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הו, הייז ידייר b) Adeudo de años anteriores En el recibo que se le acompaña no se deben incluir los adeudos de años anteriores, los cuales deben cancelarse en recibos separados.
El recibo que se les remite es para consignar el impuesto de renta del período 92, únicamente.
Gastos: En este se anotarán los montos de los gastos necesarios para producir la renta. En anexos debe desglosarse lo correspondiente a los renglones 131 a 134 y 139.
CUADRO D: Resumen de cuadros y CH VI SOLICITUD DE INFORMACION ADICIONAL los teléfonos 22 91 22 Ext 227, 22 70 21.
Contiene el resumen de los cuadros y CH que determinan el total de Renta Bruta y de у Costos y Gastos que serán trasladados al cuadro para la determinación del impuesto.
sy CUADRO B: Determinación del impuesto Quiénes deben usar los formularios R3. Lo usarán las personas jurídicas de cualquier naturaleza, sin importar la cuantía de las rentas que hayan obtenido en el período fiscal 92 (1 de octubre de 1991 al 30 de setiembre de 1992, o que tengan período fiscal especial autorizado. o cuatro meses de constituídas.
Al total de renta bruta (renglón 200) se le resta el total de costos y gastos (renglón 300) y se obtiene la renta imponible gravable, que se anota en el renglón 400 y que es la base para el cálculo del impuesto.
CALCULO DEL IMPUESTO II Recibo de pago la renta líquida gravable (renglón 400. se aplicará la tabla siguiente según los ingresos brutos de la empresa en el período fiscal.
Adjunto encontrará su recibo de pago debidamente codificado con la finalidad de facilitar al contribuyente el pago de su impuesto en cualesquiera de los bancos autorizados antes del 31 de diciembre de 1992, excepto los que tienen período fiscal especial. Hasta 800. 000. 00 de ingresos brutos, el 10 (diez por ciento) sobre la renta neta.
III Plazos para presentación y pago. Hasta 600. 000. 00 de ingresos brutos el 20 (veinte por ciento) sobre la renta neta.
El plazo para la presentación de las declaraciones del impuesto sobre la renta, vence el 30 de noviembre de 1992, a excepción de las que tienen periodo fiscal especial. Empresas con ingresos brutos superiores a 600. 000. 00 el 30 (treinta por ciento) sobre la renta neta.
El plazo para el pago vence el 31 de diciembre de 1992, excepto para las que tienen período fiscal especial. Las empresas que no hayan realizado actividades durante el período fiscal deberán presentar la declaración jurada.
IV. INFORMACION GENERAL El monto del impuesto resultante se anotará en el renglón 410 del cual se podrá deducir cuando corresponda, el monto de crédito fiscal por contrato, si se indica el número de contrato. Datos Personales Estado Patrimonial Para las personas registradas como contribuyentes, los datos aparecerán impresos en etiquetas autoadhesivas que acompañan el formulario R3, que se les remiten. En caso de existir un error en ellas deberán anotar los datos correctos en el espacio que para tal efecto aparece en la fórmula (cuadro El contribuyente debe proporcionar un estado detallado de los diferentes rubros que forman el balance general, con sus respectivos valores, con copia y debidamente firmados.
Documentos que debe acompañar la declaración Contribuyentes que declaran por primera vez Los que son contribuyentes por primera vez deberán proporcionar en forma completa toda la información solicitada. Los datos relativos a la identificación de declarante, se anotarán de la siguiente forma: Los que la ley exige aportar, tales como estados de situación, beneficiarios de alquileres, intereses, pago de dividendos, remesas al exterior, inventario de ganado, compras y ventas de ganado, etc.
La sociedades de derecho, cooperativas, asociaciones solidaristas, indicarán la razón social con la cual están registradas en el Registro Nacional, Padrón Jurídico, las sociedades de hecho anotarán el nombre y apellidos de cada uno de sus integrantes.
Para poder aplicar las deducciones a la renta bruta con contratos amparados a leyes especiales y para créditos del impuesto por contratos forestales, debe indicarse el número del contrato y acompañarse copia del mismo, si anteriormente no ha sido aportado.
Capital Neto Las sociedades de derecho, cooperativas y asociaciones solidaristas anotarán el número de cédula jurídica otorgada por el Registro Nacional, las sociedades de hecho, el número de identificación que les otorgará la Dirección General de la Tributación Directa.
En el caso de sociedades inscritas en el Registro Mercantil, deben indicar el capital neto, en la línea correspondiente de la página 1, el que se determinará restándole al activo el pasivo (nos incluye pasivos contingentes) y los dividendos distribuídos y no pagados al 30 de setiembre de 1992 o al último día del mes que cubre el período fiscal especial autorizado.
Preferiblemente indicarán el domicilio fiscal por calles, avenidas y número de casa, caso contrario la dirección debe ser clara y lo más breve posible. En ningún caso debe anotarse en este espacio el apartado postal.
El distrito, cantón y provincia correspondiente al domicilio fiscal anotado en el concepto anterior.
Direccia 6991009191 Pagos parciales del impuesto a) Pagos Parciales Tacional Número de teléfono, número de apartado postal y lugar donde se ubica este último.
Si las personas estando obligadas no han realizado pagos parciales para este período, se les advierte que el importe que consignan en el recibo que se acompaña a la declaración, se imputará en primer término a los pagos parciales y sus recargos.
La actividad económica del declarante. Cuando existe más de una, se indica la que generó el mayor ingreso del período fiscal, así mismo el lugar donde realizó la actividad.
b) Adeudos de años anteriores Procedimientos para determinar el impuesto Cuadro C: Ingresos, Costos y Gastos En el recibo que se le acompaña no se deben incluir los adeudos de años anteriores, los cuales deben cancelarse en recibos separados.
El recibo que se les remite es para consignar únicamente el impuesto de renta del período 92.
En este cuadro el declarante indicará los ingresos y los costos y gastos (estos últimos deben detallarse en anexo. según la actividad económica que ejerza. En cuanto a los rubros: VI. SOLICITUD DE INFORMACION ADICIONAL Otros ingresos Corresponde a los obtenidos por rentas tales como intereses ganados, comisiones, etc. Deben detallarse en anexo. Mediante los teléfonos 22 9122 Ext. 227 o 22 7021.
Ingresos no gravables Ingresos que deben rebajarse por haber sido incluídos en los rubros anteriores y que no son gravables al estar exentos por ley (debe detallarse en anexos. Otros gastos y o partidas deducibles Se anotarán gastos y partidas deducibles tales como amortización de pérdidas de operación en empresas industriales y o agrícolas, etc. Partidas no deducibles Partidas que se incluyeron en los renglones de gastos y que no son deducibles (Impuesto de renta, intereses pagados a socios de sociedades y otras contempladas en el artículo de la ley.
KRIBU ACION Ministerio de Hacienda TA CUADRO CH: Comisiones, alquileres, intereses, etc.
Ingresos: En este aparte el declarante anotará el nombre y número de cédula de identidad del pagador y monto de comisiones, alquileres, intereses, etc. obtenidos durante el período fiscal.
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