Debido a los elevados costos del mantenimiento de las imágenes, se ha restringido su acceso solo para las personas registradas en PrensaCR.
En caso de poseer una cuenta, hacer clic en “Iniciar sesión”, de lo contrario puede crear una en “Registrarse”.
12 LA REPUBLICA, Jueves 24 de noviembre de 1977 Aprobadas reformas al Código Procesal Penal un a se a El Plenario del Tercer resolución que le cause pagar esos servicios, todo lo derecho subjetivo de acudir a la via civil or o no al juez. Todas las mo.
Congreso Jurídico Nacional perjuicio, salvo de la sen cual se hará una vez con procesal, que surge del dinaria, basado en el dolo o dificaciones dichas tienden aprobó anoche reformas tencia absolutoria, pues lo cluido el asunto principal. principio de inocencia pre culpa civiles, artículos 1045 a que, los asuntos sean sustanciales al Código de que procede contra ella, en 5º En los artículos 44, 97, visto implícitamente en el y siguientes del Código Ciresueltos en definitiva por Procedimientos Penales, determinados casos es el 161 a 168, 372 a 383, que se artículo 39 de la Consvil.
los Tribunales de Justicia.
con lo que culminó una la recurso de casación, y para refieren a la Policía Judicial, titución Política, y en forma En cuanto al 11. El juicio de faltas y boriosa labor de más de un éste si se considera se armonizan sus dis expresa en el artículo del querellante y a las partes ci contravenciones está pre año realizada por una necesario que se haya posiciones con las de la Ley Código. Se pretende asi en viles, se regula mejor la visto en los artículos 423 a Comisión Preparatoria. constituido en actor civil. Orgánica del Organismo de primer lugar el intervención del abogado, 427. En todos ellos se in.
El trabajo de la Comisión Todo eso se indica ex Investigación Judicial reconocimiento del derecho para evitar el formalismo troducen modificaciones Preparatoria fue revisado y presamente en las reformas manteniendo siempre como la excarcelación, en del artículo 87, que en la que fundamentalmente se aprobado por una Comisión que se proponen a los ar garantía una obligatoria y segundo lugar la denega. práctica ha dado lugar a didirigen a exigir que en el de Trabajo del Tercer tículos 158, 290, 322, 328 y amplia defensa del im toria facultativa, para lo que ferentes interpretaciones, y parte o denancia se indique Congreso y finalmente, 450.
anoche se aprobaron las re 2º También en cuanto a formas, conocidas glo recursos se contempla la balmente y como temas posibilidad de la casación, generales.
no sólo por los errores de ΕΙ siguiente es el derecho sino también por enunciado de los temas los de hecho, articulos 383.
generales que fueron apro400 inciso 4º y 484, y que el bados mencionado recurso Las reformas concretas presente no ante el Tribunal serán enviadas de inmediato que dictó la resolución por el Colegio de Abogados impugnada sino ante la Sala a la Asamblea Legislativa, de Casación como siempre como un anteproyecto de se ha hecho en Costa Rica ley, a fin de que éste sufra el en todas las materias, artrámite constitucional que tículos 477 y siguientes.
corresponde la El recurso de queja, promulgación de leyes: artículos 486 y siguientes, se 1º Artículo 5: Mantiene propone como apelación de la acción penal pública en el hecho, que es como siempre Ministerio Público, base del se ha denominado y regulasistema, pero se propone un do en nuestros Códigos agregado en el sentido de Procesales.
que, el damnificado, el actor Se mantiene el requisito civil y del demandado civil de que los recursos deben podrán intervenir en el fundamentarse al inproceso en los casos y en la terponerlos, pero se elimina forma expresamente se la audiencia previa de la re Aspecto parcial de la Sala de Secretariado del Congreso Jurídico, cuya labor ha sido fundamental para el buen éxito del ñalados en el Código. ΕΙ vocatoria, el tener que Importante trabajo que se realiza.
concepto de damnificado es manifestar ante el Tribunal más amplio que el de de alzada que se mantiene putado.
se tomará en cuenta no sólo evitar también el ejercicio la prueba, a evitar que en el ofendido, pues comprende la apelación, y la audiencia En cuanto a la exla pena sino también la na ilegal de la profesión, ar caso de que el imputado no tanto al ofendido directo oral en esta por el men carcelación se refiere, de turaleza y circunstancias del tículo 87, 57. inciso 6º y se reconozca culpable, se como a otras personas que cionado Tribunal, por tra acuerdo con las normas hecho, y por último los casos 431, inciso 6º.
convoque de inmediato al sufren daños y perjuicios a farse de requisitos y for vigentes, podrá concederse de improcedencia.
juicio oral y público, sin haconsecuencia del hecho malismos que en la etapa en los casos del artículo 297 En el artículo 395 se 10. En los artículos 158.
ber tenido un término para punible.
escrita del proceso a nada y podrá denegarse en los del proponen los requisitos de 347 y 414 se propone que la proveer a su defensa, por lo Sea ofendido directo o conducen y lo que hacen es 298.
la sentencia, adaptados a la disconformidad con la no, el damnificado puede que se le da un plazo de 24 atrasar el asunto, por el En la Asamblea Legisla mentalidad juridica del ejercer la acción civil y intenso trabajo y la gran tiva está en trámite un costarricense, conconstituirse por lo mismo en cantidad de señalamientos proyecto de reforma, que cretamente a los artículos actor civil y en tal calidad que tienen los tribunales, tiene dictamen de mayoria 102 del Código de Proce.
intervenir en el proceso. Articulos 452, 461, 468 y afirmativo, publicado en el dimientos Penales de 1910 y Pero la idea de ampliar la 469.
Alcance Nº 11 de la Gaceta 84 del Código de Procenorma, o sea que en de 30 Dentro de ese mismo del 26 de enero de 1977, dimientos Civiles, desde terminados casos que se seorden de ideas se propone página 397, en el sentido de luego, en cuanto sea compafalarán expresamente, pueeliminar también la que no podrá concederse en tible con el nuevo sistema.
da intervenir aún sin haber audiencia oral que en el el caso del inciso del Si se ejerce la acción civil establecido la acción civil. trámite de las excepciones articulo. 297, que sin resarcitoria no puede Desde luego, esa amplitud establece el artículo 331. embargo podrá otorgarse en condenarse en abastracto, no puede ser tanta, que le En cuanto al defensor el del inciso 2º de ese mismo debe indicarse el monto de permita intervenir en todos público, cuya intervención articulo, y que en los demás las dafios y perjuicios y de los actos del proceso, sino se da en la casi totalidad de casos podrá denegarse la las costas, como se indica en solamente en los casos y en los casos, se propone en el excarcelación, conel inciso e. la forma expresamente artículo 83 que sus servicios cretamente en los del ar Con respecto a la estipulados en el Código.
sean gratuitos para las tículo 298 acción civil resarcitoria se como son por ejemplo el de personas que son acreedoras ΕΙ licenciado Horacio introducen modificaciones recurrir del auto que al beneficio de litigar como López Castro, Presidente en lo que se refiere a su desestima la denuncia del pobres que establece el Co del Tribunal Superior ejercicio por los herederos o auto de falta de mérito, del digo Procesal Civil, pero que Segundo Penal, presentó un los presuntos herederos, sobreseimiento, de la para las demás, se haga una proyecto, que fue el que se articulo 9; a su ejercicio por prórroga extraordinaria, y información rápida por el aprobó, que parte de la base el Ministerio Público. sólo en general, de toda Tribunal y se les obligue a de que la excarcelación es en cuanto a incapaces y a las personas acreedoras al Llc. Miguel Blanco, presidente de la Comisión de Trabajo beneficio de litigar como del Congreso que estudió los fundamentos básicos de una pobres, articulo 10; se se reforma al Código de Procedimientos Civiles, tema que nalan mejor los requisitos conocerá posiblemente el Congreso Juridico del año del escrito.
para evitar entrante.
formalismos exagerados y se señalan la última oporsolicitud de desestimación horas para que ofrezca la tunidad para concretar los de la denuncia o de so prueba de descargo y luego daños y perjuicios y su breseimiento, sea resuelta se convoca a juicio. No es monto, antes del auto de ci por el Tribunal de necesario el nombramiento tación a juicio; Apelaciones y no por el de defensor, pero se permite se establece que la acción Ministerio Público, lo que se la intervención de éste si el civil se tramitará en papel conforma con los artículos imputado concurriere común y estará exenta de 153 de la Constitución Poli EL. Se ordena que del tasas o impuestos fiscales. tica, de la Ley Orgánica resultado del debate se le.
artículo 57: para evitar del Poder Judicial, y por lo vante una acta laconica, y dudas que se han planteado. mismo con la tradición y el para evitar las dudas que se en el párrafo final del ar ordenamiento juridicos han presentado en la tículo 59 se dispone que costarricenses. Por lo práctica, se establece excuando el imputado mismo también se propone presamente que la sentencia resultare condenado y en el derogar el artículo 422 que condenatoria impondrá el proceso penal o se hubiere establece que nunca podrá pago de los daños y perejercido la acción civil el Juez ordenar al imputado juicios y costas.
resarcitoria, el interesado si el Fiscal no formulare 12. Las demás reformas podrá ejercerla en la vía civil acusación ni imponer una y en juicio ordinario. Es sanción más grave que la que se proponen al Código, innecesario legislar para el aunque importantes desde pedida. Esta disposición ha luego no son sino caso de absolutoria, porque sido muy comentada úl consecuencia de las anComislón de Reformas Constitucionales, bajo la presidencia del Lle. Carlos José Gutiérrez en éste puede aplicarse la fimamente, sobre todo en el teriores, razón por la cual ta que fue, sin duda alguna, la Comisión en que se plantearon los asuntos más polémicos del facultad del artículo 11. y en sentido de si la solicitud de bién fueron aprobadas por congreso.
todo caso el interesado pue.
absolución del fiscal obliga la Comisión de Trabajo.
Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
Este documento no posee notas.