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4A LA REPUBLICA. Miércoles 12 de octubre de 1994 Nacional Sala Cuarta declara con lugar recurso Satisfacción Inconstitucional y optimismo la Ley Vesco El autor del recurso de inconstitucionalidad y tres directores de medios de prensa coincidieron en que el fallo es trascendental.
Los magistrados anularon la restricción legal que impedía a los extranjeros ser dueños de medios comunicación.
JOSÉ FUENTES RODRIGO PERALTA La República El abogado recurrente, José Manuel Gutiérrez, y tres directores de medios de prensa se mostraron satisfechos y optimistas por el fallo de la Sala Constitucional.
Para el director institucional de LA REPUBLICA, Carlos José Gutiérrez, el fallo judicial viene a fortalecer la corriente mundial que promociona las inversiones extranjeras.
Entre tanto, el presidente de la Cámara de Diarios Nacionales (CADINA) y director de La Prensa Libre, Andrés Borrasé, así como el abogado Gutiérrez opinaron que la resolución permite de una vez por todas saber quiénes están al frente de medios de comunicación, evitándose que sean terceros los que aparezcan como supuestos responsables directos de esas empresas.
El director de NC4, Ignacio Santos, advirtió que no conocía las razones por las que los magistrados llegaron a tal decisión, pero dijo estar esperanzado de que el país se beneficie con ello.
RODRIGO PERALTA La República La Sala Cuarta declaró ayer inconstitucional la prohibición que impedía a los extranjeros explotar medios de comunicación costarricenses, disposición que estaba contemplada en el artículo segundo de la Ley que Regula la Explotación de los Medios de Difusión y Agencias de Publicidad, más conocida como Ley Vesco.
El fallo se produjo en la tarde de ayer, según confirmó el licenciado Carlos Arguedas, magistrado instructor del caso, a través de la Oficina de Prensa de la Corte Suprema de Justicia.
Este recurso de inconstitucionalidad fue planteado el 11 de enero de 1993 por el abogado José Manuel Gutiérrez Gutiérrez, vicepresidente de LA REPUBLICA.
Además, el abogado es representante legal de la firma canadiense Hollinger, propietaria de varios prestigiosos diarios alrededor del mundo, entre ellos Daily Telegraph, de Londres, Inglaterra, y Jerusalem Post, de Israel.
José Manuel Gutiérrez, abogado recurrente. El fallo es muy importante por dos razones: se regulariza una situación que todos sabemos que existía y que nadie se había atrevido a definir, como es el hecho de que hay inversiones extranjeras en medios de comunicación a través de testaferros. Ahora se va a saber quiénes son los inversionistas. Además, este es un triunfo para la libertad de prensa, porque donde los extranjeros tienen los mismos derechos que los costarricenses es imposible que los primeros tengan restricción solo para invertir en medios de comunicación. Para la empresa (La República. es importante el fallo, ya que a partir de este momento los inversionistas canadienses, que tienen una participación mayoritaria como accionistas a través del fideicomiso Gironte, figura totalmente legal, van a participar directamente. Descarto la posibilidad de que la resolución permita el arribo de capitales indeseables, tesis que fue rechazada incluso a nivel de alegato durante la defensa del recurso de in.
constitucionalidad.
Carlos José Gutiérrez, La República. Estoy muy contento y satisfecho por la decisión de la Sala. Creo que esto vendrá a fortalecer aún más las inversiones extranjeras y no veo ningún peligro particular en ello. La ley que contemplaba tal restricción era casuística y fuera de época, de ahí que sucedió lo que correspondía: eliminarla.
por cable.
Un poco de historia la ley sobre explotación de medios de comunicación se la ha El abogado recurrente, José Manuel Gutiérrez, dijo anoche que el fallo perconocido más como Ley Vesco. mitirá la apertura de los medios de comunicación a la inversión extranjera.
Eso se debe a que, en los últimos años de la década de 1970, hubo un gran debate nacional por la razón la ley no logró los efectos tarricenses por nacimiento, o por supuesta posesión de acciones del deseados a lo largo de los años, hijos menores de costarricenses, hoy desaparecido diario Excél ya que los medios de comurica o bien por personas naturalizadas sior, en manos del financista Ro ción no se pudieron mantener so con no menos de diez años de rebert Vesco, quien es prófugo de la lo en manos costarricenses; men sidencia en el país, después de justicia de Estados Unidos por de cionó como ejemplo la televisión haber adquirido la nacionalidad. fraudación de fondos mutuos en rezaba el artículo segundo de la una suma superior a los 200 mi Desde 1978 hasta ahora han Ley Vesco.
Hlones ocurrido cambios de gran impor Tal artículo, en criterio de GuEsa presunta situación un tancia, que nos colocan en una si tiérrez, violaba la igualdad ante medio en poder de un extranje tuación totalmente distinta de la la ley entre costarricenses y exro generó debates y discusiones que se vivía cuando se aprobó la tranjeros, así como el debido pronacionales que culminaron con la Ley 6220. manifiesta el recurren ceso, y las libertades de informaaprobación de la mencionada ley te.
ción y de empresa, garantizados por parte de la Asamblea Legisla Explicó en el escrito que en el en los artículos 19 y 33 de la tiva, el 29 de marzo de 1978; con momento de aprobarse dicha le Constitución Política.
ello se impidió a los extranjeros gislación se estaba abandonando Asimismo, argumenta en el reser propietarios de medios.
un esquema político y económico curso que también se transgreEn aquellos años, se argumen diferente al que vino a sustituir dían varias disposiciones del Pactó que la legislación pretendía le. El nuevo se basó en la promo to Internacional de Derechos Cievitar que foráneos indeseables, ción de inversiones extranjeras viles y Políticos, además de la como Vesco, tuvieran acceso a para el robustecimiento de las Convención Americana sobre Delas empresas de comunicación y economías, corriente mundial rechos Humanos.
así evitar un peligro.
que está vigente.
Aún no se conocen los arguSegún Gutiérrez, la promulgamentos que llevaron a los magisción de la citada ley número Artículo segundo trados de la Sala Constitucional a 6220 fue, en resumen, solo eso: Los medios de difusión y las declarar con lugar el recurso, ya una reacción contra Vesco. agencias de publicidad únicamen que el voto apenas está en trámiEl abogado estimó que portal, te podrán ser explotados por coste de redacción.
Ignacio Santos, NC4. No conozco las consideraciones de los magistrados para dictar tal fallo y tampoco las razones que planteó don José Manuel Gutiérrez en su recurso, pero espero que la decisión no altere la forma en que se han administrado hasta el momento los medios de comunicación y las agencias de publicidad. Ojalá que esta resolución sea para el bien del país; eso solo el tiempo lo dirá.
Andrés Borrasé, La Prensa Libre. Para los costarricenses sería muy bonito que todos los medios fueran de nacionales, pero no debe haber restricción para que extranjeros inviertan en ellos, si hay libertad para que lo hagan en las industrias, el turismo y el comercio. Es mejor trabajar de frente sabiendo quién es el inversionista y no que quede la posibilidad de que extranjeros utilicen a nacionales para invertir en medios de comunicación. Está bien hecho el haber acogido el recurso porque, excepto en ciertas cosas como el voto, la Constitución Política de Costa Rica garantiza a los extranjeros los mismos derechos que a los nacionales. Ahora le corresponderá al Gobierno vigilar que esas inversiones no dañen al país.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

    Andrés BorraséEngland
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