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LA REPUBLICA. Domingo 18 de diciembre de 1988 CANATEL a CAVARA NACIONAL DE TELEVISION UN VETO CUESTIONABLE El artículo 125 de la Constitución Política, establece claramente que: No procede el veto en cuanto al proyecto que aprueba el Presupuesto Ordinario de la República. Este en cada caso, no puede estimarse como un conjunto de separatas, leyes o normas. El Presupuesto Ordinario de la República es sin disquicisiones de ningún orden, una norma o ley ordinario en si misma, en cuyo caso en punto a la situación concreta que se plantea en tomo al Instituto del veto, aquel no procede, por tratarse del Presupuesto Ordinario de la República, según la ordenanza mencionada.
No obstante lo anterior, el Poder Ejecutivo, específicamente el presidente de la República y su Ministro de Hacienda, en esta ocasión han entronizado la extrañísima figura jurídica de un veto parcial al Presupuesto, en riña abierta con la jurisprudencia patria dictada por la Corte Plena.
Recordemos contrario sensu. que la discusión en el foro nacional y específicamente en el jurídico, se ha dado respecto de la tipicidad o atipicidad de las normas, que usualmente los integrantes del Poder Legislativo, suman al Presupuesto, precisamente amparados a la petrea disposición constitucional que protege al Presupuesto ordinario de la República, y por lógica simple, a todo lo que en él quede incluído.
En éste tanto, por ende, es propicio ocuparse del veto impuesto por el Poder Ejecutivo, específicamente a la Norma incluida en aquel instrumento para la autorización de gastos que constituye el Presupuesto, y que por aprobación de una lujosa mayoría en la Asamblea Legislativa, propuso la derogatoria del 10 del gravamen impuesto a la publicidad, mediante el Paquete Tributario vigente desde el mes de noviembre de 1987.
El señor Ministro de Hacienda ha dicho públicamente a los medios de comunicación colectiva, que tal gravamen generará 300 millones de colones, suma que debe de estimarse sin lugar a dudas, un tanto abultada y en lo relativo a éste impuesto, diríamos, incluso, quizás exagerada.
en bajó Pero si con el veto a la derogatorio del impuesto van a sumarse esos 300 millones de colones, que el señor Ministro alega, estarán ausentes de la ejecución presupuestaria del año venidero, el jerarca mismo ha definido como materia de tal naturaleza o sea presupuestaria, el impuesto en cuestión.
on el erDesde el punto de vista jurídico, necesariamente tendríamos entonces que coincidir de palmo a palmo, con la tesis expuesta por el Lic. Femando Volio Jiménez, quien además de su condición de Legislador durante el presente período constitucional, es un distinguido miembro del Foro Jurídico Nacional. Hay sin duda, como bien lo señala, una invasión de competencias del Ejecutivo para el legislativo y por consiguiente, un irrespeto supremo a la tradicional independencia de los poderes en Costa Rica.
que a la araAhora bien, desde el punto de vista pragmático, el veto recién impuesto por el Poder Ejecutivo, confirma una obstinada actitud de éste Gobiemo frente a los medios de comunicación colectiva, que constituyen y han constituído, desde el Dr. José María Castro Madriz, Padre de las libertades Públicas. Ex presidente de la República, y periodista consagrado, garantía de democracia y de paz, en tanto estos son celosos vigilantes del acontecer nacional en todos los medios del país.
50cor, se raAquellos sin excepción, han comprometido su actitud y han quebrado sus lanzas en ésta difícil hora por Costa Rica. Todos sabemos que la misma atraviesa momentos críticos. Con la colaboración diáfana, valiente y honesta de los Medios de Comunicación, especialmente durante los dos últimos años, han sido develados acontecimientos, que de mantenerse sumergidos, estarían carcomiendo la institucionalidad, la estabilidad, y la paz social de éste país.
mo BCaeria anaenDS, on lijo ue TOUSO neTOу El impuesto en sí mismo, constituye parte de una larga cadena de ofensas parciales. El argumento de la desigualdad frente a la norma o la Ley, no tiene cabida, máxime si establecemos para la opinión pública, que no todos los costarricenses poseen medios de comunicación en sí mismos, aunque sí los medios de comunicación son de todos los costarricenses.
Esta ley que se suma a 13 proyectos más en discusión, que en una forma u otra perjudican y afectan la libre actividad de los comunicadores, y a los que además, debe de agregarse un reciente y cuestionable pronunciamiento de la Dirección de Aduanas, de conocimiento nacional que crea nuevas cargas a la propaganda, vienen a constituir un cuadro crítico y colocan a esos medios, no sólo en actitud defensiva explicable, sino también en virtual estado de agresión por parte del Gobiemo, por consiguiente, y como consecuencia de las medidas tomadas en posible estado de debilitamiento económico, lo cual se constituye en un peligro para todos.
Debemos admitir que en el trasfondo de todo ésta situación, hay evidentemente una amenaza velada a nuestra tradicional libertad de prensa o de expresión. Por ello no es extraño en los legisladores costarricenses, intuitivos y claros, respecto de los sentimientos populares, pues se mantienen muy cerу ca de ellos, que en mayoría significativamente estén propugnando, con otra sana obstinación por el resello, facultad que les queda otorgado de pleno derecho, por lo que claramente establece el artículo 127 de la Constitución Política de la República.
En fuentes serias y por información de indubitable procedencia, quien escribe ha podido corroborar que los medios de comunicación contribuyen millonariamente con el Estado. Constantemente demandan de aquellos, las distintas autoridades administrativas, colaboraciones que les son cedidas en forma gratuita. El dato más impresionante es el que me han vertido en torno a la Campaña contra el Consumo de Drogas y el Narcotráfico. Esta ascendió, en lo pautado y según los controles de los distintos medios, al monto de los 220 millones de colones en los últimos dos años. Esto, lamentablemente el Estado no lo reconoce, pero sí nos permite afirmar, que su voracidad fiscal llega a extremos inadmisibles y que justa razón tienen los diversos secto res que se han manifestado aireadamente en contra última disposición gubernamental.
El Gobiemo de la República, el Presidente y sus Ministros, específicamente los relacionados con el tema, deben de sopesar si en adelante en la forma en que lo vienen haciendo a los medios de comunciación, o si sumarán alianzas con aquellos, para dar lo que bien puede ser, la última baran lla por la moralidad pública, el rescate de nuestros preciados valores patrios, y las nefastas amenazas graves que acechan al país.
es or0la o.
en Wsteces CIRadversarán TAMO Billistess er San Maclousie dost Curta Rica Lic. Roberto Suñol Prego.
Asesor Legal CAMARA NACIONAL DE TELEVISION Cédula número 061 047 Firma responsable e Este documento es propiedad de la Biblioteca Nacional Miguel Obregón Lizano del Sistema Nacional de Bibliotecas del Ministerio de Cultura y Juventud, Costa Rica.
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