligatorio y sobre todo olvida que los mandamientos de la Ley de Dios y de la Iglesia Católica Apostólica y Romana son la génesis de los derechos humanos, y que es obligación cívica adquirir esos conocimientos en los Centros de Educación, por los educandos, para que sea posible la convivencia pacífica, justa y democrática entre los diversos miembros de la sociedad humana. Señor Murillo: la enseñanza religiosa es educación por antonomasia.
noble ROI Manabatga Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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