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FRENTE DE ORGANIZACIONES MAGISTERIALES PAG ре fe 12 nes.
nará y calificará el estado de invalidez y así La pensión por invalidez se pierde: Artículo 46. Monto de la prestación por dos en el artículo 52 de esta Ley. Se apliinvalidez cará la misma solución lo comunicará a la Junta.
el para compañero a) Por desaparición debidamente que se encuentre en las condiciones estipuEl solicitante de este tipo de presdeclarada del estado invalidante.
Cuando la pensión fuera extraorladas en el párrafo primero de este artículo tación deberá haber cumplido como mínib) Por solicitud de la conversión dinaria, se determinará como se indica en y que concurra con un viudo.
mo, con el pago de treinta y seis cotizacio en pensión por vejez.
el artículo 29 anterior, pero se dividirá esa nes mensuales.
c) Por muerte del beneficiario o suma entre el número de años exigido para Artículo 51. Impedimentos declaración de su ausencia.
la jubilación ordinaria o, según sea el caso, d) Por prescripción.
si se ha desempeñado el servicio con horaNo tendrá derecho a la pensión Artículo 39. Exámenes médicos rio alterno, en la enseñanza especial o en por viudez, el cónyuge superstite que se enzonas calificadas como incómodas o insa cuentre en los siguientes casos: El solicitante de las prestaciones SECCION III lubres y se multiplicará la cantidad así obpor invalidez deberá someterse a los exá Incompatibilidades tenida por el número de años de servicio. a) Estar divorciado o separado, judicialmenes, los tratamientos y los controles méy mente o de hecho, y no estar disfrutando, a dicos que determine el procedimiento de la fecha del fallecimiento del funcionario o declaratoria del estado de invalidez aludiArtículo 47. Vigencia de la pensión por pensionado, de una pensión alimenticia dedo en el párrafo segundo del artículo ante Artículo 44. Relación con las prestacio invalidez clarada por sentencia firme, salvo que derior.
nes por incapacidad laboral transitoria muestre que recibía, de hecho, una ayuda La pensión por invalidez comenza económica por parte del cónyuge o excónLas prestaciones por invalidez rá a regir desde el primer día del mes si yuge.
mencionadas en este Capítulo no se otorga guiente a la fecha en que se agoten las presrán a no ser que, primero, se hayan agota taciones por incapacidad laboral transito b) Haber contraído matrimonio con un SECCION II do las prestaciones por incapacidad labo ria o desde el primer día del mes siguiente pensionado o funcionario mayor de sesenta Persistencia del estado de invalidez ral transitoria. Para estos efectos, se enten al cese efectivo de funciones, en el caso de años. Esta regla no rige si el fallecimiento derá por incapacidad laboral transitoria lo la excepción contemplada en el artículo 44 ocurre después de un año de celebrado el Artículo 40. Tratamientos de rehabili indicado en el artículo 30 anterior.
de esta Ley.
matrimonio ni cuando existan hijos comutación Se exceptúan los casos de pronós Artículo 48. Conversión Los pensionados por invalidez de tico fatal, enfermedades incurables invalic) Cuando el cónyuge superstite haya siberán someterse a los tratamientos de reha dantes o los que se justifiquen, por razones Al cumplir sesenta años de edad, do declarado, por sentencia judicial firme, bilitación o de readaptación profesional, de humanidad, de conformidad con el pro el pensionado por invalidez, podrá solicitar autor, instigador o cómplice de la muerte realizados por la Caja Costarricense de Se nunciamiento especial, debidamente funda la conversión de su pensión en una conce del funcionario o pensionado causante.
guro Social, que se determinen según el mentado, según el proceso de declaratoria dida por vejez. Esta conversión se realizaprocedimiento de declaratoria del estado del estado de invalidez que realice el Tribu rá sólo a instancia de parte y entrará en viLos mismos impedimentos se aplide invalidez.
nal Médico a que alude el artículo 38 de es gencia el primer día del mes siguiente a carán en lo pertinente al compañero o la ta Ley.
aquel en que se presentó debidamente la compañera.
La renuncia o la contumacia a sosolicitud de conversión.
meterse a tales tratamientos suspenderá de Artículo 45. Incompatibilidad con las Artículo 52. Cuantía de la prestación pleno derecho el pago de las prestaciones, prestaciones del seguro obligatorio de accilas cuales se restablecerán en el momento dentes de trabajo y enfermedades profesioLa cuantía de la prestación por en que el pensionado se someta a esos tra nales viudez se determinará, teniendo como base tamientos, sin que por tal razón, adquiera CAPITULO de referencia, la pensión que devengaba o el derecho al pago de los montos dejados de Si la invalidez ha sido consecuenhubiera podido devengar por concepto de percibir por razón de su incumplimiento. cia de un accidente de trabajo o de una enPrestaciones de sobrevivientes jubilación ordinaria el causante, y será fermedad profesional y esté bajo la coberequivalente al ochenta por ciento (80. de Artículo 41. Exámenes de revisión tura del régimen correspondiente adminisSección ese monto.
trado por el Instituto Nacional de Seguros, Los pensionados por invalidez de las prestaciones serán atendidas por éste y Prestaciones por viudez El total de las pensiones por berán someterse, cada dos años, a exáme no por el Régimen estipulado en este Títudez y orfandad que deban otorgarse con nes periódicos de revisión que indiquen la lo.
Artículo 49. Requisitos de elegibilidad respecto al fallecimiento de un mismo funpersistencia de su invalidez.
cionario, no podrá exceder el ciento por No obstante lo dispuesto en el páEl cónyuge supérstite del funcio ciento (100. de la pensión que le hubiera Cuando el pensionado rehúse so rrafo anterior, si por el transcurso del tiem nario protegido por el Régimen, que no ha correspondido al difunto.
meterse a esos exámenes se aplicará lo dis po se agotan las prestaciones del Régimen ya cumplido por lo menos con veinticuatro puesto en el artículo anterior.
de riesgos de trabajo, la pensión por inva meses de cotizaciones, tendrá derecho a Si el total de derechos excede el tolidez continuará a cargo del Régimen esta una prestación mínima por viudez. tal del derecho de pensión que disfrutaba o Artículo 42. Rehabilitación y restitublecido en este Título, de conformidad con hubiera podido disfrutar el causante, se ción el artículo anterior.
Artículo 50. Unión de hecho prorrateará entre los beneficiarios. viuEn caso de que los exámenes de rePara ejecutar lo dispuesto en el La compañera o el compañero de En el caso de que en las pensiones visión indiquen que el funcionario ha recu párrafo anterior, el interesado deberá ges la funcionaria o el funcionario causante, por supervivencia, correspondientes a un perado su capacidad, será restablecido en tionar la sustitución ante la Junta de Pen que se halle en las condiciones indicadas mismo funcionario causante, concurran su puesto original, si así lo solicita expresa siones y Jubilaciones del Magisterio Nacioy en el artículo anterior, tendrán el mismo pensiones por viudez y por orfandad, comente y si es posible.
nal por lo menos con tres meses de antici derecho que el cónyuge supérstite siempre y rresponderá a las pensiones por viudez un pación. La Junta tramitará lo pertinente cuando haya convivido por lo menos du mínimo equivalente a la mitad del monto De no hacer efectiva esta opción, para declarar la pensión sin solución de rante los dos años previos al fallecimiento. por asignar; la mitad restante se distribuila relación de servicio se tendrá por resuel continuidad.
rá a prorrata entre las pensiones por orfanta, sin responsabilidad laboral por parte Si en el momento del deceso, ade dad.
del Estado.
más de la compañera sobrevive una viuda SECCION IV con derecho a pensión alimenticia declara Artículo 53. Vigencia de la pensión por da por sentencia judicial firme, ambas ten viudez Artículo 43. Extinción Cuantía de las prestaciones drán derecho a pensión por viudez, cada una, por la mitad de los porcentajes indicaLa pensión por viudez regirá a Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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