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LA REPUBLICA, domingo 18 de enero de 1976 17 Nuevas regulaciones para las ventas a plazos en de 13 de setiembre de 1972. a efecto de que se lean de la siguiente manera. Artículo Son sociedades financieras de inversión y de crédito especial de carácter no bancario, para los fines de esta ley, todas las sociedades legalmente constituidas y las sociedades; de hecho que actúen como intermediarios financieros en los mercados nacional o extranjero o en ambos, que destinen como giro normal los recursos propios o de terceros. a la realización de cualquiera de las siguientes operaciones principales: a) Provisión de fondos, capital de trabajo y financiación general para las actividades que realizan otras empresas, sociedades o personas físicas; y b) Compra y venta de títulos valores y demás instrumentos o valores financieros o crediticios emitidos.
Quedan igualmente comprendidas dentro de las regulaciones de esta Ley las (Pasa a la página 18)
JUNTA DE PROTECCION SOCIAL DE SAN RAMON Nuevas regulaciones sobre actos concediéndole un plazo no mayor mercantiles Herivados de las de ocho días para que se ponga a ventas a plazos y la operación de derecho; pasado dicho lapso, si sociedades financieras de in considerare que la situación que versión ha. emitido el Poder dio origen al apercibimiento aún Ejecutivo subsiste, procederá a denunciar o Un proyecto de ley para ela. acusar penalmente a los posibles borar un decreto que abarque infractores. La jurisdicción penal estas regulaciones fue remitido por de hacienda será la competente el presidente Daniel Oduber y el para conocer de las conMinistro de Hacienda Porfirio travenciones a esta ley; el juicio Morera a la Asamblea Legislativa. deberá ser tramitado por los El articulado de la nueva ley (la procedimientos establecidos en el exposición de motivos fue Artículo 100 de la Ley Orgánica adelantada por La República del Banco Central de Costa Rica.
desde el mes de diciembre de 1975) 1552 de 23 de abril de 1953.
dice en su texto: pero sin que los funcionarios que Artículo 1º. Adicionase el administran la justicia puedan artículo 4º de la Ley 5519 de 24 solicitar prórrogas para dictar la de abril de 1974. para que se lea sentencia respectiva. Las multas aplicables, que serán a favor del Articulo El Banco Central Fisco, serán graduadas según la de Costa Rica podrá regular las gravedad de la infracción; no pocondiciones y los términos de las drán ser menores de mil colones ni ventas a plazo de bienes y servicios mayores de cincuenta mil, por cacuando se justifique por razones dfa operación que no cumpla con de su política monetaria, crediticia las regulacones emanadas del y de balanza de pagos.
En tal Banco Central. En caso de reincicaso, dicho Banco también podrá dencia podrán aplicarse multas de regular cualquier acto mercantil, cinco mil a cien mil colones.
que aunque no fuere de compraventa, verse sobre arrendamiento, SOCIEDADES FINANCIERAS préstamo, depósito u otra forma DE INVERSION de contratación sobre bienes Artículo Modificase los o servicios que estén sometidos a artículos y 19 de la Ley 5044 las regulaciones sobre ventas a plazo.
Queda expresamente facultado el Banco para reglamentar las condiciones de utilización de las tarjetas de créasí: Al Cuerpo Médico avisa que abre concurso para las siguientes plazas en el hospital Dr. Carlos Luis Valverde Vega de San Ramón: Jefe de Clínica de Ortopedia y Traumatología (4 horas diarias. Jefe de Clínica de Medicina Interna (4 horas diarias) Jefe de Clínica de Pediatría (4 horas diarias)
REQUISITOS: Los que señala la ley de Servicios Médicos y estar debidamente inserito en la respectiva especialidad.
SALARIO: De acuerdo al escalafón médico nacional. Se reciben los documentos en la Oficina de Personal del hospital Dr. Carlos Luis Valverde Vega, en horas y días hábiles hasta el día 18 de enero 1976.
dito CONTRATOS DE VENTA.
Artículo Los contratos de venta a plazo de bienes y servicios regulados por el Banco Central, sólo tendrán fuerza ejecutiva cuando estén constituidos en un certificado oficial de prenda o en escritura pública y sean presentados para su inscripción al Registro respectivo en un término no mayor de un mes a contar de la fecha en que se efectuó la venta.
icho lapso, el Registro no podrá recibir el documento y el acreedor no podrá hacer valer su derecho en la vía ejecutiva simple o prendaria Artículo Para que el Registro de Prendas pueda ordenar la inscripción de un documento en el que conste obligación prendaria proveniente de la venta a plazo de artículos sujetos a las regulaciones del Banco Central, se requerirá que el documento evidencie que en el contrato principal, se han cumplido dichas regulaciones. Asimismo el registrador deberá exigir la presentación de copia de las facturas de venta de los artículos dados en prenda, a fin de determinar si el registro se está haciendo dentro del término y con las condiciones de ley.
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA AVISO LOS EXPORTADORES DE PRODUCTOS NO TRADICIONALES una un a FISCALIZACION Articulo La Auditoría General de Bancos se encargará de fiscalizar y vigilar el debido cumplimiento de las regulaciones dictadas por el Banco Central sobre ventas a plazo de bienes y servicios.
Las personas físicas o jurídicas que realicen actos de comercio relacionados con la contratación de bienes y servicios regulados por el Banco Central, están obligados a suministrar la información que requiera la Auditoría General de Bancos para el debido cumplimiento de sus labores de fiscalización y vigilancia, así como a concederle todas las facilidades necesarias para la verificación de los informes. Asimismo, el Registro de Prendas queda obligado a proporcionar a la Auditoria General de Bancos los informes que esa Dependencia le solicite. y a facilitar a sus funcionarios el examen de los documentos y registros respectivos.
Artículo Cuando la Auditoría General de Bancos determine que una persona fisica o jurídica no cumple con las disposiciones dictadas por el Banco Central sobre ventas a plazo, la apercibirá por medio de carta certificada, Dentro del conjunto de medidas adoptadas para incrementar la exportación de productos agropecuarios e industriales, no tradicionales, ha establecido estímulo adicional los exportadores que logren incrementar sus ventas a mercados fuera del Istmo centroamericano.
La Junta Directiva dispuso destinar una partida, estimada en 15 millones de colones, proveniente de las sobretasas temporales a la importación, establecidas este mes.
El nuevo estímulo consiste en otorgar un 10 de subsidio a los incrementos de las exportaciones en 1976, con relación a 1975.
La mecánica se hará por medio del Certificado de Incremento de Exportación (CIEX. que será pagadero a la vista en colones.
Los interesados pueden ampliar información en el Departamento de Transacciones Internacionales del Banco Central, llamando a los teléfonos: 22 67 77 y 22 68 55.
ly San José, 16 de enero de 1976.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.

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