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Réplicas Los propietarios también están agobiados. EDUARDO OCONITRILLO GARCIA eo en LA REPUBLICA del 11 de mayo de 1993, un titular que dice: Inquilinos agobiados por altos alquileres. pero yo, como pequeño propietario, también estoy agobiado con un alquiler fijo durante cinco años, sin aumento escalonado.
Para solicitar que se me aumente la renta, tengo que ir a un incidente de alquileres, que me lleva uno o dos años, porque el abogado de mi inquilino se encarga de darle largas y largas para que su cliente siga pagando lo mismo. Además, al estar suspendida la Ley de Inquilinato, no emiten los tribunales sentencias y los seis o siete años que llevo con la misma renta, quién sabe, al final, en cuánto tiempo más se van a convertir. a otros propietarios les ha ido peor, porque hay inquilinos que no les pagan desde hace meses y no los pueden desahuciar, porque los artículos que se refieren al desahucio en el Código Civil, fueron bloqueados con un recurso de inconstitucionalidad. Después por la suspensión de la Ley de Inquilinato. El argumento de estos señores era muy sencillo: no querían depositar las mensualidades atrasadas de renta como lo pide el Código Civilhasta que hubiera un fallo. Si les era favorable a ellos, pagaban y se quedaban en el inmueble. Si les era desfavorable no pagaban y se iban. No es esto una inmoralidad. Hay alguna otra actividad económica en Costa Rica con precios fijos por cinco años, más un juicio largo y costoso para que le reconozcan a uno un aumento de renta por otros largos cinco años? Y, muchas veces, le pagan a uno no lo que dice el perito, sino lo que con base en ese peritazgo decida un juez. Es decir, la rentabilidad de su inversión está en manos de una autoridad judicial ajena totalmente al propietario que es el que asume el pago de impuestos, mantenimiento del inmueble y grandes riesgos. cuáles son esos grandes riesgos?
1) La inflación que nadie sabe a qué niveles va a estar dentro de 5, o años, en que tiene derecho el propietario a un nuevo aumento después del incidente de alquileres.
2) Usted pierde al posesión del inmueble que alquila porque la Ley actual les garantiza a los inquilinos el usufructo de la propiedad por tiempo indefinido al vencimiento, en forma obligatoria para el arrendante y potestativa para el arrendatario. No será esto inconstitucional. Lo anterior quiere decir que el inquilino puede irse cuando quiera, pero el propietario no puede solicitar la vivienda, salvo para pedirla para un hijo o pariente cercano, cumpliendo una serie de requisitos. Pero si es una sociedad la que alquila, o si usted alquila para un comercio o para una oficina, tendrá que pagarle a sus inquilinos por derecho de llave lo que quieran pelirle. Sólo así recobrará su propiedad. En otras palabras, usted es el propietario para pagar impuestos, pero el inquilino, de hecho es el dueño de su propiedad, ya que puede usufructar y disponer de ella casi indefinidamente, y pagándole alquileres fijos por cinco años.
3) Altos y crecientes costos de mantenimiento.
4) Le pueden depositar judicialmente y en cualquier parte del país.
5) Si el inquilino se va, muchas veces le deja daños tan grandes, que usted tiene que invertir grandes sumas en reparar la propiedad.
6) Si le atrasan el pago del alquiler, usted no puede desahuciar a su inquilino porque la Ley está suspendida como ahora o porque hay recursos de inconstitucionalidad contra los artículos del Código Civil que regulan el desalojo, etc. etc.
Durante estos últimos años, cuántas veces ha subido el precio del pan, del arroz, de los frijoles, de la leche, de la luz y del agua, etc. etc; pero tenemos los propietarios que aguantarnos los cinco años de alquileres fijos y después ir al tantas veces mencionado incidente de alquileres para que nos den un aumento, como una limosna. Es que los propietarios no tienen estómago, o es que todos son millonarios y deben subvencionar a sus inquilinos, aunque sean comerciantes o profesionales que todos los días pueden aumentar el costo de los bienes que venden o de los servicios que prestan. No debiera haber dos leyes de inquilinato, una para comerciantes y profesionales, y otra para viviendas? No, porque el maridaje entre comerciantes y profesionales con los padres de familia que alquilan viviendas, ha sido muy provechoso para los primeros.
Se queja el redactor del artículo que comentamos de los altos costos de alquileres, que entre un 20 o 25 de la población alquila viviendas en Costa Rica, de que los alquileres consumen el 64 de los salarios.
Esto refleja que la Ley de Inquilinato no ha servido para solucionar el problema de la vivienda en Costa Rica. Esto es bien sabido. No favorece la Ley de Inquilinato a la familia que vive debajo de un puente, ni a la familia que perdió la casita de sus sueños cuando el Banco les aumentó los intereses del préstamo con que había construido con grandes esfuerZOS.
Ni a la mujer sola que alquila un cuarto y que ni sabe que hay una Ley de Inquilinato, y si lo sabe, no tiene acceso a un abogado, porque la ley es tan complicada que sólo ellos pueden litigar. Los alquileres son altos actualmente, porque los costos de construcción y de mantenimiento también son súmamente al tos, porque los riesgos son muchos, porque la Ley de Inquilinato actual no estimula la inversión en edificios para alquilar jamás podrá estimularla con rentas fijas por tres años. a quién favorece la Ley de Inquilinato que nació de la emergencia de la Segunda Guerra Mundial.
en 1939? Pues a los que están acomodados, los que pa.
gan muy poco alquiler a costillas de sus propietarios.
Porque el negocio está en alquilar, no en construir. es muy eficaz en tiempos de campaña política, como los actuales, para hacer demagogia, para lograr votos fáciles, porque nos han hecho aparecer a los propietarios durante más de 50 años como los ma.
los de la película. como los oligarcas, los ultraderechistas, millonarios, etc. etc. Es el famoso síndrome del señor Barriga. con que se engaña a la gente. Si la Ley estimulara a la construcción, además del empleo que generaría, se construiría más y la mayor oferta de inmuebles para alquilar, bajaría sus precios. No se han dado cuenta que el sistema comunista quebro?
Pero seguimos con un régimen socializante, fuera de época y de toda realidad. los pocos propietarios que quedamos nos podrán arruinar. Falta poco. Los propietarios no pueden salirse de negocio tan malo, si no es pagando un oneroso derecho de llave, que en la práctica es el derecho de pagar muy poco por un alquiler. Pero mientras no haya inversiones en edificios para alquilar, los alquileres serán más caros. el gobierno de turno inventará un nuevo INVU, un nuevo BAMBI, un nuevo ministerio de vivienda, con lo que habrá más burocracia y el problema será peor.
El actual gobierno ha tenido como política privatizar servicios. Pero una actividad típicamente privada, como son los alquileres, lo que quieren es liquidarla.
Hace más de 50 años los gobiernos de turno han intervenido en la construcción de las viviendas de carácter social. pero acaso han resuelto ese problema?
Si los inquilinos están agobiados por altos alquileres y los propietarios están agobiados por bajos alquileres, algo está pasando. Quiénes son los que están ganando? Pues muchos inquilinos que están acomodados y muchos políticos que hacen demagogia con una ley que para beneficio del país, debiera haber sido cambiada radicalmente desde hace muchos años.
Premios, no limosnas AIDA DE FISHMAN Ministra oincido plenamente con la periodista Mariana Lev, cuando señaló, en el editorial del pasado 20 de mayo, que lo que debiera ser motivo de orgullo nacional, se torna casi caricaturesco cuando salen a la luz pública los montos de los premios nacionales.
Con esa idea en mente, y considerando la importancia que para el país tiene la producción artística y el estímulo que de la misma debe hacerse, fue cuando decidimos, en el Ministerio de Cultura, Juventud Deportes, buscar la aprobación de una ley que permitiera hacer un justo reconocimiento al quehacer profesional en las áreas de teatro, danza, pintura, ciencia, periodismo y civismo, así como corregir algunos pro blemas en la configuración de los jurados y en la distribución de sus responsabilidades.
Creo conveniente aclarar a la opinión pública que, ciertamente, durante muchos años no se buscó solución a las limitaciones que imponía la Ley No. 2901, aprobada el 24 de noviembre de 1961, pero que, sin embargo, no es válida la afirmación de la periodista de que fue por iniciativa de un solo diputado. y que se trata de un antiguo y recontra archivado proyecto.
Al respecto debo decir que el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes presentó, en febrero de 1991, el proyecto de ley correspondiente a consideración de los señores Diputados, el cual fue aprobado por la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, con un dictamen afirmativo unánime.
Durante los meses de julio a noviembre de 1992, fue aprobado, en primero y segundo debate, luego de ser devuelto en varias oportunidades a Comisión, para el estudio de algunas mociones presentadas. Vale señalar que, gracias a estas mociones, se hicieron algunas correcciones a dicho proyecto, que hace que los montos se actualicen conforme lo hacen los salarios de un jefe profesional 3, de la administración pública.
Para el de noviembre de 1991, este proyecto estuvo nuevamente en el orden del día. sin embargo, concluyó el período de sesiones ordinarias y no se pudo incluir, a pesar de nuestras gestiones, en el de extraordinarias.
El 30 de junio de 1992, los jefes de fracción alteraron nuevamente el orden del día y el expediente de Premios Nacionales pasó a ocupar el lugar 28, peor no hubo oportunidad de verlo en ese período. No fue sino hasta el 10 de mayo de 1993 en que, por solicitud de los jefes de fracción, que se determinó conocer la Ley de Premios Nacionales en el plenario.
Tal y como todos sabemos, esta ley se aprobó justamente el 13 de mayo recién pasado, gracias al esfuerzo de este Ministerio y al apoyo que recibió el proyecto por parte de los diputados de la Comisión: Danilo Aguilar González, Manuel Bolaños Salas, Danilo Chaverri Soto, Rolando Laclé Castro, Flory Soto Valerio, María de los Angeles Sancho Barquero, Carlos Sequeira Lépiz, Hugo Alfonso Muñoz Quesada y Edgar Ugalde Alvarez y Miguel Salguero.
Después de tres laboriosos años, pudimos anunciar, precisamente el día que se hizo entre ga de los Premios Nacionales correspondientes a 1992, que horas antes se había aprobado y que el Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes podría otorgar, a partir de 1993, un premio acorde con la labor de tan destacados profesionales, Nuestro agradecimiento a todo el equipo del Departamento Legal y otras instancias del Ministerio, que no cesaron en impulsar el proyec to en la Asamblea Legislativa, que siempre tuvieron fe en que los Diputados comprenderían esta necesidad.
Reiteramos nuestro agradecimiento a la Comisión Permanente de Asuntos Sociales y muy en particular a los jefes de fracción, quienes le consignaron un espacio prioritario a este proyecto para que viera la luz y fuera ley de la Re.
pública.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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